martes, 3 de febrero de 2026

Una vez más: ¡No Hay “lonche” gratis!

El Tribunal Constitucional, a través de una sentencia del 1 de diciembre de 2025, ordenó al Ministerio de Economía y Finanzas que en un plazo de 60 días emita un decreto supremo con una nueva metodología de actualización y un nuevo procedimiento administrativo de registro, actualización y forma de pago de los bonos de la deuda agraria. Los beneficiaros serán aquellas personas que se les expropió tierras por parte de la Dirección General de la Reforma Agraria.

Diario La República 19/1/2026

La deuda de la Reforma Agraria peruana de 1969 aún no está totalmente pagada y sigue siendo un tema legal y político vigente en el Perú casi 60 años después de la expropiación impulsada por el gobierno del General Juan Velasco Alvarado.

¿De qué se trata esa deuda?

  • En 1969, bajo el Decreto Ley N.º 17716, el Estado expropió grandes extensiones de tierras a hacendados y terratenientes como parte de la Reforma Agraria. A cambio, el Estado emitió Bonos de la Deuda Agraria como indemnización por las tierras expropiadas.
  • Estos bonos eran documentos de deuda estatal que debían pagarse con sus correspondientes intereses durante un plazo largo (20-30 años).

¿Se ha pagado la deuda?

No completamente. La mayoría de los títulos nunca fue pagada íntegramente por varias razones:

  1. Inflación y default: En las décadas de 1980 y 1990, la fuerte inflación y crisis económica del país hicieron que el valor real de los bonos se redujera drásticamente y el Estado dejara de honrar los pagos hasta la fecha.
  2. Valor real versus nominal: En los años 90, incluso cuando se intentó legislar el pago a valor nominal, esto implicaba que gran parte de la deuda quedara prácticamente saldada sin un desembolso real, lo que fue motivo de disputas legales.
  3. Litigios e indefinición: Han existido numerosos juicios y controversias sobre cómo actualizar y pagar el valor de esos bonos, generando procesos ante el Tribunal Constitucional y otros tribunales.

Situación legal y actual

  • Tribunal Constitucional (enero 2026): El Tribunal ordenó al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitir, en un plazo determinado, un nuevo procedimiento y metodología para actualizar y pagar estos bonos, pues el esquema anterior resultaba en pagos nulos o simbólicos que no cumplen la obligación de indemnizar efectivamente.
  • Congreso del Perú: Diferentes comisiones legislativas han aprobado dictámenes para reactivar y organizar el registro, la actualización y el pago de esta deuda histórica, pero dichos procedimientos aún no se han ejecutado completamente ni culminado en pagos totales a todos los tenedores.
  • Existen también acuerdos parciales con tenedores o compradores de bonos (por ejemplo, con fondos internacionales como Gramercy [1] para saldar obligaciones específicas, lo que no significa que toda la deuda histórica esté pagada.
  • En julio de 2013 elaboré un post “No hay lonche gratis[2] comentando sobre el plazo de seis meses otorgado, en ese entonces, por el mismo Tribunal Constitucional para el necesario cumplimiento de la deuda agraria debiendo elaborar el MEF la reglamentación y otorgando 8 años para su cancelación. Señalé en esa fecha que el monto de la deuda era equivalente a 9.9 millones de onzas de oro que, a la cotización de hoy, serían aproximadamente 49,203 millones de USD, equivalentes al 17% del PBI anual actual.

En resumen

ü  La deuda derivada de la Reforma Agraria de 1969 no ha sido pagada en su totalidad por el Estado peruano

ü  La mayor parte de los bonos emitidos no fueron cobrados plenamente por sus tenedores, y actualmente hay procesos legales y administrativos abiertos para definir cómo se actualizarán y pagarán correctamente.

ü  El tema sigue siendo relevante y se encuentra sujeto a decisiones legislativas y judiciales en el presente.

