jueves, 18 de enero de 2024

Afirman que el mercado de combustibles no muestra una tendencia hacia la recuperación

 Un análisis de los desafíos que se reflejan en la disminución de la demanda.

Milagros Cañete

milagroscanete@surtidoreslatam.com

A través de un escenario marcado por la incertidumbre económica global y la persistente sombra del COVID-19, el mercado nacional de combustibles enfrenta grandes desafíos que impactan directamente en la demanda y composición de estos energéticos. 

Según datos del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en los últimos días, persiste en los Grifos y Estaciones de Servicio a nivel nacional, una reducción gradual de precios en gasolina y diésel.

Cabe mencionar que la decisión de disminuir los valores de los combustibles se presenta como una respuesta directa a la situación económica de los ciudadanos. buscando aliviar el impacto financiero.

Al respecto de la demanda actual en el mercado minorista de combustibles, Surtidores LATAM, conversó con César Augusto Bedón Rocha, Economista, Magister en Administración con especialidad en Gestión Empresarial con amplia experiencia en el sector de los hidrocarburos.

En primer lugar, el especialista mencionó que la comparación de los meses de diciembre de 2019 y 2023, se observó un decrecimiento anual del -0.4% en los volúmenes de ventas de combustibles líquidos, pasando de 212.45 a 209.1 MB/DC, según los documentos de SCOP Osinergmin.

Sin embargo, manifestó que en este contexto, el Petróleo Diesel ha ido experimentando un aumento en su participación en la demanda nacional, pasando del 59.54% al 66.02%. 

Asimismo, remarcó que por otro lado las gasolinas/gasoholes han tenido un ligero aumento, pasando del 25.5% al 25.9% en la misma comparación de diciembre de 2019 a diciembre de 2023.

https://surtidoreslatam.com/afirman-que-el-mercado-de-combustibles-no-muestra-una-tendencia-hacia-la-recuperacion/


miércoles, 17 de enero de 2024

La Libre contratación de los economistas

La legislación peruana defiende la libre contratación en nuestro país.  Es un concepto jurídico fundamental que se basa en el Art. 62 de la Constitución Política (las personas son libres de celebrar contratos siempre que estos no contravengan las leyes que regulan el orden público y la moral. Además, indica que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase). Igualmente, el Código Civil recoge este principio, especialmente en sus disposiciones generales sobre los contratos. Establece que los contratos legalmente celebrados son obligatorios para las partes, y su contenido sólo puede ser alterado por mutuo consentimiento o por causas legalmente establecidas.

El principio de libre contratación fomenta la libertad económica y comercial, permitiendo que el mercado funcione de manera más eficiente al permitir que los individuos y las empresas celebren acuerdos según sus propias necesidades y preferencias. Sin embargo, esta libertad no es absoluta y está sujeta a ciertas restricciones impuestas por la ley para proteger intereses públicos, como la protección de consumidores, la competencia leal y la prevención de prácticas desleales o abusivas.

Y es aquí donde debemos detenernos para ver el caso de los diferentes colegios profesionales. Es el caso, por ejemplo, de los colegios de médicos (Ley 15173), ingenieros (Ley 28858), arquitectos (Ley 28966), contadores públicos (Ley 13253) que señalan en sus respectivas leyes de creación que la colegiación es requisito “indispensable” para el ejercicio profesional. No hacen distingo (como es lógico de entender), entre la actividad pública y la privada.

Viene al caso que se encuentra en la agenda de la Comisión Permanente del Congreso de la República el Proyecto de Ley 3386/2022-CR que propone la nueva Ley del Colegio de Economistas del Perú.

El citado Proyecto de Ley corresponde a una iniciativa del congresista por la Región La Libertad, Químico Farmacéutico (Universidad Nacional de Trujillo), Víctor Seferino Flores Ruiz, del Grupo Parlamentario Fuerza Popular. Se presentó el 21-10-2022 como “Proyecto de Ley que aprueba la Nueva Ley del Economista”, señalando como finalidad “Fortalecer, modernizar, estandarizar y asegurar el ejercicio eficiente de los Economistas en el territorio nacional”.

El antes referido Proyecto de Ley cuenta ya con el Dictamen favorable de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, única Comisión dictaminadora. Ahora lleva como título “Propone la nueva Ley del Colegio de Economistas del Perú”.

La propuesta de ley menciona en su Art. 4.3. ”Su ejercicio profesional en la administración pública, requiere obligatoriamente estar colegiado y habilitado en el Colegio de Economistas Departamental correspondiente. El sector privado se rige en estricto cumplimiento al principio de libre contratación”. Es decir que el proyecto hace distingo donde otras leyes de colegios profesionales no lo hacen. Como ya señalé el principio de libre contratación debe cumplirse siempre y cuando “no contravengan las leyes que regulan el orden público y la moral”.

Y, para ello, es que este proyecto de ley insiste en no hacer obligatoria la colegiación de los economistas para contratar con el sector privado, a pesar que el Art. 4.1. exige que la profesión de economía sea ejercida por quien ostente el título profesional de Economista, Licenciado en Economía o de carreras afines, otorgados por las universidades del país o del extranjero, según la Ley 30220, Ley universitaria.

