viernes, 25 de febrero de 2022

¿Qué hará el precio del combustible en 2022?


¿Qué pasará con el precio del combustible en 2022?

La subida del precio de la luz es un hecho en España, lo que nos hace preguntarnos cuál es la mejor opción para dar de alta la luz. Pero no es la única subida. El precio del combustible tampoco para de subir, ya que España finalizó 2021 como el cuarto país con la gasolina más cara de la UE, por detrás de Holanda, Finlandia y Dinamarca. ¿Qué indican los pronósticos, seguirá esta subida en 2022?


¿Cómo se fija el precio del carburante?

Según algunas fuentes consultadas, existen tres principales componentes:

  • Los impuestos, en este caso el IVA y el impuesto especial, los cuales suponen casi el 50% del precio final.
  • “Otros costes y márgenes”, donde se incluyen los costes de distribución, los empleados del local, etc.
  • El precio al que gasolina y gasóleo cotizan en los mercados internacionales. 

¿Cuál es el pronóstico para 2022?

La tendencia del precio durante todo el 2021 fue alcista, y ninguno de los cuatro principales combustibles (Sin
Plomo 98, Gasóleo A +, Sin Plomo 95 y Gasóleo A) mostró una bajada (ver gráfico):




Lejos de un cambio, la tendencia a principios de 2022 muestra una continuidad en esas subidas:


Vemos por lo tanto que dado el conflicto entre Rusia y Ucrania y la falta de oferta de suministro dada
la alta 
demanda post-pandemia, hace que los pronósticos para este 2022 sean los mismos que en 2021.
La 
Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) se resiste a aumentar los niveles de
producción. 
Según Victoria Torre, directora de Oferta Digital de Singular Bank, se espera que el aumento
del precio se 
mantenga en un corto plazo, posiblemente hasta marzo, periodo en el que se espera seguir
contando con 
una oferta escasa de crudo. 

No obstante, hay que remarcar que la subida de precios se ve contrarrestada por la gran competencia entre
gasolineras que existe tras la irrupción de las llamadas “
low cost”, en muchos casos 
gasolineras automáticas
donde no existen empleados. 

Lea la noticia  completa en: https://www.companias-de-luz.com/noticias/precio-del-combustible-en-2022/

Andrea González
Experta en desarrollo sostenible
Compañías de Luz
andrea.gonzalez@papernest.com


martes, 22 de febrero de 2022

Vaciando el tanque de PETROPERÚ

El programa periodístico Punto Final que trasmitió Frecuencia Latina TV el 20/02/2022[1], presentó con el título “Vaciando el tanque de PETROPERÚ”, un informe que da a conocer mayores detalles de una estafa cometida por la empresa distribuidora minorista de hidrocarburos líquidos «Sociedad Peruana de Gas S.A.C.» contra la empresa estatal de hidrocarburos peruana por un monto de 26 millones de Nuevos Soles [2]

De acuerdo con nuestra legislación, un Distribuidor Minorista (Dm), es una Persona (no se especifica si es natural o jurídica), «… que utilizando un medio de transporte (camión cisterna o camión tanque) adquiere del Distribuidor Mayorista: Diesel, petróleo industrial u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos para comercializarlo a Grifos Rurales, Consumidores Directos con Instalaciones Móviles y usuarios finales. El volumen máximo que podrán vender por cliente y por producto en forma mensual no excederá de 113,56 m3 (30,000 galones)…»[3]. En el caso que nos ocupa, el Dm obtuvo su Registro de Hidrocarburos el 01/06/2019. Aquí es donde se presenta un primer problema de falta de visión empresarial cuando se es a la vez productor/importador de combustibles que vende a distribuidores mayoristas y a la vez les hace competencia vendiéndole combustibles a distribuidores minoristas, compitiendo con sus propios distribuidores.

Otro error es el de no hacer seguimiento a los volúmenes de ventas efectuadas a su Dm. Una estafa de 26 millones de PEN equivalentes, aproximadamente, a 2.5 millones de galones vendidos, al parecer entregados sin control para presentar cifras volumétricas positivas de ventas, que en la práctica no lo son, al no haberse logrado la cobranza.

