martes, 22 de diciembre de 2009

S.O.S. SERPOST

Trabajé en Serpost el año 2002, ocupando las sub gerencias de marketing y ventas. De esta enriquecedora experiencia me quedó un cariño muy especial por la empresa estatal responsable de los correos en nuestro país. Recuerdo que en la gestión de mi querida amiga Nancy Escribens, entre otros logros “marketeros” habíamos acuñado la frase “Somos más que un courier”, resumiendo así una serie de esfuerzos de posicionamiento, de mantener la confianza en el correo tradicional para fechas especiales, de reforzar la conducta favorable a la escritura entre los niños, de hacerle comprender a la administración y Directorio de la empresa estatal lo que eran las características de estacionalidad de ventas, etc.

Era difícil competir en esa época con los correos privados. Así, por ejemplo habíamos perdido la cuenta importante de Telefónica porque ésta había decidido crear su propia agencia de courier. Tampoco nos era fácil lograr que la función de cálculo de tarifas asumiera los criterios de costo hundido y de costo de oportunidad para cotizar servicios y casi siempre nos cotizaban muy por encima de la competencia con el lógico resultado de no lograr clientes con facilidad.

La pelea era muy desigual con la vertiginosa penetración del correo electrónico, pero le hacíamos el esfuerzo y hasta manteníamos un valor económico simbólico para la carta común. Mantuvimos también la participación en la campaña de sorteo de visas para los EEUU de un volumen muy significativo para nuestra gestión. Además introdujimos a Serpost como referente para depósitos de sorteos con anuncios en medios a costo cero e impulsamos con entusiasmo la filatelia, mantenida con frecuencia en la obscuridad, “sólo para entendidos”.

Será por eso que en esta época del año en que deseamos hacer llegar una tarjeta navideña y creemos que el envío físico trasciende el frío envió virtual, es que recurrimos a Serpost para remitir 69 tarjetas navideñas en Lima Metropolitana.

Grande fue la sorpresa de Milagros, mi Asistente, acostumbrada a contratar el servicio de courier cuando, luego de ir por tercera vez a la oficina de Serpost, me dijo que no le iba a pagar 2.50 Nuevos Soles por cada tarjeta como le habían pedido. Una vez regresó por la inmensa cola de medio día que soportaba una sola operadora en la Avda. Larco y la otra porque, luego de otra enorme cola, le pidieron que ponga remitente en cada sobre, lo cual no sucede con el courier.
Por supuesto que se negó a pagarle a Serpost y regresó a llamar cómodamente desde su escritorio a su courier. Este se hizo presente en la oficina y nos cobró 0.833 Nuevos Soles (incluido IGV), por cada tarjeta navideña más un costo de recojo de 9.52 Nuevos Soles. En resumen pagamos 67.00 Nuevos Soles en lugar de los 172.50 Nuevos Soles que hubiera tenido que pagarle a nuestra empresa estatal. Es decir que, un privado con servicio de recojo a domicilio, sin colas, me cobra 61.2% más barato.

Pensé que deberían haberse equivocado pero la respuesta que le dieron a mi Asistente fue que “así costaba” y que acababa de subir desde los 2.00 Nuevos Soles anteriores (25% de incremento). Acabo de revisar la Web de Serpost y aparece como tarifa 2.40 Nuevos Soles (con IGV), para entrega local hasta 20 gramos con montos incrementales según el peso hasta 500 gramos (una locura de tarifas).

Los 2.50 que nos pretendieron cobrar no coincide con la tarifa autorizada, quizá por la falta de vuelto. Además acabo de descubrir un aviso en la Web que no me lo ofrecieron en la oficina de Serpost. Este dice que si compro tarjetas navideñas a ellos mismos a 2.00 Nuevos Soles cada una puedo acceder a una tarifa de 2.30 Nuevos Soles, siempre muy pero muy por encima del precio en un courier privado. Por lo demás la misma tarjeta me cuesta en librería 1.67 Nuevos Soles.
No hay que ser adivino para presumir como anda la gestión económica de nuestra querida empresa estatal con estas prácticas comerciales que alejan su demanda y la condenan a seguir perdiendo dinero y subiendo sus tarifas más y más para combatir su bajo volumen de ventas.

Una pena, para una empresa que tiene como visión “ser reconocida como la empresa líder en el servicio postal del Perú y en Latinoamérica".

sábado, 31 de octubre de 2009

Kerosene ¿Nunca Más?

