jueves, 22 de septiembre de 2016

Nulo dinamismo de las inversiones peruanas frente al “paquetazo ambiental” de la Ley 30230

Econ. Mag. Administración César Augusto Bedón Rocha

Con fecha 16/09/2016 ha ingresado al área de trámite documentario del Congreso de la República el Proyecto de Ley N°269/2016-CR presentado por el grupo Parlamentario Frente Amplio, que busca aprobar una Ley que recupere las facultades sancionadoras del OEFA limitadas por el Art. 19° la Ley 30230. Esta ley se publicó el 12/07/2014 con el pretensioso nombre de “Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país”. Fue dada por la Comisión Permanente del Congreso de la República y en su texto no se encuentra una exposición de motivos que justifique su dación; asunto que me parece necesario.

Quiero suponer que en el título de la norma se cubren sus objetivos al indicar que se da para promover  y dinamizar la inversión en el país; principalmente la inversión privada.

¿Y qué tan importante es la inversión en nuestro Producto Bruto Interno (PBI)?

La inversión bruta fija aportó el año 2015 un 24.9% del PBI, la cifra más baja de participación anual en el lapso 2011/2015; esta participación no ha dejado de descender al IIdo trimestre del 2016 en que aportó el 22.0%. La caída más acentuada de participación se da a partir del año 2014, destacándose que la baja de la inversión privada no pudo ser cubierta por la inversión pública.

Demostrada como está la importancia del aporte de la inversión al PBI veamos igualmente cuál fue su crecimiento anual:

Las cifras son elocuentes; a partir del año 2013 la inversión privada decreció fuertemente en su monto; es así como al 2014 (año de la promulgación de la Ley 30230), ya la baja había sido de 17.3 puntos porcentuales, acompañada esta baja de los privados, inexplicablemente, también por la inversión pública.

Si por estos resultados, a 26 meses de la ley antes mencionada se le juzgara, indudablemente que los resultados no serían nada satisfactorios para la promoción y dinamización de la inversión peruana y por ello encuentra justificada la preocupación de nuestros legisladores.

¿Y qué pretende el proyecto de ley?

Pues derogar el Art. 19° de la Ley 30230 y devolver las funciones y competencias del OEFA  a las que tenía vigentes previas a esta Ley. El citado artículo tiene una vigencia de 3 años (faltarían 10 meses para su vencimiento, aunque siempre se teme el efecto de que lo temporal se vuelva permanente sin evaluar su eficacia y eficiencia). Este artículo se ubica dentro de la Ley en el grupo de “Medidas para la promoción de la inversión en materia ambiental” y establece que la política ambiental deba ser preventiva más que correctora de la conducta infractora; así el OEFA tramitará solo excepcionalmente procedimientos sancionadores y restringirá su acción sancionadora a ordenar la ejecución de medidas correctivas que, de ejecutarse, eliminan la sanción. En todo caso, de sancionarse, la multa no será mayor al 50% de la establecida, exceptuándose casos muy graves o reincidencia sujetos a discrecionalidad.[1]

De acuerdo con los autores de la propuesta legislativa derogatoria, la Ley 30230 ha beneficiado a una serie de empresas mineras y de hidrocarburos que (citando al Portal Convoca[2]) han dejado de cobrar 10.9 millones de USD hasta julio del 2015 en 74 procesos sancionadores en primera y segunda instancia si se considera el monto máximo y más de 7 millones de USD considerando el valor mínimo. Esta experiencia no hace sino testificar una vez más el poco apego que se tiene en el país a las políticas ambientales y como una medida que podría parecer promotora, no logra su objetivo a pesar de costarle al fisco, con lo que opino debería procederse a aprobar el proyecto de ley en comentario.

Un caso peculiar

Una de las empresas del sector hidrocarburos con mayores sanciones del OEFA ha sido PETROPERÚ S.A.; recientemente (27/06/16) se le multó con 10 millones de Soles por derrame de petróleo por haber incumplido las medidas de remediación ambiental dictadas anteriormente. El OEFA señala que no se le exonera por el Art. 19° de la Ley 30230 y claro, es reincidente. No conozco a ciencia cierta el importe de sus multas pagadas o en apelación en los últimos años pues dicha información no es transparente.

Por ello no deja de llamarnos la atención que,  recientemente (25/08/2016), se haya incorporado como como Directora de Petroperú a la Economista Roxana Barrantes Cáceres, quien entre agosto 2013 y agosto de 2016 se desempeñó como Miembro del Consejo Directivo precisamente del organismo público encargado de sancionar a la petrolera estatal. ¿Servirá su experiencia para acelerar el pago de las sanciones impuestas a Petroperú? No me queda claro. Sobre todo si, al revisar su currículum detallado publicado en la Web de Petroperú, omite referirse al período de 3 años en OEFA y en el resumen indica que fue “miembro del Consejo Consultivo” lo que no es cierto pues lo fue del Consejo Directivo; 2 cosas muy distintas pues el Consejo Directivo es el órgano máximo del OEFA y un consejo consultivo no sería más que un órgano asesor sin opinión vinculante que, por lo demás, no existe en el OEFA.