La empresa estatal estafada ha emitido una Nota de Prensa (21/02/2022) titulada «PETROPERÚ denuncia penalmente a exfuncionarios por omisión de actos funcionales» cometiendo en esta Nota un error al señalar «cartas fianzas emitidas por la empresa Sociedad Peruana de Gas», cuando todos nosotros sabemos que no son las empresas las que emiten las cartas fianza, sino las instituciones financieras autorizadas. Igualmente debo señalar que no se señala cuáles son las medidas adoptadas para el recupero del monto estafado y para prever que en este momento y en el futuro no se presenten problemas similares.

La revisión hoy 22/01/2022 del portal de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) señala claramente «Advertencia: para la emisión de cartas fianza en el marco de procesos de contratación con el Estado, conforme con lo establecido en el artículo 148 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, vigente desde el 01.02.2019, las entidades autorizadas a emitir tales garantías, además de encontrarse supervisadas por la SBS, deben contar con Clasificación B o superior, lo cual debe ser acreditado debidamente ante la entidad beneficiaria». Pero, claro, Petroperú no se considera, para estos efectos, parte del Estado peruano.

Pero, adicionalmente a esta sana advertencia, se tiene la experiencia en la empresa estafada en la que solo deberían aceptarse cartas fianzas de primer nivel y de empresas financieras y/o de seguros autorizadas para emitir cartas fianza por la SBS. [4] En la relación no se encuentra la Cooperativa de Ahorro y Crédito “FINANCOOP” Ltda.

De lo visto en el reportaje televisivo, niveles internos de Petroperú, elaboraron repetidamente Informes Técnicos de Riesgo solicitando ampliaciones de línea de crédito desde 4 hasta 26 millones de PEN en solo 3 meses, e inclusive sustentando una ampliación del plazo de pago de 20 a 30 días (insólito a mi entender, solo entendible por querer hacer volumen a cualquier costo). En uno de los informes mostrados se muestra que quienes solicitan la ampliación de crédito informan que la ampliación se respaldaría con una fianza “bancaria”, lo que no fue cierto pues lo mostrado corresponde a una Cooperativa.

Este tema, al parecer es solo un botón de lo que podría estar pasando en la empresa estatal. Si observamos sus cuentas por cobrar comerciales al 30/09/221 [5] veremos que se presentan 11’639 mil USD correspondientes a distribuidores mayoristas en cobranza dudosa (que ya se consideran pérdida) y que 90´968 mil USD corresponden a cuentas por cobrar a distribuidores mayoristas que esperemos cuenten con garantías bancarias de primer nivel y de plazos que, yo sugeriría, en el oligopólico mercado peruano de combustibles sean solo de facilidad de pago y no de créditos.

TABLA 1. PETROPERÚ: Cuentas por Cobrar Comerciales




 
 

viernes, 18 de febrero de 2022

REVISADO: No más balones de 10 Kg a 60 PEN en un país productor de GLP

 

   Por un lamentable error en el penñultimo párrafo de este post y la tabla correspondiente se señaló que el factor de compensación se había mantenido sin variación cuando en realidad había disminuido en 1.00 PEN por balón de 10 Kg.                                                            Presento la versión revisada con las disculpas del caso


“No más balones de 10 kg a S/ 60 en un país productor de GLP”
Entrevista que realizó Caretas al Gerente General de PETROPERÚ (Edición del 20/01/2022

https://petroperu.com.pe/sala-de-prensa/noticias-y-comunicados/

Estando próximo a cumplirse un mes de la entrevista publicada por la revista Caretas al Gerente General de Petroperú S.A., me parece oportuno revisar lo señalado y ofrecido al pueblo peruano.

1.         “No más balones de 10 kg a S/ 60 en un país productor de GLP”: Loable propósito, sin duda, pero que es más un ofrecimiento político (declaración normativa en economía) que económico. Hoy 17/02/2022, consultando el Facilito de Osinergmin, encuentro que el precio máximo en PEN por cilindro de 10 kg es en Santiago de Surco 65.10, en Iquitos 65.00, en Villa El Salvador e igualmente en Chota (Cajamarca) 60.00 y en Cusco 58.00; en el propio Talara es de 64.00.[1] Ofrecer un precio determinado en el Perú, sin precisar punto de venta no es muy serio que digamos habida cuenta de nuestra diversidad geográfica que determina diferentes costos de fletes, entre otros.

Pero, además, no somos un país productor autosuficiente de GLP; como ejemplo en diciembre 2021 se produjo solo el 65% de las ventas nacionales. ¿Se implementaría un precio diferenciado para el producto nacional supuestamente más barato y otro para el importado?