ü  Sería necesario efectuar un balance sobre el monto pagado, las fechas, los tenedores atendidos, y por supuesto un cálculo económico justo.

Conforme señalé en 2013 y vale la pena reiterarlo 13 años después “Lo importante es que se deje sentado ante la opinión económica mundial que el Perú cumple con honrar sus deudas, así estas provengan de gobiernos usurpadores pues en su momento no estuvo prohibido como si lo está ahora en la Constitución de 1993 Art. 75° que establece que el Estado sólo garantiza el pago de la deuda pública contraída por los gobiernos constitucionales”. Y, por supuesto que NO HAY “LONCHE GRATIS”

 

Con el apoyo de ChatGPT

[1] Gramercy Funds Management, fundada en 1998 y con sede en Connecticut, es una destacada gestora global de inversiones alternativas, enfocada en mercados emergentes. Tras años de arbitraje, en 2022, el CIADI falló sobre el caso de los bonos agrarios, ordenando a Perú un pago a Gramercy, lo cual derivó en un acuerdo de conciliación final en 2024 de 40 millones de USD con el Estado peruano a finales de 2024 para resolver la disputa por los bonos de la reforma agraria.

lunes, 2 de febrero de 2026

GLP Automotor en Perú: El combustible que impulsa la transformación energética (2021–2025)

 Entre 2021 y 2025, las ventas de GLP Automotor en Perú crecieron más de un 38%, reflejando una transformación energética impulsada por la búsqueda de combustibles más económicos y limpios. Este auge local se alinea con una dinámica global marcada por tensiones geopolíticas, cambios en la oferta y una creciente demanda en el sector transporte.

 

El auge del GLP Automotor en el Perú: 2021–2025

Durante el quinquenio 2021–2025, Perú ha experimentado un crecimiento sostenido en el consumo de GLP Automotor (Gas Licuado de Petróleo para vehículos), pasando de 21.9 MB/DC en 2021 a 30.2 MB/DC en 2025, según datos de OSINERGMIN. Este incremento representa una expansión de más del 38% en solo cinco años, lo que evidencia una transición energética en el parque automotor nacional.

Factores que explican el crecimiento

  • Ahorro económico: El GLP es significativamente más barato que la gasolina y el diésel, lo que lo convierte en una opción atractiva, especialmente para taxis, colectivos y flotas comerciales.
  • Papel del Estado en el GLP Automotor: A diferencia del GNV, no existe un programa estatal de subsidios o financiamiento específico para conversiones a GLP que haya sido tan visible o masivo como en el caso del GNV. La presencia del Estado ha sido más indirecta, centrada en la regulación, seguridad y el marco normativo general para combustibles, sin grandes bonificaciones económicas directas para usuarios de GLP.
  • Mayor infraestructura: La expansión de estaciones de servicio que ofrecen GLP ha facilitado su adopción en regiones fuera de Lima.
  • Conciencia ambiental: El GLP emite menos CO₂ y partículas contaminantes, lo que lo posiciona como una alternativa más limpia frente a combustibles tradicionales.

Evolución mensual y estacionalidad

El análisis mensual revela patrones estacionales que se repiten cada año, aunque con variaciones en magnitud:

Período

Promedio 2021–2025 (MB/DC)

Observaciones

Enero–Marzo

24.6 – 27.9

Inicio de año con demanda moderada

Abril–Junio

25.3 – 28.5

Ligero repunte, posible por mayor movilidad

Julio–Agosto

26.0 – 28.9

Estabilidad alta, vacaciones escolares

Septiembre–Noviembre

26.9 – 30.0

Pico de consumo, mayor actividad económica

Diciembre

27.5 – 33.0

Máximo anual, por fiestas y viajes

Diciembre destaca como el mes de mayor consumo, alcanzando 33.0 MB/DC en 2025, lo que sugiere una fuerte relación entre el uso de GLP y la movilidad estacional por celebraciones y vacaciones.

