sábado, 27 de agosto de 2011

Se vende GLP congelado

El Gobierno, por Decreto de Urgencia (D.U.) N°050-2011 publicado en edición extraordinaria del diario El Peruano el miércoles 24-08-2011 ha decidido suspender temporalmente la actualización y publicación de la banda de precios establecida en el D.U. N°010-2004 para el GLP (Propano/Butano). Igualmente ha dispuesto que la siguiente publicación se haga el 27-10-11 y que el mismo D.U. tenga vigencia hasta el 21-01-12.
En buen cristiano, lo aprobado ha sido congelar los precios que facturan las refinerías y fraccionadoras de GLP, seguramente dándose tiempo para encontrar los mecanismos que permitan cumplir con la promesa presidencial de bajar el precio al consumidor.
En nuestro país, modificar la banda de precios significa en la práctica hacer que los productores puedan ubicarse en el límite superior de la banda de precios, a partir de la cual el Ejecutivo le abona un subsidio. Así pueden trasladar también al público algo del alza internacional de precios.
En el caso que se encontraba vigente para la semana del 16 al 22 de agosto 2011, OSINERGMIN había calculado que la paridad de exportación del GLP era de 2.47 Nuevos Soles por Kg. y la banda aprobada el 9 de junio 2011 tenía como límite superior 1.83 S/Kg, precio al que venía facturando, por ejemplo, Petroperú S.A. en la Planta Callao. Puestas así las cosas, el Gobierno cubría la diferencia entre la paridad de exportación y el precio máximo que cobraban los productores, es decir subsidiaba con 0.64 Nuevos Soles por Kg. (2.47–1.83= 0.64).
El Presidente de OSINERGMIN informó al mercado que tenía que modificar las bandas de precios según lo había dejado establecido el anterior Gobierno, señalando que el incremento de precios del GLP sería superior al 1%. Así publicó igualmente en el diario oficial en otra edición extraordinaria del jueves 25-08-11 la Resolución N°060-2011-OS/GART por la cual fijaba la nueva banda de precios moviendo los límites del GLP hasta un máximo de 1.88 Nuevos Soles/Kg. Esto significaba que los productores podían subir sus precios de lista a envasadoras hasta dicho monto, situación que se trasladaría, seguramente, al precio del balón de 10 Kgs con un aumento de precios mínimo de 0.59 Nuevos Soles, incluido el IGV, esto es un 1.7% de incremento. Aprobado esto el mismo día que el Presidente del Consejo de Ministros debería explicar al país como pensaba lograr la baja del precio; sonaba todo a un contrasentido.
Como corolario, el organismo regulador, OSINERGMIN, llevado por una tras otra disposición legal a un papel de calculista, publicó el 26-08-11 su Resolución N°061-2011-OS/GART dejando sin efecto para el caso del GLP su propia Resolución anterior retrotrayéndose a la vigente desde el 09-06-11.
El Ministerio de Energía y Minas ha aplicado entonces el D.U. y al tener congelada la banda de precios del GLP, lo que tiene que hacer es seguir aplicando subsidios que durante el período enero/julio han ascendido a 139.4 millones de US$, aproximadamente.
Toda una historia de improvisaciones, falta de coordinación y ediciones extraordinarias del diario oficial que no deberían repetirse.



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