Peor aún, el informe de la Presidencia del Consejo de Ministros señala la no viabilidad del proyecto de ley sentenciando que "Al proponer la obligatoriedad de la colegiatura para los economistas que pretendan ingresar a trabajar a la Administración Pública, desconoce la regulación vigente del Sistema Administrativo de Gestión de los recursos humanos, el cual no contienen restricciones, permitiendo que sea cada entidad la que establezca el requisito de colegiación obligatoria en cada caso en concreto, en virtud a las necesidades de contratación con las que cuente, así como lo dispuesto en sus Instrumentos de Gestión como el Clasificador de Cargos (CC) Manual de organización y funciones (MOF) y Manuel de Perfiles y Puestos (MPP)".


jueves, 11 de enero de 2024

Marejada[1] de anuncios sobre baja de precios de Petroperú

 Coincidiendo con los oleajes anómalos presentados en nuestra costa (hoy jueves 11-1-24 hay 85 puertos cerrados por prevención), la prensa que simplemente reproduce las notas triunfalistas del MINEM, Petroperú y Gobierno agradeciendo a Dios que ya contamos con la nueva Refinería de Talara y que eso significa o significará reducción de costos, precios más competitivos (porque ahora no lo son), reducción o abaratamiento de precios. 

Listo enseguida algunos titulares mediáticos sobre esta milagrosa reducción de precios agregando mis comentarios en este desbarajuste:

1.      Yendo al origen del desorden, debemos señalar la Nota de Prensa 004 de Petroperú S.A. del domingo 7 de enero 2024 con el desafortunado titular de «Nueva Refinería Talara permitirá contar con precios de combustibles más competitivos»[2] y la explicación que «Con el reciente inicio de la operación plena de la Nueva Refinería Talara (NRT), Petroperú colocará el total de esa producción de combustibles de alta calidad en el mercado peruano a precios más competitivos…». (resaltado original).

La palabra competitivo significa “que algo o alguien es capaz de competir con otros que aspiran a un mismo objetivo o a la superioridad en algo”. Basar el ser más competitivo solo en precios es un error comercial desde donde se le vea, sobre todo en una industria como la petrolera en que el consumidor no distingue la calidad del precio, la misma que tampoco es conocida y que, en la mayoría de los casos, solo cumplen con la norma técnica.  En el caso de la empresa estatal, además, implica confesar que sus combustibles están por encima de los de su competencia. Y este es un enfoque distante de lo que se debe entender por ser competitivo.

La refinación es una fase importante de la industria petrolera, que duda cabe, pero que no es la única, ni generalmente la más rentable. Y hoy parece que solo existiera en el mercado esa fase. Recordemos que el Estatuto de Petroperú S.A. señala que su objeto social «…es llevar a cabo actividades de hidrocarburos, que establece la ley orgánica de hidrocarburos, ley número 26221, en todas las fases de la industria y comercio de los hidrocarburos, incluyendo sus derivados, … ». No es sólo la actividad industrial.

Aunque hoy parece que solo existiera en el mercado la refinación, a pesar que no cuenta con medios de transporte ni bocas de salida propias.

         Algunos de los puntos críticos que suelen mencionarse al basar una estrategia comercial en solo el precio incluyen que el consumidor, al que debería prestarse más atención, está convencido que hay una falta de transparencia en el mercado, donde no pueden entender cómo se determinan los precios de los combustibles y que las fórmulas y los factores que influyen en la fijación de precios suelen ser opacos, lo que genera desconfianza.  Peor aun cuando el regulador publica precios de referencia y el productor no los toma en cuenta y los supera en exceso. Igualmente, el consumidor encuentra que, pese a la fluctuación de los precios del petróleo crudo en los mercados internacionales, los precios de la gasolina y el diésel a menudo suben más rápido que bajan. También el consumidor considera que las empresas están dispuestas a aumentar los precios rápidamente en respuesta a cualquier aumento en el costo del petróleo, pero son más lentas para reducir los precios cuando el petróleo se abarata y que el margen de ganancia a expensas de los consumidores es excesivamente alto, que controlan el mercado y aprovechan su posición para dominante para mantener márgenes de beneficio elevados.

En resumen, la crítica en el mercado de combustibles se centra en la percepción que los precios no son tan competitivos como se promocionan y que los consumidores a menudo se sienten atrapados por altos costos que no parecen reflejar adecuadamente los movimientos en los precios del petróleo crudo en los mercados internacionales.

La misma Nota de Prensa de Petroperú agrega que « El tener precios más competitivos también permite la recuperación progresiva de participación de mercado de Petroperú, …». Denota una falta de respeto a sus clientes a los que sigue considerando que el anzuelo es tener precios más competitivos, ignorando que ser competitivo significa más bien entender que el mercado es dinámico, grande y distinto en cada punto del país y que la obligación principal es ser diferente que sus competidores, en ser único en imagen, transparencia y buen gobierno y no solo en precio barato.