2.         Esta semana sale el decreto de urgencia para poder salir al mercado con el anunciado Petro- balón Popular: Este Decreto de Urgencia no se ha promulgado hasta la fecha y sería muy bueno conocer sus detalles antes de su emisión

3.         Se van a favorecer a 8 millones de familias, no puede ser que tengamos el gas más caro que Ecuador, Chile y otros países: Esta meta supone favorecer al 123% de las familias consumidoras. Por otro lado, no es cierto (desde hace muchos años), que el precio del GLP en Lima sea más caro que en Chile (eso sucedía cuando erróneamente se comparaba un balón de 10 kg peruano con otro de 5 kg chileno).

En la actualidad Chile tiene el precio más caro (como puede observarse en la siguiente figura), seguido de México. El precio peruano se mantiene muy semejante al de Brasil y Uruguay. Comparar Perú con Ecuador o Bolivia, con precios mayormente subsidiados, no es válido a menos que se piense llegar a los mismos niveles de subsidio.


Pero, veamos también que ha sucedido en este lapso con los precios de Petroperú en sus plantas de ventas de Talara y Callao, los mismos que deberían reflejar el efecto revaluación de nuestra moneda.

Como vemos en la siguiente tabla, los precios en PEN se han incrementado en 4.7% en menos de un mes, a pesar que el tipo de cambio PEN/USD se ha reducido en 1.8%, trayendo como lógica consecuencia un incremento de 6.6% en USD.


Debe señalarse, además, que durante el período analizado el factor de compensación que otorga el Estado a Petroperú se ha reducido en 1.00 PEN ubicándose en 13.00 PEN, reducción de 5.4% en USD hasta los 3.43 USD por 10 kg.




Como parte de su política de precios, que no ha experimentado cambios en el nuevo gobierno, la empresa estatal factura a las envasadoras con el máximo precio de paridad de importación (límite superior), pudiendo como “empresa privada” que dice ser, por ejemplo, facturar con el límite inferior de la banda de precios o menos.


lunes, 14 de febrero de 2022

Se necesita economista, sociólogo, antropólogo o agrónomo

Una prueba de la irregularidad en la cobertura de los puestos de profesionales en la administración pública peruana es, que duda cabe, la elaboración de los Clasificadores de Cargos en los que se colocan requisitos mínimos que se ajustan a conveniencia de quienes ocupan dichos cargos o a otros elegidos “a dedo”, sin que sean cargos de confianza.

Como ejemplo (uno de cientos o miles), me refiero al Clasificador de Cargos de la Dirección Regional de Energía y Minas – Región Junín que titula el cargo como ECONOMISTA I en la Sub Gerencia de Desarrollo Tarma, con la clasificación SP-ES (Servidor Público – Especialista: El que desempeña labores de ejecución de servicios públicos, No ejerce función administrativa) [1]

Esta Dirección Regional establece para el cargo de Economista como requisito mínimo tener «Título profesional de Economista, Sociología, Antropología o Agronomía: colegiado y habilitado». Otro requisito establecido es contar con experiencia de tres años en proyectos de inversión.

Se reconoce la obligatoriedad legal que los economistas sean titulados (no solo bachilleres), y colegiados habilitados por su colegio profesional. Sin embargo, dentro de las funciones principales que se le encomiendan figuran algunas como «evaluar y calificar en forma preventiva las situaciones de riesgo de la infraestructura pública informando y gestionando su atención» que denotan una total desinformación sobre la labor profesional del economista, pero que tampoco serían de responsabilidad de un sociólogo, antropólogo o agrónomo que cuentan con distintos atributos inherentes a su ejercicio profesional.

Pero en donde igualmente se comete un error serio es en encargarle a un distinguido profesional sociólogo, antropólogo o agrónomo «Orientar y apoyara las autoridades comunales y organizaciones económicas y sociales, en la elaboración de proyectos a fin de ser incluidos en el Programa de Inversiones del Gobierno Regional Junín», desconociendo una labor propia del economista. Recordemos que el D.S. N°041-87-EF Reglamento de la Ley N°24531 (Modificatoria de la Ley del Economista), en su Art. 6° establece que “Se requiere obligatoriamente de un economista colegiado: … b. En la formulación y evaluación económico-financiera de los proyectos de inversión…».