Esperemos que la omisión señalada se trate solo de un error involuntario y que su presencia en el Directorio sea de provecho para el país, aunque deberá abstenerse en el Directorio de revisar o aprobar cualquier tema ambiental pues o puede haber sido juez y ahora parte, lo que desde ya merma su participación.







[1] “De buenas intenciones está empedrado el camino al infierno”, dice el refranero popular.
[2] http://convoca.pe/investigaciones/los-s-30-millones-que-no-cobro-el-gobierno-en-multas-mineras.

lunes, 15 de agosto de 2016

Hay que desaparecer los intereses políticos en Petroperú



Nota publicada en la revista Petróleo, Gas & Negocios - Año XII - Edición N°69 - Agosto 2016



viernes, 8 de julio de 2016

Adamo vs Maynardo
El diario GESTIÓN de nuestro país viene presentando quincenalmente y a página entera un ilustrado y supuesto debate al que titula “Dos economistas conversan”. Toda una delicia de lectura para nosotros los economistas. Los temas tocados han sido, entre otros, ¿Reducir el IGV?, ¿Cómo destrabar los proyectos mineros?, Maldito SNIP, etc.
En el citado diálogo participan Adamo (en alusión a Adam Smith) y por el otro lado Maynardo (en alusión a John Maynard Keynes).
El primero, Smith, fiel representante de la corriente económica de pensamiento clásico, según la cual toda sociedad es capaz de autorregularse sin necesitar de intervención estatal alguna; para esta corriente los ciclos económicos de auge y recesión son procesos naturales de ajustes y no requieren, para nada, de acción alguna de parte del gobierno. Es célebre en esta escuela la aplicación del “dejar hacer, dejar pasar - Laissez faire, laissez passer”. Sería como decimos en el Perú con súper optimismo que “existen dos clases de problemas: los que se resuelven solos y los que nunca se resuelven
El segundo, Keynes, por el contrario, representa la teoría económica según la cual debe expandirse el gasto público debiendo el Estado garantizar a todos los ciudadanos el derecho a acceder a servicios fundamentales. Para Keynes no puede existir equilibrio económico sin la intervención del Estado a través de la política económica (fiscal y monetaria). Se le reconoce como el economista preferido por los políticos en tanto les permite intervenir en la economía.
Las posiciones de Smith sobre la nula intervención estatal y muchos otros temas más como el desempleo, el mercado, los salarios, el ahorro, etc. difieren totalmente de las de Keynes y sin embargo ambos buscan el bienestar de la sociedad.
Como podemos ver, los economistas distamos mucho de tener pensamientos y actuaciones monocordes. Para cada problema tenemos dos y más, mucho más soluciones. No existe o, no debería existir, un economista “dueño de la verdad” que considere que su propuesta es la única viable. Creo que, en esta característica de nuestra ciencia,  que nos obliga al razonamiento crítico privilegiándolo sobre el cálculo matemático y a propiciar el diálogo por encima de la imposición, radica lo valioso de nuestro aporte al desarrollo del país. Y aquí vale citar el caso brasileño, que tuvo dos presidentes economistas a quienes el fracaso económico los sacó de la Presidencia; Dilma Rouseff y anteriormente Fernando Collor de Mello.
Rescato la iniciativa de GESTIÓN y felicito a su(s) anónimo(s) autores que se refiere a una conversación imaginaria entre dos prestigiosos economistas, ambos ya fallecidos (Smith en 1790 y Keynes en 1983) pero que no pierden vigencia.





jueves, 30 de junio de 2016

¿Sirven para algo los precios de referencia del GLP elaborados por el OSINERGMIN?


En mi concepto: Para nada

Disculpen lo contundente de mi afirmación, pero no puedo menos que demostrar, una vez más, mi decepción con el organismo peruano regulador de los hidrocarburos, OSINERGMIN. Es una larga historia de comentarios y críticas con esperanzas de cambio pero insatisfechas que, en algún momento, algún peruano con más tiempo y esperanzas que el suscrito se encargará de relatar. Confieso que creo en la libertad de precios y que el sistema de oferta y demanda es, si lo quieren, el menos malo de los sistemas y que no quisiera que alguien en nuestro país volviera a intentar controlar, regular, fiscalizar, administrar, supervisar y otros sinónimos que nuestra política criolla ha inventado para intentar superar el mecanismo de mercado entregando a algún burócrata la función que miles y millones le entregamos al mercado. Felizmente propuestas en ese sentido han sido rechazadas en el último proceso electoral.