Comparativa anual: crecimiento sostenido

Año

Consumo promedio (MB/DC)

Variación anual (%)

2021

21.9

2022

24.8

+13.2%

2023

26.7

+7.7%

2024

28.1

+5.2%

2025

30.2

+7.5%

El crecimiento ha sido constante y progresivo, con un promedio de +8.7% anual, lo que refleja una consolidación del GLP como combustible automotor.

Comparación resumida GLP / GNV

Característica

GLP Vehicular

GNV Vehicular

Crecimiento histórico

Alto y sostenido

Importante pero más variable

Impulso principal

Sector privado, ahorro y preferencia de usuarios

Políticas públicas con subsidios y financiamiento

Incentivos estatales directos

Limitados / indirectos

Sí (programas FISE, descuentos, financiamiento)

Retos

Ampliar infraestructura y estándar técnico

Estrategia pública más clara y sostenida

 Contexto internacional del GLP Automotor

A nivel global, el mercado del GLP ha estado marcado por tensiones geopolíticas y reconfiguración de rutas comerciales:

  • Conflicto comercial China–EE.UU.: Las exportaciones estadounidenses de GLP hacia China se han reducido en 200,000 barriles diarios, desviándose hacia Europa y otros destinos asiáticos1.
  • Diversificación de proveedores: China ha incrementado sus compras a países del Medio Oriente, afectando los precios internacionales.
  • Demanda creciente en transporte: En países como Turquía, Corea del Sur y México, el GLP automotor representa una parte significativa del consumo energético vehicular.
  • Volatilidad de precios: Las fluctuaciones en el precio del petróleo han impactado el costo del GLP, aunque sigue siendo competitivo frente a otros combustibles.

Conclusión

El notable crecimiento del GLP Automotor en Perú entre 2021 y 2025 refleja una transformación energética impulsada por factores económicos, ambientales y logísticos.

En el caso del crecimiento del GLP Automotor en el Perú, gran parte de ese dinamismo ha sido impulsado por el esfuerzo del sector privado y las decisiones de los usuarios más que por una política estatal directa de incentivos, mientras que en el caso del GNV (gas natural vehicular) sí ha habido un papel más activo del gobierno con subsidios y financiamiento, aunque con desafíos de articulación entre sectores, oportunidad de expansión y barreras estructurales

Este fenómeno se inserta en un contexto global dinámico, donde el GLP se consolida como una alternativa viable frente a combustibles tradicionales. La estacionalidad del consumo, con picos en diciembre y repuntes en meses de alta movilidad, refuerza su papel en la vida cotidiana de los peruanos.

De mantenerse las condiciones actuales, el GLP podría seguir ganando terreno como combustible clave en la transición energética del país.

1Mercado global de GLP . | Rumbo Minero. https://www.rumbominero.com/peru/noticias/hidrocarburos/mercado-global-de-glp/p/




Con el apoyo de ChatGPT, Copilot

domingo, 18 de enero de 2026

Algo más sobre la injusta política de PETROPERÚ S.A. en la Amazonia peruana

https://drive.google.com/file/d/1M5N1lJWnhIGoAN57zaZu9QLMIX8WnJF6/view?usp=sharing

Como uno de tantos ejemplos de la errada política desarrollada por PETROPERÚ S.A., frente a la Ley 27037 “Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía”, me permito alcanzarles el oficio presentado el 2 de julio de 2002 al Sr. ministro de Energía y Minas denunciando que la empresa estatal había incorporado en su valor de venta del Petróleo Residual Nº6, el monto del IGV que estaba prohibida de aplicar formalmente. Esta práctica venía afectando económicamente a la empresa estatal Electro Ucayali S.A.[i] que había confiado en que una empresa pública pudiera haberlos estado perjudicando económicamente.

Certifico que en este caso el Sr. ministro Jaime Quijandría Salmón (+), nos apoyó logrando que la injusta situación creada se resuelva llamando la atención a PETROPERÚ S.A. por una política que, aunque legalmente inaplicaba el IGV, en la práctica no permitía a la Empresa Electro Ucayali S.A. obtener los beneficios previstos en la Ley para la promoción de inversiones y más bien le generaba mayores ingresos a PETROPERÚ S.A.