Esta irregularidad quizá sea una de las principales causas de la baja ejecución de los presupuestos de inversión en los gobiernos regionales. En el caso del GR de Junín el 2021 apenas alcanzó el 59.9%

 

 

 

jueves, 3 de febrero de 2022

Chile: ingresa al Parlamento un proyecto que busca sacar de la venta minorista a Lipigas, Gasco y Abastible

La búsqueda de mecanismos para incrementar la competencia en el mercado de GLP envasado (y bajar los precios al consumidor final), lleva a proponer en la República de Chile, desvincular totalmente el segmento mayorista del minorista. Lo interesante es la actitud de los actuales actores del mercado, en la medida de apoyar todo aquello que mejore el servicio al usuario pero luego de un debate técnico. Estos actores deberán escoger entre su dedicación al sector mayorista o al minorista, todo en un marco de libre competencia.

En el país hermano la venta de GLP el año 2020 fue de 1.3 millones de TM; 68% de esta fue en la modalidad envasado. El 75% es importado siendo las principales distribuidoras Gasco, Abastible y Lipigas que tienen contratado el total de la capacidad de los terminales que son de su propiedad; en éstos terminales de importación no se cuenta con open access pues se considera que tienen bajas economías de escala en su construcción. El envase predominante es el cilindro de 15 Kg  con el 66.7% de la distribución de la venta residencial nacional anual de GLP envasado (ton) el año 2020 [1]

[1] (https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/32283/1/BCN___Antecedentes_del_mercado_de_gas_residencial.pdf)

http://www.americaglp.com/normas-regulatorias/chile-ingresa-al-parlamento-un-proyecto-que-busca-sacar-de-la-venta-minorista-a-lipigas-gasco-y-abastible-200

Luego del informe de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) que entregó el año pasado sobre el mercado del gas envasado, el Gobierno puso los ojos en su actual regulación y sus modificaciones.

El proyecto de modificar el mercado de venta de GLP envasado fue enviado por el Ministerio de Hacienda a la Cámara de Diputados, que tiene por objetivo una desintegración del mercado mayorista, respecto del mercado minorista.

Es decir, Abastible, Lipigas y Gasco no podrán participar de la venta al público, tal como recomendó la FNE en el informe de diciembre. Además, las empresas que participen en ambos mercados deberán elegir en cuál permanecer, y registrarse en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

Por otro lado, desde el Ministerio de Energía han comentado que con la iniciativa no se van a permitir contratos de exclusividad entre mayoristas y minoristas, ni empresas relacionadas entre mayoristas y minoristas. Además, los minoristas podrán distribuir cilindros multimarca o incluso propios, si es que se registran como minoristas de marca propia.

“Tomamos las recomendaciones de la FNE e ingresamos un proyecto de ley robusto, que busca aumentar y mejorar la competencia, para bajar los precios de este servicio básico tan importante para las familias chilenas”, indicó el ministro de Hacienda, Juan Carlos Jobet, en declaraciones al diario La Tercera.

Otros de los detalles del proyecto es que los minoristas serán responsables de la calidad de servicio al cliente final, y los mayoristas deberán dar acceso abierto a minoristas de marca propia a plantas de envasado de GLP.

En las empresas comentaron la iniciativa de diferentes formas. Por ejemplo, desde Lipigas indicaron que apoyan las medidas que fomenten la competencia y que vayan en beneficio de los clientes, y dicen estar disponibles para participar de la discusión de la iniciativa en el Parlamento, según informó La Tercera.

Y en comunicado, Lipigas agregó: “lo más importante es defender el interés de los consumidores y no generar en ellos falsas expectativas. Por ello, esperamos que se analicen con argumentos técnicos los reales efectos de las medidas propuestas, como, por ejemplo, la de impedir a los distribuidores mayoristas vender al cliente final. Sacar actores del mercado no aumenta la competencia, sino que la disminuye”.

Desde Abastible, informaron que estudiarán el proyecto en detalle antes de emitir una opinión, pero de todas formas señalaron que como empresa “siempre estará de acuerdo con aquellas alternativas normativas que busquen mejorar el mercado en beneficio de los consumidores y las pymes del país”.