2.      Para complicar más el escenario, el Ministerio de Energía y Minas en su Nota de Prensa de la misma fecha (7-ene-2024), publica «MINEM: Nueva Refinería Talara logra bajar precio de combustibles»[3] indicando a la opinión pública que «Con la puesta en marcha de la Nueva Refinería Talara, la producción de hasta 95 mil barriles de petróleo por día, permitirá a los peruanos acceder a precios más bajos, mejorando la oferta comercial en todos los sectores que Petroperú atiende a nivel nacional.» Titular y descripción distintos pues da como hecho que ya se logró bajar el precio de los combustibles, y que los precios no serán más competitivos, sino más bajos.

3.      Al día siguiente (8-Ene-2024), el Diario oficial El Peruano trastoca el buscar ser “más competitivo” en «abaratador» de precios . «Refinería de Talara abaratará los precios de los combustibles [4]– Con el reciente inicio de la operación plena de la Nueva Refinería de Talara (NRT), la empresa estatal Petroperú informó que colocará el total de su producción de combustibles de alta calidad en el mercado peruano a precios más competitivos.»

4.             Para no quedarse atrás leemos en el Diario Gestión del mismo día, 8-Ene-2024, que «Minem espera que nueva refinería de Talara baje precio de combustibles»[5], «… permitirá a los peruanos acceder a precios más bajos, …»

Es preocupante que en el medio se esté promoviendo un resultado de baja de precios de la entrada en operación de la nueva Refinería de Talara, cuando los precios ex planta se fijan de acuerdo con la teoría de la paridad de importación que recomienda ponerlos por lo menos al equivalente que pondría un importador cualquiera y que de seguro seguirá implementándose en el Directorio de Petroperú que tiene, o debería tener, autonomía de la autoridad política de turno.

Nada más como un ejemplo, cito lo declarado al Diario El Comercio en su edición especial del 9-10-2023 «NRT: un gigante que produce combustibles limpios y contribuye al beneficio de los talareños» [6]«Hoy en día, el precio del GLP que se produce en la NRT tiene una reducción del 10% del costo, respecto al precio de la exrefinería”, señala Elder Eloy Ruiz, gerente de Refinería Talara de Petroperú.» Pues bien, el precio de lista de Petroperú en Talara subió 5.9% en la primera semana de enero 2024 para la venta a envasadoras.



[1] Abundancia de cosas que ocurren a un mismo tiempo, confusión, vorágine, barullo, revuelo, jaleo, tremolina, revuelta, morondanga, burundanga, aglomeración, hervidero, multitud, muchedumbre, burujón (RAE)

 

martes, 9 de enero de 2024

La Presidenta Dina y los precios de la Gasolina

 Con todo mi respeto para la Sra. Pdta. Del Perú, Dina Boluarte, debo igualmente referirme a sus declaraciones con respecto a los precios de la gasolina en ocasión de su visita a la ciudad de Talara para celebrar la operación al 100% de la nueva Refinería Talara de Petroperú S.A. Por supuesto que sus declaraciones no corresponden en esencia a ella, sino a quienes le preparan discursos alejados de la realidad.

Dijo, por ejemplo, según el Diario Gestión, “… que cuando asumió el cargo en el 2023, la gasolina en el país iba subiendo, lo que provocó el incremento de precios en los productos”[1]

Pero, lo que se señala en el informe del INEI [2] respecto a los precios de la gasolina es todo lo contrario “En el año 2023, … Mientras que, disminuyeron los precios de los combustibles para vehículos (-9,0%) como petróleo diésel (-10,3%), gasohol (-9,7%) y gas licuado de petróleo vehicular (-4,6%); …..”.

En el caso del OSINERGMIN,  en su informe semanal de precios de referencia de combustibles derivados del petróleo al 25/12/2023[3], se observa que los precios de lista Petroperú habían disminuido aproximadamente -15% desde su pico en octubre 2023 para la Gasolina Premium y -17% para la Gasolina Regular. Todas estas disminuciones de precio en correspondencia con los precios internacionales que son los que en definitiva se aplican siguiendo la teoría de los precios de paridad de importación (PPI).  Error en la medición de la tendencia, por decir lo menos.






Y con referencia al incremento de precios de los productos, la nota semanal del Banco Central de Reserva señala que los precios al consumidor de los combustibles [4] bajaron -4.84% entre noviembre 2023 y diciembre 2022 y la tasa de inflación bajó de 7.88% promedio en el 2022 a 3.64% acumulada a noviembre 2023
¿Dónde entonces está el alza de combustibles y del costo de vida el año 2023?



[1] https://gestion.pe/peru/dina-boluarte-asegura-que-precio-de-la-gasolina-seguira-bajando-mesa-de-trabajo-gobierno-noticia

[2] https://m.inei.gob.pe/prensa/noticias/en-el-2023-los-precios-al-consumidor-de-lima-metropolitana-aumentaron-324-14855/

[3] Informe N° PR-52-2023-DGN/GRT