Y entonces ¿Por qué confiar en OSINERGMIN si es que no regula precios?

Veamos lo que dice su ley de creación cuando se refiere a las funciones de su Consejo Directivo en el Art. 9° de la Ley N°26734 (30/12/96): “(…) c) Proponer al Ministerio de Energía y Minas normas legales relacionadas con el desarrollo de las actividades en los subsectores de electricidad e hidrocarburos, incluyendo, entre otras, normas sobre aspectos de calidad, seguridad y medio ambiente. d) Expedir directivas para solucionar y resolver las reclamaciones de los usuarios de los servicios de electricidad e hidrocarburos.” Claramente podemos ver que OSINERGMIN no puede escapar a su obligación cuando argumenta que la comercialización de los hidrocarburos es libre y por tanto no puede intervenir, pues está obligado por ley a proponer al Ministerio de Energía y Minas (MINEM),  las normas necesarias para un desarrollo ordenado y transparente del mercado y expedir directivas que de alguna manera atiendan las reclamaciones de los usuarios, sin que requieran para esto denuncia formal, pagos previos o requisitos adicionales, sino que debería actuar de oficio. La garantía para que un sistema de precios libres funcione es que su regulador también funcione y sea pro activo, que se ponga del lado de los usuarios cuando se presume de abusos y no se dedique solo a vegetar, a cuidarse las espaldas y a rifarse competencias y obligaciones con el Ministerio al cual está obligado a asesorar cual organismo técnico.

¿Y acaso no hay reclamaciones de los usuarios de hidrocarburos?

Por supuesto que sí. Basta con revisar las innumerables denuncias de las asociaciones de consumidores, principalmente la OPECU que parecen arar en el desierto puesto que no son escuchadas. Revisando, por ejemplo, la página Web de dicha institución (www.opecu.org.pe) vemos su noticia más reciente “La asociación de consumidores instó a las petroleras a dejar de subir sus precios, y de una vez resarcir a los usuarios por los sobreprecios cobrados en años. ¡Es lo justo!, afirmaron” (09-06-16) ¿Alguna reacción o respuesta del regulador? ¿Alguna propuesta al MINEM? ¿Quizá alguna información al nivel de los consumidores? Nada de nada.

¿Y cómo surge esto de publicar precios de referencia?

En mi concepto es a raíz del Decreto de Urgencia Nº 009-2003 (13-03-03) con que el Gobierno de entonces reconoció que la Ley Orgánica de Hidrocarburos señalaba que los precios relacionados con el crudo y sus derivados se regían por la oferta y la demanda, pero que los mercados internacionales se habían visto afectados gradualmente desde los acontecimientos de setiembre de 2001, y de manera más aguda desde noviembre de 2002 con motivo de la crisis política en Venezuela y el anuncio de una posible guerra en Irak, incidiendo estos factores en los precios internos de los combustibles derivados del petróleo que obligaban a declarar en emergencia el mercado de combustibles derivados del petróleo. Aquí se encargó al OSINERG publicar cotizaciones diarias referenciales para cada combustible derivado del petróleo, vigilando que no se excedieran ciertos límites y comprometiéndose el Estado a modificar el monto del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), en función a estos límites.

La atribución asignada al regulador es clarísima y en realidad no se le podía haber asignado a ningún otro organismo público existente; en el fondo era responsable de decidir cuánto de menos debería recaudar el Fisco por el ISC, atribución que posteriormente se ha mantenido a través del Fondo de Estabilización de Precios de los Hidrocarburos que le costaron 7,866 millones de Soles a todos los peruanos entre los años 20005 AL 2015, gasto sobre el cual en su momento se deberá rendir cuenta por haber alimentado con este costoso mecanismo a las refinerías e importadores de combustibles protegidos. Pero, su competencia técnica es negada hasta por el supervisado PETROPERÚ cuando su Presidente indica que “los marcadores que usa Osinergmin para determinar los precios de referencia “no son los más adecuados” (GESTIÓN 24-10-14

La situación actual, cuando los precios de los hidrocarburos han caído drásticamente, debería ser tratada también como una situación de emergencia (antes por alza, ahora por baja de precios) y esta debería ser la recomendación del OSINERGMIN a fin de atender los reclamos de los usuarios; pero ¡NO Señor!, nada de nada otra vez.

Y en el GLP ¿Cómo andamos?