En tanto, desde Gasco señalaron que es fundamental que se realice un análisis objetivo y técnico de los antecedentes del mercado del gas, “para no impulsar una legislación que finalmente vaya en perjuicio de los consumidores”.

miércoles, 2 de febrero de 2022

SE BUSCAN DIRECTORES CON CONOCIMIENTO DEL GIRO DEL NEGOCIO

 

«Los miembros del Directorio deberán ser personas con reconocida capacidad técnica y profesional en la materia a desempeñar y no deberán ser funcionarios o empleados públicos.»

Ley No. 26225 – Artículo 13° - LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE PERUPETRO S.A. (24/08/93)

El reciente Informe de Orientación de Oficio N°026-2022-CGR/PROT-SOO[1] elaborado entre el 6 y el 17/01/2022 por la Contraloría General de la República (CGR), versa sobre el proceso de designación del Presidente del Directorio de Perupetro S.A. (Perupetro), y concluye que «la situación adversa identificada en dicha designación  es que «… no se acredita el cumplimiento ni de los requisitos ni del procedimiento para la designación establecidos en la normativa de la materia, lo que afectaría la correcta e idónea designación, así como también la eficiencia de la actividad empresarial de dicha entidad». En otras palabras, que la designación es ilegal.

El designado presidente desde el 08/01/2022, al que la CGR ha señalado como inhábil para ejercer dicho cargo, se ha dado visto obligado a renunciar a un cargo que nunca asumió y el Gobierno de emitir la Resolución Suprema N°003-2022-EM el 31/01/2022 en la que se resuelve aceptar la renuncia formulada, dándosele las gracias por los servicios prestados. Nos preguntamos ¿qué servicios? si el Sr. ministro de Energía y Minas ha señalado, mientras fue ministro, que el designado no ejercería el cargo hasta que la Contraloría General de la República culmine con su informe sobre la idoneidad de su designación.

Valdría la pena pedirle a la CGR que, de pasadita y de oficio, se pronuncie también por revisar la situación no solo del presidente del Directorio sino de todos los directores de Perupetro, pues la norma no hace distinción en cuanto a requisitos entre uno u otro de los 5.

¿Y qué sucede si los demás directores tampoco cumplen con satisfacer el requisito de ser personas con reconocida capacidad técnica y profesional en la materia a desempeñar y que tampoco son funcionarios o empleados públicos? Y ojo que, además de la idoneidad, esta debe complementarse con una reconocida trayectoria profesional familiarizada con el giro propio del negocio (artículo 7° del D.Leg 1031). Define la CGR que «el giro de la empresa PERUPETRO S.A. de acuerdo a su objeto social, es promover el desarrollo de actividades de exploración, explotación y comercio de hidrocarburos (es decir petróleo, gas natural, entre otros)». Agrega dicho Informe que ser legítimamente designado miembro del Directorio de Perupetro S.A., implica “documentación e información que sustente capacitaciones técnicas y profesionales y experiencia laboral que permita acreditar y verificar que dichas capacidades profesionales estén familiarizados con la exploración, explotación y comercio de hidrocarburos, teniendo en cuenta que los mismos forman parte de la materia y giro del negocio”.

En realidad, lo que suele suceder en las empresas del Estado es que quienes designan como representantes en sus directorios en su mayoría no suelen tener la más mínima idea del giro del negocio. En algunos casos cuentan con maestrías y doctorados y hasta experiencia en el sector público, lo que como se deduce de la acción de la CGR, no es suficiente

En el caso que nos ocupa, el Directorio de Perupetro se encuentra incompleto actualmente, con solo 2 de sus 5 directores en ejercicio y sin presidente. Uno representa al Ministerio de Economía y Finanzas y el otro al Ministerio de Energía y Minas. En ambos casos las hojas de vida que aparecen en la Web de Perupetro no dicen nada sobre su familiarización con el giro del negocio.

Igualmente de paso, ¿por qué la CGR no revisa la conformación de los directorios de todas las 35 empresas del Estado? Sería una buena medida bañarse en salud y comprobar si los pobres resultados de las mismas tiene algo que ver también con la conformación de estos directorios.

 

Valiosa eliminación del monopolio de Petroecuador en combustibles

 En la hermana República del Ecuador (Ecuador), tomó posesión como presidente, el 24 de mayo de 2021 Guillermo Lasso, en balotaje contra Andrés Arauz, de Fuerza Compromiso Social, un partido de izquierda apoyado por el ex presidente Rafael Correa (que gobernó entre el 2007 y el 2017).​ Lasso logró un 51.16% en la segunda vuelta en esta su tercera postulación.