Se logró firmar un contrato de abastecimiento de combustibles residuales con Petroperú S.A. a precios ex planta Callao, sustentando técnica y económicamente ante el Gobierno su impacto en las tarifas eléctricas

https://drive.google.com/file/d/1M5N1lJWnhIGoAN57zaZu9QLMIX8WnJF6/view?usp=sharing



[i] Tuve el honor de presidir el Directorio de Electro Ucayali S.A. entre los años 2001 a 2004

viernes, 16 de enero de 2026

La falacia del "rol regulador de precios" de PETROPERÚ S.A.

Recientemente la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso de la República, presidida por la Congresista Katy Ugarte convocó a una mesa de trabajo para debatir sobre los alcances del D.U. 010-2025, que establece “medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la reorganización patrimonial de PETROPERÚ S.A. y garantizar la continuidad de la cadena de producción a fin que informe sobre la eventual privatización de Petroperú y sus posibles consecuencias para los consumidores y la población en general. 

A dicha reunión se disculparon de asistir, por razones de agenda, el presidente del Consejo de Ministros, así como los ministros de Economía y Finanzas y el de Energía y Minas. Una verdadera lástima, pues podrían haber aprovechado la reunión, si es que de verdad conocieran la naturaleza y accionar de PETROPERÚ S.A., para presentar una exposición distinta de la que presentaron los otros invitados asistentes que tuvieron planteamientos más políticos que técnicos. Tengo la presunción que los representantes del Ejecutivo están mal asesorados y de ahí el temor.

De acuerdo con la nota del diario La República sobre esta mesa [1]  el expresidente de Petroperú, Dr. Alejandro Narváez, ha señalado que la salida de la empresa estatal generaría una afectación directa a los consumidores de US$1.056 millones anuales, debido al incremento de precios: "Petroperú permite hoy que el combustible se venda a precios más bajos; sin ella, el mercado quedaría en manos de privados que no tienen incentivos para reducir tarifas", advirtió.[2]

En mi criterio, esta declaración debería ser sustentada técnicamente; debería indicar, en que segmento del mercado es que se daría esta “afectación directa”, supongo, que se está refiriendo al mercado retail. [3] en el que nuestra empresa estatal tiene una participación nula. Indica que el mercado quedaría en manos de privados que no tendrían incentivos. El incentivo principal para los privados es que exista una severa competencia en el mercado, precisamente entre privados.

En el downstream, segmento de refinación, PETROPERÚ S.A.  fija los precios con que comercializa sus combustibles por encima de los precios de referencia de OSINERGMIN  [4] que ya suponen un a operación eficiente de importación (con utilidades), a precios de los mercados internacionales referentes. De esta manera nuestra empresa estatal sirve de referencia, claro, pero para que sus competidores en las plantas de ventas eleven sus precios al nivel del referente. Una administración más transparente y eficiente haría más bien que los precios ex planta se reduzcan al seguir más de cerca los precios de referencia del regulador OSINERGMIN.

Para quienes piensan que PETROPERÚ S.A. vende barato (en el downstream - refinación), debemos hacerles recordar que la política de precios de PETROPERÚ S.A. para los combustibles líquidos [5] es que: “… Los precios de los combustibles líquidos y especialidades se determinan de acuerdo con su oferta y demanda…”, como lo hace cualquier empresa privada. Igualmente, la misma política declara que “… Los precios de lista de los combustibles líquidos y especialidades serán aprobados por el Comité Ejecutivo de Precios presidido por la Gerencia General y conformado por la Gerencia Corporativa Finanzas, Gerencia Cadena de Suministro, Gerencia Refinación y Gerencia Comercial o quiénes asuman sus funciones…”, con lo que la responsabilidad de la fijación de sus precios se diluye, cuando anteriormente era manejo solo de la Gerencia Comercial. Como cualquier empresa privada, la mencionada política indica que “… La determinación de los precios de los combustibles líquidos y especialidades que PETROPERÚ comercializa en el mercado local considerará el costo de oportunidad … En el caso de los combustibles líquidos, el costo de oportunidad corresponde al Precio de Paridad de Importación calculado con la metodología definida por PETROPERÚ en sus Lineamientos.”