La situación actual, cuando los precios internacionales de los hidrocarburos han caído drásticamente, sin reflejarse en el mercado interno, debería ser tratada también como una situación de emergencia (antes fue por el alza, ahora debería ser por la baja de precios) y esta debería ser la recomendación del OSINERGMIN a fin de atender los reclamos de los usuarios; pero ¡NO Señor!, nada de nada otra vez.

Es a propósito del VII° Foro del GLP organizado por Doble T Comunicaciones que me solicitan elaborar un artículo de actualidad y que pena encontrar que a pesar de los años transcurridos el tema de la inoperancia del regulador sigue vigente. Tomo solo el último reporte oficial de precios de referencia, el correspondiente al período del 27/05 al 10/06/16 publicado el 13/06/16. En él, OSINERGMIN señala que el precio de referencia que refleja una operación eficiente de importación desde el mercado relevante es de 1.25 S/Kg.

Deberíamos creerle pues es el responsable técnico de preparar esta información. Lo que nos dice el regulador es que cualquier importador debería vender el GLP a 1.25 S/Kg (aunque toma como precaución extrema el señalar que lo realiza siguiendo los lineamientos del MINEM). ¿En qué quedamos? ¿No es el OSINERGMIN el ente técnico encargado de proponer qué y cómo hacer al MINEM? Y en este juego del Gran Bonetón, el MINEM por su parte, cuando publica semanalmente su Informe de factores de Aportación y/o Compensación, igualmente se cubre y señala que se basa en los cálculos del regulador.

¡Listo el pollo! Responsabilidad eludida y todos felices, en la burocracia, más no en el malestar ciudadano

Recordemos como hemos señalado anteriormente que el regulador indica como precio de referencia 1.25 S/Kg y Petroperú (empresa estatal) lo factura entre 1.52 y 1.65 S/Kg (hasta 32% de sobre precio), igual en Talara como en el Callao y aplicando una absurda discriminación de precios propia de monopolios.

Por su parte, el coro del MINEM indica en su informe del 14 al 20/06/16 que el precio de paridad de exportación es apenas 1.13 S/Kg (pero contradictoriamente compensa a los productores con 0.11 S/Kg adicionales al precio). Ah, igualmente señala que el límite superior de precios es 1.02 S/Kg

En resumen, preparar precios de referencia sin responsabilidad, sin claridad para el público objetivo y sin que se deriven acciones de salvaguarda del interés del consumidor no sirve de nada y es un gasto innecesario por inútil, por no satisfacer ninguna necesidad ni derivar en acciones por evitar el abuso y haría bien el nuevo Gobierno en jalarles las largas orejas que al parecer crecen cada vez más tomando el toro por las astas (o por las orejas).

 PUBLICADO EN LA REVISTA "Petróleo, Gas & Negocios", Año XII - Edición N°68 - Junio 2016 - Págs.37-38


domingo, 1 de mayo de 2016

¿Quién no quisiera utilizar el combustible del futuro?

Este combustible debería ser ambientalmente limpio en el sentido de tener menores emisiones de CO2, NOx y particulado que los vehículos a gasolina y diesel. Además de sus ventajas en limpieza, acceder a su utilización no debería requerir de enormes inversiones en la construcción de gasoductos para llevarlo a los puntos de consumo; igualmente la construcción y puesta en marcha de gasocentros debería ser más económica que sus combustibles alternativos; para los potenciales compradores de vehículos, adquirirlos debería costar igual o menos que si fueran a gasolina, sus gastos de mantenimiento mucho menores y el precio de adquisición en los puntos de venta menor que sus alternativos.
El GLP automotor es este combustible del futuro que reune todas las características antes mencionadas. Se utiliza mundialmente en 25 millones de vehículos; un total de 5 países cubren el 50% de la demanda mundial: Corea del Sur, Turquía, Rusia, Tailandia y Polonia; de ellos, Turquía cuenta con el mayor número de vehículos operando a GLP con cerca de 4 millones de vehículos, en una población de 75 millones y un PBI Per Cápita superior en 57% al peruano.
En nuestro país, al cierre del año 2015, un total de 270.1 miles de conductores de vehículos han concretado el deseo universal de tener el combustible del futuro, pero hoy. Este combustible prodigioso, que supera a todos sus alternativos en limpieza y economía, es el GLP automotor; y lo tenemos disponible en el Perú desde el año 2006. En 9 años la demanda se ha multiplicado, como ningún otro combustible automotor, por 4.8 veces. Solo en los últimos 5 años el crecimiento del número de vehículos convertidos y operando a GLP ha crecido 13.2% promedio anual. Hoy circulan en el Perú 24.5% más vehículos a GLP que a GNV.
La acogida inteligente de los conductores de vehículos a GLP se generó sin apoyo estatal de ningún tipo, sino más bien en una increíble posición de desaliento para su desarrollo; creció su preferencia por la publicidad boca/oreja de sus ventajas, situación a la cual se sumo la promoción de su consumo por 7 años otorgada por el Consorcio Camisea que cobró solo los impuestos y regalías a los nuevos usuarios  durante este período.