De lo que deseo comentar, es como se produce lo que si puede llamarse un real cambio de política en hidrocarburos tal cual acaba de implementar el gobierno del vecino país, cuyas principales orientaciones y características relacionadas con la comercialización, deberíamos tener en cuenta:

1.         Utilizar la infraestructura de Petroecuador cuesta USD 0.027[1] por galón: Se trata de una gran apertura a las empresas privadas que inicialmente podrán importar combustibles no subsidiados y almacenarlos en instalaciones de la propia empresa petrolera estatal. Regirá una tarifa de 0.027 USD por galón transportado por medio de la infraestructura de Petroecuador (poliductos, muelles, terminales, almacenamiento en refinerías, ductos, tanques, etc). Existen también tarifas menores según la cantidad de recursos contratados no variando por el tipo de combustible. Estas tarifas deben cubrir los costos de operación de Petroecuador y una rentabilidad razonable.

2.     Superación de la etapa de importar combustibles subsidiados: Se ha previsto que en una siguiente fase las empresas que así lo quieran traerán diésel y gasolinas de bajo octanaje con precios actuales subsidiados.

3.     ¿Por qué se retira el monopolio a Petroecuador en la importación de combustibles?: Las revelaciones en Estados Unidos de una década de sobornos en Petroecuador durante el lapso 2010-2020 que involucra a una docena de ex funcionarios, contratistas e intermediarios enjuiciados por el Departamento de Justicia, todos los cuales participaron en contratos millonarios, como la repotenciación de la Refinería Esmeraldas, la compra y venta de derivados de petróleo y la preventa de crudo. Esta me parece es la razón principal para dar puertas abiertas a la participación privada, buscando el Gobierno ecuatoriano disminuir los enormes recursos empleados en el mercado internacional por la petrolera estatal. Una buena solución en la lucha contra los sobornos.

4.     ¿Cuenta Petroecuador con infraestructura suficiente para apoyar a los empresarios privados?: Solo Petroecuador cuenta con la infraestructura necesaria y suficiente para la importación y abastecimiento; por ello es que el nuevo Gobierno promueve que el mercado sea compartido con las empresas privadas que se verán incentivadas a construir sus propias instalaciones.

5.       ¿Las empresas privadas podrán vender combustibles a Petroecuador?: No existirá prohibición, aunque la visión es que las privadas se encarguen de abastecer directamente a las bocas de salida pudiendo aplicar sus propios precios en competencia. Solo en el caso de los combustibles subsidiados los importadores tienen claro que no pueden exceder estos precios.

Como referencia anotamos que durante el lapso del 12-01 al 11/02/2022, los precios de venta de Petroecuador para las comercializadoras calificadas y autorizadas a nivel nacional son de 2.898001 USD/Gal para la gasolina Super Automotriz, 1.757150 USD/Gal para el Diesel 2 en tanto que para el GLP se comercializa en USD/Kg a 0.106667 el de uso doméstico, 0.188384 el de uso agrario y para taxis y 1.055400 el de uso industrial, precios todos incluido el 12% de IVA y con seis decimales.

Económicamente, tanto Ecuador como la República del Perú (Perú), tienen un PBI Per Cápita muy semejante (5,628 USD/Año el primero y 6,292 USD/Año el segundo el año 2020), un índice de corrupción igualmente semejante (39 Ecuador y 38 Perú en una escala de 0 a 100 donde 0 es muy alto y 100 muy bajo nivel), con la diferencia que la población peruana es casi el doble de la ecuatoriana (85% más el 2020).

En lo referente a la producción petrolera, nuestro País se esfuerza por alcanzar los 100MB/DC el 2023 (sobre los 44,282 MB/DC de noviembre 2021), mientras Ecuador produce 530MB/DC en condiciones normales.

Mientras tanto, en nuestro querido Perú se plantea que para bajar los precios al consumidor debe potenciarse la participación de la empresa estatal de hidrocarburos. Algo para debatir

 

FUENTE: Primicias
Phttps://www.primicias.ec/noticias/economia/infraestructura-petroecuador-derivados-importacion/#.YdLgoAJaBM4.twitter



[1] Equivalentes a 0.1053 PEN/Galón hoy 01/02/2022