miércoles, 27 de abril de 2022

lunes, 4 de abril de 2022

Bajo impacto del ISC en el PBI

 El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Oscar Graham, advirtió este domingo que incluir en la exoneración del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a combustibles distintos a la gasolina de 84, 90 o diésel "significaría menos ingresos para el Estado".

https://rpp.pe/politica/gobierno/oscar-graham-incluir-en-la-exoneracion-de-isc-a-otros-combustibles-significaria-menos-ingresos-para-el-estado-noticia-1397260

 Señalar, como lo hace el Sr. Ministro de Economía y Finanzas que reducir un impuesto, como el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), va a significar menores ingresos para el Estado, no es una novedad; reconocer que aplicar este impuesto a las gasolinas y peor aún haber incorporado a los gasoholes es una concepción antigua y tradicional de atribuirle un uso suntuario o de buscar como pretexto el que se grava a los combustibles más contaminantes, otra disculpa ajena a la realidad.

El impacto de la recaudación por el ISC a los combustibles ha ido disminuyendo gradualmente en nuestra Economía. Si lo comparamos con el Producto Bruto Interno (PBI) llega al 0.4% y representa apenas el 0.19% de la recaudación nacional total (SUNAT – Año 2021). En promedio mensual el 2021 se recaudó 304.0 millones de PEN.

Un factor para esta disminución es la participación cada vez más importante del gas natural (no tributa ISC), en la matriz energética a partir de setiembre de 2004, la eliminación del ISC al GLP desde el 2010, la exoneración a las ventas en la Amazonia y la eliminación del ISC a las ventas de Diesel para generación eléctrica en sistemas no aislados, la devolución a los consumidores de Diesel para transporte, etc. (y a partir de ahora igualmente no paga ISC ninguna venta de Diesel). En la práctica solo las gasolinas y gosoholes 95 y 97 pagan este impuesto.


La reducción total de precios de gasolinas/gasoholes 84 y 90 Petroperú Ex Planta Callao a partir del 4/4/2022 con impuestos, se presenta como sigue: (1USD=3.652PEN)



De esta manera, el precio ex planta del gasohol 95 Petroperú resulta ser superior ahora en 1.84 PEN/gal o 10.6% al del gasohol 90 (que no paga ISC). Igualmente, la gasolina y gasohol 84 han recibido eliminación del ISC a pesar que contienen 0.049211 grms de Plomo por Galón según hojas técnicas de Repsol y Petroperú. Para recordar: «El Plomo causa enfermedades cardíacas, accidentes cerebrovasculares y cáncer. También afecta el desarrollo del cerebro humano, especialmente de los niños… El uso de la gasolina con plomo llegó a su fin en todo el mundo luego de que este combustible altamente contaminante se dejara de ofrecer en las estaciones de servicio de Argelia en julio pasado»[1] …año 2021

Vale la pena señalar los errores de transmisión de la información en los medios de prensa:

GESTIÓN (4/04/2022) “Combustibles ya no tienen ISC…” Falso como hemos demostrado líneas arriba

GESTIÓN( 4/04/2022) “Rebaja de hasta 1.60 por combustibles sin ISC no será inmediata, incluso en grifos de Petroperú”: No existen tales “grifos de Petroperú”, pues la empresa estatal no tiene grifos propios y tampoco son un ejemplo de precios más bajos necesariamente.

GESTIÓN (4/4/2022): Una burda e irreal comparación decir que la exoneración aprobada en el ISC significa el equivalente a la construcción de 300 Km de carreteras o la matrícula de 1,500 niños en una escuela primaria. Como ejercicio aritmético está bien, pero en la realidad no se da esta equivalencia. Se recauda más y no se construyen carreteras ni se mejora la educación

BLOOMBERG (03/04/2022) “… Se oficializa norma que exonera hasta junio el ISC a combustibles”: No todos los combustibles están exonerados.


sábado, 2 de abril de 2022

A petróleo revuelto, protesta popular

 

A petróleo revuelto, protesta popular

Escrito por Econ.Mag.Adm. César A. Bedón R.
02/04/2022

Hace ya casi un mes (10/03/2022), escribía en mi post “A petróleo revuelto, ganancia de especuladores” como la empresa estatal de petróleo PETROPERU S.A., había ejecutado un alza indiscriminada del precio de los combustibles de 6% GLP a Granel y entre 12% y 13% en las gasolinas.

Condené este hecho como ajeno, y hasta opuesto al rol subsidiario que constitucionalmente le corresponde a dicha empresa. Indiqué que, a falta de acción del gobierno central debería ser nuestra petrolera quien tomará la iniciativa, si no para bajar los precios, por lo menos para que demuestre sensibilidad social, solidaridad y preocupación por los consumidores (todos los peruanos), presentando hechos que demuestren a la población el verdadero cumplimiento de una economía social de mercado (ESM), acentuando el objetivo SOCIAL que últimamente nuestras autoridades gubernamentales declaran cumplir, sin que demuestren realmente que han estudiado bien la lección.

Uno de los pilares en que se fundamenta la ESM es que debe reconocerse que los mecanismos de oferta y demanda no son verdades inquebrantables, libres de fallas como la concentración, concertación, cartelización, oligopolio, integraciones verticales, no transparencia de los operadores, asimetría informativa o el abuso de posición de dominio.

Incrementar los precios de los combustibles de la manera ya comentada significa desconocer cuál es el rango meta de la inflación en el Perú (promedio entre 1 y 3% anual). Operar en un mercado con prácticas oligopólicas desconociendo las metas nacionales constituye, no cabe duda, una falla del mercado.

Hemos señalado también que con el alza se beneficiaba también el Fisco al incrementar los ingresos por IGV sobre una base impositiva incrementada en 13% y cobrar aún más mediante la aplicación del 8% de impuesto al rodaje en las gasolinas  (Decreto Legislativo N°8 del 30/12/1980), que es destinado al FONCOMÜN que bien podría ser anulado por el Congreso, pues debería también participar del esfuerzo nacional.

Se sigue beneficiando igualmente el Fisco con la recaudación del Impuesto Selectivo a los Combustibles (ISC) cuyos importes fijos pueden ser modificados en el momento que lo juzgue conveniente el Ejecutivo pues las modifican simplemente con Decretos Supremos (actualmente rige el D.S. N° 094-2018-EF del 09.05.2018).

Un severo desconocimiento del comportamiento de los consumidores que permitió seguir impávidas a nuestras autoridades sobre lo que se venía, genero la protesta popular.

Comenté también que en la actualidad resultaba una burla que Petroperú S.A. señalara que hacía los mejores esfuerzos para mantener precios competitivos”. La pregunta es ¿Cómo tener precios “competitivos” en un mercado oligopolizado con acuerdos de precios a nivel de productor?, sugiriendo por ejemplo no aplicar listas semanales de aumentos de precios y establecer períodos más largos para su efectivización. Esto último es reconocido en sus estados financieros (IV° Trimestre 2021) que señalan «En el caso de eventos o acontecimientos del mercado internacional que impacten significativamente a los precios de los combustibles líquidos y especialidades fuertemente al alza o a la baja, que afecten negativamente la imagen reputacional de la Compañía o la pongan en una situación económica de riesgo potencial, el Comité Ejecutivo de Precios podrá decidir trasladarlos gradualmente a los clientes o dejar sin efecto las variaciones presentadas en forma coyuntural que se dan por un tiempo muy corto hasta que se estabilice el mercado local o internacional, teniendo en cuenta la sostenibilidad financiera de la Compañía». Válido en la teoría. Olvidado en la práctica.

Más claro Ni el agua.