Cerca de 850 puntos de venta de GLP en el Perú han impulsado la atención de la creciente demanda; la cobertura es prácticamente total en nuestro país, tanto en costa, sierra como en selva. El GLP se da el lujo de venderse en 74 gasocentros exclusivos (sin GNV) en 10 de sus 25 departamentos (regiones). Toda esta inversión de privados, repito sin ninguna promoción estatal.

Contribución para revista de la Asociación de Grifos y Estaciones de Servicio del Perú (AGESP)

martes, 5 de abril de 2016

¡Y ahora tenemos: Un capitalismo popular con economía social de mercado!

Fotografía: http://elcomercio.pe/politica/elecciones/alfredo-barnechea-y-gregorio-santos-su-confrontacion-frases-noticia-1891514/1?ref=flujo_tags_135327&ft=fgal_1&e=foto_1



Eran épocas de elecciones en mi querido Perú, en el 2010/2011, cuando el ideólogo del Partido Nacionalista (Partido ganador de las elecciones presidenciales en segunda vuelta), Econ. Félix Jiménez, a la sazón Coordinador Responsable de la Comisión de Plan de Gobierno, incorporó en el Plan de Gobierno 2011-2016 “La Gran Transformación – Diciembre 2010” la teoría de la economía nacional de mercado. Jiménez había simultáneamente publicado el documento “Economía Nacional de Mercado: una estrategia nacional de desarrollo para el Perú[1] con el auspicio del Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú en noviembre de 2010.

El Plan en comentario proponía un “nuevo modelo de desarrollo” basado en una economía nacional de mercado abierta al mundo. Entre sus más importantes acciones de política detallaba que “Forjaremos un nuevo modelo de desarrollo sobre la base de la construcción de una economía nacional de mercado, que articule la costa, la sierra y la amazonia del país”.[2] El Plan proponía igualmente recuperar la “autoridad pública” del Estado en materia económica, cambiar a una economía nacional de mercado y que el Estado planifique el desarrollo económico y social del país, mención aparte de la utilización exagerada del obsoleto concepto de “actividades estratégicas”.

En el fondo lo que proponía el Plan de Gobierno del Partido Nacionalista era modificar la Constitución de 1993 que en sus Principios Generales (Art. 58°) describe ampliamente como sistema económico peruano un sistema distinto al señalar que “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.” Esta precisión, sin embargo, no es una innovación por cuanto ya antes la Constitución de 1979 indicaba en su Art. 115° “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. El Estado estimula y reglamenta su ejercicio para armonizarlo con el interés social.”; Prácticamente, lo mismo.

Y ahora, el "capitalismo popular” (1950 – 1960, con algunos antecedentes en los 40´s)

Enarbolado por el candidato Alfredo Barnechea en el reciente debate de candidatos presidenciales (03/04/16), trata de imponer en el Perú una política thatcheriana[3] de capitalismo popular. Digo thatcheriana por Margaret Thatcher, en Inglaterra, que fue la primera mandataria que lo instrumentalizó para promover las privatizaciones de empresas públicas.
El Plan de Gobierno de Acción Popular 2011-2016, partido político que ha acogido al candidato Barnechea, no menciona nada sobre el capitalismo popular e indica que propone el modelo del Partido Nacionalista, el de la economía nacional de mercado, cuando en sus Objetivos Generales declara “Impulsar la economía nacional de mercado.” [4] Idéntico al Plan nacionalista.

El Diccionario de economía política de Borísov, Zhamin y Makárova[5]  (publicado en la Unión Soviética y traducido al español en 1965), define este modelo de capitalismo como una “teoría burguesa abiertamente apologética sobre la presunta transformación del actual capitalismo monopolista de Estado en un nuevo régimen social en el que desaparecen las clases y las contradicciones de clase, se "democratiza el capital", se "nivelan los ingresos", se eliminan las crisis económicas, y el Estado capitalista se convierte en un "Estado, del bienestar general. Ahora, Capitalismo Popular equivale a decir: socialismo burgués, racismo justiciero, explotación equitativa, crímenes saludables, especulación equilibrada, es una contradicción.” No es ésta pues una política que pudiera calificarse de revolucionaria cuando más bien se ha implementado ya en algunos países como el Chile de 1973 buscando privatizar diversas instituciones financieras y empresas públicas, o el capitalismo popular de Carlos Menem en Argentina o de Collor de Melo en Brasil.
Es bueno señalar también que antes (2010), otro candidato presidencial, Pedro Pablo Kuczynski, había recomendado implementar el capitalismo popular para resolver el problema del agua en el Perú, privatizando las EPS (Empresas públicas de servicios de agua potable y alcantarillado), incluida SEDAPAL, que se maneja como Sociedad Anónima. [6]
Llama la atención este mix de modelos económicos tomados de un piqueo de políticas y que ahora propone el candidato presidencial Alfredo Barnechea, mezclando la economía social de mercado (Alemania, 1947) con el capitalismo popular y la economía nacional de mercado; todo un engendro de teoría económica.