Esta es la política oficial de precios de Petroperú S.A. En ninguno de sus lineamientos se encuentra como política la venta a precios bajos; no; simplemente es oferta y demanda; precio de oportunidad.

Según la misma nota, el ingeniero Johnny Billón, representante de los trabajadores profesionales de Petroperú, sostuvo que mientras la empresa estatal vende gasolina premium alrededor de S/14 por galón, las transnacionales superan los S/20. "Si Petroperú desaparece, los fletes subirán, el transporte se encarecerá y la canasta básica aumentará de inmediato", señaló. Cabe aclarar que los precios a que se refiere el Ing. Billón son en punto de venta al consumidor en el que PETROPERÚ S.A., insistimos,  no tiene mayor participación por la carencia de estaciones de servicio de su propiedad, por lo que mal puede hacer esta comparación.

Para mayor aclaración, la Nota de Prensa de PETROPERÚ S.A. del 28-6-22 a la letra señala que ellos no determinan los precios al consumidor final:

“…Si bien es cierto, PETROPERÚ como mayorista a través de sus Plantas de Abastecimiento tiene una participación importante en el mercado de Gasolinas/Gasoholes; no determina el precio hacia el consumidor final. Es importante resaltar que PETROPERÚ no posee Estaciones de Servicio propias (grifos). La red identificada con la marca PETROPERÚ corresponde a estaciones de servicio privadas afiliadas a la empresa, pero que fijan sus precios de manera libre, como lo indica el marco normativo vigente. Por lo tanto, no es correcto afirmar que PETROPERÚ determina los precios de venta al consumidor final.”

Posteriormente, el 25-8-22 el entonces presidente de la petrolera estatal Econ. Humberto Campodónico refiere, para que no haya la menor duda sobre el papel supuestamente regulador de Petroperú S.A., que:


 “…las leyes del libre mercado permiten a los “surtidores” fijar el precio que ellos deseen.
Debido a que no son propietarios de los surtidores, Petroperú no puede ser un referente de precios para los consumidores finales. Si se quisiera convertir en ello y ofertar el combustible más barato, debería tener la propiedad de al menos el 20 a 25 % del total de servicentros que existen, pero para conseguir esto tendrían que hacer una inversión de US$ 700,000 a US$ 1 millón por cada una[6]



[2] Todas las tarifas son precios, pero no todos los precios son tarifas. Tarifa se usa específicamente para el pago recurrente o establecido por un servicio, que no es el caso de los combustibles.

[3] En la industria del petróleo, el mercado retail (o mercado minorista) se refiere al eslabón final de la cadena de valor, donde los productos derivados del petróleo son comercializados directamente al consumidor final.  El mercado de refinación es el segmento industrial del downstream petrolero encargado de transformar el crudo en derivados, operando bajo condiciones de alta concentración, economías de escala y fuerte dependencia de precios internacionales. El mercado de distribución mayorista actúa como puente entre la refinación (o importación) y el mercado retail, encargándose de la comercialización a gran escala de combustibles y derivados.

[4] Como ejemplo, mientras el precio de referencia OSINERGMIN que refleja una operación eficiente de importación publicado el 12/1/26,  debería ser de 8.22 PEN/gl sin gastos de gestión comercial en la planta Iquitos para el Diesel B5 bajo azufre, el valor de venta PETROPERÚ S.A. es de 12.17 PEN/gl en la misma planta

[5] Política de fijación de precios de combustibles líquidos y especialidades comercializados en el mercado local