 Espero que algunos colegas economistas tomen la posta de comentar sobre este nuevo modelo de economía, quizá fruto de la inspiración de alguno de los asesores de Barnechea, más que propia.
Todo esto no hace sí no darnos más de lo mismo, declaraciones efectistas, sin sustento teórico y para disfrute de las galerías.

jueves, 17 de marzo de 2016

"Fiorella no entiende del tema"


Se encuentra disponible en Internet[1] el debate sobre renegociación del gas de Camisea sostenido en el noticiero “TV Perú Noticias” esta semana durante 22 minutos entre el Ing. Mecánico Electricista (CIP 8445), Carlos Herrera Descalzi (presentado como integrante del equipo económico del partido Acción Popular) y la Economista Fiorella Giannina Molinelli Aristondo candidata al Congreso de la República por el partido Peruanos por el Kambio.

El Ing. Herrera (que en esta ocasión igualmente postula al Congreso de la República), fue Ministro de Energía y Minas (2000 – 2001), en el Gobierno Transitorio del Dr. Valentín Paniagua Corazao y volvió a ocupar la misma cartera al iniciarse el gobierno de Ollanta Humala en julio de 2011, cartera a la que renunció en diciembre del mismo año en medio de la crisis del gabinete que llevó a la renuncia al entonces Presidente del Consejo de Ministros, Salomón Lerner Ghitis.

Se trata pues de dos candidatos al Congreso, a los que el referido programa invitó a debatir, por lo que suponía que eran los mejores representantes de los equipos económicos tanto de Acción Popular como de Peruanos por el Kambio, con el conocimiento y experiencia suficientes como para contrastar dos posiciones antagónicas frente al tratamiento de los contratos de exportación del gas de Camisea.

Como sabemos, los primeros, con el candidato Alfredo Barnechea a la cabeza, prometen renegociar el contrato. Recordemos que, con referencia a Pedro Pablo Kuczynski (PPK), Barnechea dijo que fue PPK quien “dio a dedo el contrato del gas de Camisea, por el que ahora nos pagan casi nada. Por eso lo voy  a renegociar, para exigir un trato igualitario[2]. Por su parte PPK sostiene que Alfredo Barnechea "está tristemente equivocado. Es un contrato que se dio entre Repsol y la Comisión Federal de Electricidad de México. El ministro de Economía [él, en ese entonces] no tuvo absolutamente nada que ver en eso"2. Éste, que debió ser un interesante debate público entre Barnechea y PPK en el que deberían primar los aspectos técnicos, sin embargo, fue descartado cuando PPK envió a Barnechea a estudiar a la UNI (“Que él primero se vaya a la UNI [Universidad Nacional de Ingeniería] y aprenda un poquito de gas y petróleo y después ya podemos comenzar”.

Como están las cosas, se repite el énfasis de una campaña electoral en temas de energía, tal cual lo fue la mentira del GLP a 12 Soles que enarboló el hoy Presidente Humala y que tan buenos resultados electorales le brindó.

Lamentablemente, no son los candidatos a la Presidencia los que debaten, sino dos candidatos a congresistas y que lo hacen de muy mala forma. Toco el caso del Ing. Herrera a quien pueden ver a partir del minuto 21 del video, acusando a su debatiente que “Fiorella no entiende del tema. Su profesión creo no le permite entender del tema” y como cereza para adornar el pastel, al más puro estilo del ex candidato César Acuña decir que “cualquiera escribe libros”; ésto además del abuso de calificativos como inmoralidad, tema moral, una arruga y bien grande, contrato que huele feo y apesta o que desgraciadamente “contrato es contrato”.

No es la intención de esta nota comentar sobre el contrato y sus interpretaciones, debate enrarecido por intereses políticos, sino sobre las desafortunadas declaraciones del candidato Herrera. Si el Ing. Herrera revisara su lista de candidatos de su partido al Congreso por Lima, encontraría que antes de él en el orden del voto preferencial hay dos profesionales de la Economía.

He investigado, y la candidata Molinelli es Economista colegiada en el Colegio de Economistas de Lima con el N°08226[3] por lo que considero que posee una profesión que la califica para opinar sobre el tema. No es un tema de profesión, Ing. Herrera, se equivoca groseramente. Yo soy Economista colegiado, y creo saber del tema, y conozco muchos otros colegas Economistas peruanos que destacan con sapiencia en el campo de los hidrocarburos y la energía.

Protesto rotundamente como Economista por esta declarada mala leche del Ing. Herrera contra nuestra profesión, invitándolo a que calme sus iras y planteé una propuesta técnica antes que hepática. Bajar su orgullo y prepotencia, no le caerían nada mal en su búsqueda de votos.



Econ. César Augusto Bedón Rocha
Docente UPC
17/03/2016

                                                   

miércoles, 17 de febrero de 2016

¿Por qué tengo que pagar las multas por infracción ambiental impuestas a PETROPERÚ?

El 12/07/14 se publicó en el diario oficial El Peruano la ley 30230, pomposamente llamada “Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país”, aprobada por la Comisión Permanente del Congreso de la República que tenía como Presidente al Congresista Fredy Otárola. Esta Ley establece en su Capítulo III “Medidas para la promoción de la inversión en materia ambiental”, Art. 19°, que durante 3 años las sanciones a imponerse por las infracciones ambientales no podrán ser superiores al 50% de la multa que correspondería aplicar según la legislación vigente. Todo esto en un supuesto marco de enfoque preventivo de la política ambiental por el cual, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) privilegiaría las acciones orientadas a la “prevención y corrección de la conducta infractora en materia ambiental”; todo lo cual como sabemos no es más que un saludo a la bandera. La ley señala así mismo que los procedimientos sancionadores serán únicamente “excepcionales”. Por supuesto que el OEFA no fue consultado para la promulgación de esta Ley[1], pero tampoco se le conoce haber reclamado fuertemente por semejante desatino.

Anteriormente, en diciembre de 2012, el Poder Ejecutivo había remitido al Congreso el Proyecto de Ley Nº1815/2012-PE, que modificaba la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Nº 29325) y la Ley General del Ambiente (Nº 28611), a través del cual se proponía asegurar que las sanciones ambientales sean verdaderamente disuasivas, para lo cual se triplicaba el monto del tope máximo aplicable llegando hasta 30,000 UIT (S/. 109.5 millones de ese entonces), lo cual sería aplicable respecto de las actividades con mayores impactos ambientales y mayor envergadura económica. [2] ¿Cómo así el Poder Ejecutivo propone 30,000 UIT´s de sanción máxima y el Congreso que domina acaba reduciéndolas de 10,000 al 50% de 15,000 UIT´s? “Cosas veredes, Sancho, que non crederes” (El Quijote)

En el reciente caso del derrame de crudo del Oleoducto Nor Peruano (ONP) en Chiriaco, responsabilidad de PETROPERÚ, se ha anunciado que se le aplicaría la sanción máxima de 15,000 UIT´s (59´250,000 Soles); en realidad solo se le podría multar por el 50% de dicho monto, es decir por un máximo de 29´625,000 Soles, en mérito a la dichosa ley de promoción de inversiones que, repito no tiene nada que ver con el caso.

Verdad que no llego a entender que tiene que ver la promoción de inversiones que todos deseamos, con la reducción de las multas en casos de flagrantes atentados contra la ecología, como son los derrames de petróleo crudo por fisuras y otros en los oleoductos. ¿O es que acaso peregrinamente se cree que el ahorro en las multas será usado para invertir en mejoras de las instalaciones para evitar derrames?

Sin embargo, en el fondo del asunto, subsiste mi inconformidad con que, en el caso de las empresas estatales como PETROPERÚ se les aplique multas que finalmente, por ser empresas de todos los peruanos y manejar fondos públicos, terminarán siendo pagadas por nosotros mismos sin ninguna sanción para los funcionarios responsables. Debe incorporarse la responsabilidad administrativa, económica y penal para los funcionarios a cargo de las operaciones que causen daño ambiental y veremos que las cosas empezarían a cambiar.

Peor aún en el caso de las multas a empresas del Estado, el hecho que las multas vayan al mismo Tesoro Público sin resarcir del daño a la población afectada. Yo propondría que en lugar de una multa que pagaríamos todos los peruanos se le obligue a la empresa infractora a adquirir bienes y servicios para uso de la comunidad afectada como podrían ser cocinas a GLP, balones de GLP, máquinas de coser, refrigeradoras, postas médicas, tornos, bladers de hasta 50,000 Lt para almacenamiento y suministro de agua potable y su recarga, construcción de silos, etc.

No basta con un parchado del ducto, la presencia por unos días de un médico y algunos obsequios cuando los efectos negativos de los derrames se dejan sentir durante muchos años. Otra propuesta sugerida por un valioso colega sería que se fomentara la participación de organizaciones de usuarios que fiscalicen el daño ambiental y presenten denuncias documentadas recibiendo el 50% de la multa correspondiente. Creo que muchas otras propuestas podrían y deberían plantearse para no seguir en el esquema de multas que finalmente pagamos nosotros mismos.



[1]El presidente del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) dejó en claro que no se le solicitó una opinión previa sobre las medidas para reactivar la economía que reducen el monto de sus sanciones a un 50% y limitan su aplicación.http://gestion.pe/economia/cada-100-supervisiones-oefa-menos-dos-terminaron-multa-2106609
 

martes, 16 de febrero de 2016

Un derrame más ¡Qué importa!, ¡Un Directorio igual, si importa! o ¡Qué me parta un rayo!

Por supuesto que para todos los peruanos los derrames de petróleo crudo sí importan; y mucho. Salvo para el Directorio de PETROPERÚ y su Presidente que atribuye la posibilidad que “un rayo” haya sido el causante de la reciente fisura de 55 cms en el lomo del Oleoducto Nor Peruano (ONP), y que además, ignorancia de por medio, señale que el daño ambiental se podrá recuperar en 1 año [1] y que en su nota de prensa del 10/02/16 de la empresa estatal que preside señale que “…la avería presentada en el km 206 del Oleoducto Norperuano (Ramal Norte) fue controlada mediante la instalación de una grapa que cubre el tubo en el punto de la fisura…”. Es decir, se informa sobre la corrección técnica (parche) de la tubería y nada sobre el daño causado al ambiente. Por supuesto, además, que en ninguna de sus notas de prensa señala cuál es el volumen estimado del crudo derramado en una tubería de 16” (41 cms). Algunos medios señalan que el volumen derramado sería de aproximadamente 2,000 barriles (84,000 galones).

Éste no es, sin embargo, el único derrame del ONP. Uno de los más significativos ocurrió el 30/06/14 en la localidad de Cuninico. En dicha oportunidad el crudo derramado se calculó en 10,000 barriles (420,000 galones). El Ministro de Energía y Minas de entonces, Eleodoro Mayorga señaló que “el gobierno cambiará el directorio de la empresa estatal PetroPerú en los próximos días, tras el derrame de petróleo del oleoducto Norperuano en la región selvática de Loreto[2], anuncio que fue aplaudido por la población peruana (propietaria al fin de la empresa estatal).

El gobierno cumplió con designar en marzo de 2015 presidente del directorio al Sr. Germán Velásquez, que en su hoja de vida señala que se trata de un “Ejecutivo Senior con sólida experiencia en Gestión y Dirección en Áreas de finanzas, logística, recursos humanos, contabilidad, presupuesto, tesorería y seguridad en empresas del sector eléctrico (ELECTROPERÚ) y empresas de servicios tanto privadas como estatales”.[3]  ¿Y de su calificación y experiencia para presidir una empresa petrolera? NADA. Peor aún, al mes siguiente, la petrolera estatal Petroperú informó que en la Junta General de Accionistas se aprobó que el presidente del directorio German Velásquez asuma también la Gerencia General de la empresa. Mezclar la política (Presidencia) con el conocimiento técnico (Gerencia General) es un grave error, no cometido nunca antes en la historia de PETROPERÚ, sobre todo tratándose de un funcionario sin experiencia petrolera; pero, ahí está, ocupando ambos cargos.

Del resto de Directores (4), designados por este Gobierno para dirigir PETROPERÚ, 3 son Abogados (de actual moda en muchas empresas del Estado y Ministerios), e igualmente con CERO de experiencia en el manejo de una empresa petrolera de la complejidad de PETROPERÚ. El otro Director señala en su hoja de vida “estudios de Ingeniería Mecánica” y además ser “capitalista de riesgo y arquitecto de negocios”. Hagan su propia evaluación.

Por supuesto que cambiar el Directorio, en este Gobierno sería cambiar mocos por babas, si es que no se modifica la reglamentación de sanciones en que se incluyan a los funcionarios con responsabilidad penal y civil y no solo con multas a la empresa que terminamos pagando nosotros mismos.



[1] “… Hay un dicho que el agua y el aceite no se mezclan. Sin embargo, cuando los derrames ocurren en el agua, los productos químicos tóxicos del petróleo sí se mezclan con el agua y se quedan allí por largo tiempo. La parte más densa del petróleo se esparce sobre la superficie y evita que el aire entre en el agua. Los peces, animales y plantas que viven en el agua no pueden respirar. Cuando hay derrames de petróleo en el agua, ciertos productos químicos permanecen en ella y la hacen insegura para beber, incluso después de que el petróleo visible haya sido retirado…