Revista gas&negocios
Edición Internacional - Año V - Edición 28
Setiembre - Octubre 2009







lunes, 31 de agosto de 2009

El GLP tiene muchos problemas por resolver

Revista gas&negocios
Edición Internacional
Año V - Edición 27
Julio - Agosto 2009





jueves, 20 de agosto de 2009

Precio del GLP; La historia se repite

Julio de 2005 constituyó un hito en la comercialización del GLP en el Perú. Se había iniciado la comercialización en el mercado interno con este combustible fraccionado en Pisco y proveniente de los yacimientos de Gas Natural de Camisea. Así, dejábamos atrás nuestra condición importadora y pasábamos a autoabastecernos.

Sin embargo, a la satisfacción inicial, sobrevino un inadecuado manejo de precios internos para el GLP. En el Perú descubrimos que pagábamos más caro a Pluspetrol que lo que esta empresa cobraba en sus exportaciones. Todo un movimiento mediático logró que el Congreso de la República se interesara en el tema, y, a través de su Comisión Pro Inversión, convocara a los diferentes actores involucrados.

A resultas del trabajo de esta Comisión, se logró un poco de sensatez en el mercado local y así Pluspetrol rebajó sus precios en el mercado interno y se comprometió a llevar en lo sucesivo una política de precios que, en resumen, hacía que en el Callao, centro neurálgico de la comercialización de combustibles, vendiera a un precio equivalente al referente internacional Mont Belvieu más un plus de entre 64 y 84 USD/TM, número mágico que supuestamente cubre los gastos de traslado del GLP de Pisco al Callao. Así, se festejó la baja coyuntural de precios pero no se logró que el país gozara de precios internos de paridad de exportación que implican un Mont Belvieu menos fletes y gastos hasta dicha plaza, tal cual se considera en todos los países, incluido Argentina. Más adelante las autoridades gubernamentales se refirieron en diferentes oportunidades a lo bueno que era que pagáramos precios de paridad de exportación, lo cual como todos sabemos, no es cierto.

Sin embargo los cálculos de paridad de exportación puede argumentarse que son eminentemente teóricos; y esto es cierto cuando no se dan exportaciones reales y ahí se pueden refugiar muchos artificios para no dar transparencia al mercado. Esto es lo que ha venido pasando en nuestro país, en la medida que no teníamos exportaciones efectivas que evaluar. Hoy la situación ha cambiado; desde diciembre 2008 Pluspetrol ha empezado nuevamente a efectuar exportaciones principalmente a Chile y Ecuador.

Sin embargo la existencia en el mercado interno de una política de precios libres sujetos a la oferta y demanda (en lo teórico), como ordena la Ley General de Hidrocarburos y la intervención estatal en la fijación de los mismos a través del Fondo de Estabilización de Precios no ha logrado que los peruanos podamos gozar legítimamente aún más de esta posición de superávit de producción.

Así, como se puede observar en la siguiente Tabla([1]), Pluspetrol ha efectuado exportaciones a un precio FOB Pisco promedio de 330 USD/TM en el primer cuatrimestre del año. Esta es ya efectivamente la verdadera paridad de exportación, la que proviene de las respectivas pólizas. La desventaja se da sin embargo en que sus precios promedio en el mercado interno han sido 97 USD/TM ó 26.8% más caros en el primer cuatrimestre. Es decir que las plantas envasadoras de GLP compran en el Callao a precios superiores a los que obtiene el productor por sus exportaciones en Pisco. Como puede fácilmente comprenderse, urge aquí una revisión de la política de fijación de precios del GLP en el mercado interno por parte de las productoras, que nos acerque un poco más a la realidad económica vigente en los precios internos del GLP en otros países de condición exportadora.


([1]) Fuente: Informe Estadístico Mensual – DGH/MINEM

martes, 4 de agosto de 2009

¡Qué tales jamones! ó Cómo ganar indulgencias con ave marías ajenas

Mi recordada madrecita señalaba que no era bueno ganarse indulgencias con ave marías ajenas, para indicar que los méritos propios deberían de ser los que sustentaran el perdón de nuestros pecados o malas acciones.

Nada más adecuado para referirnos a la errada política comunicacional seguida por el mayor productor de GLP en el Perú, Pluspetrol, para anunciar periódicamente con bombos y platillos ante los medios de prensa, que baja los precios del GLP que factura a las empresas envasadoras y que las envasadoras deberán, en consecuencia, bajar igualmente sus precios en los montos que ellos arbitrariamente calculan, jugando así con las expectativas del ama de casa.

Estas anunciadas bajas de precios no son producto del esfuerzo de la empresa, sino del sacrificio económico de todos los peruanos que a través del Fondo de Estabilización de Precios la compensan para que siga incrementando sus listas pero sin que se lleguen a trasladar finalmente al público consumidor, es decir pasándole la factura al Estado. Si; esa cuestionada manera que tiene el Gobierno peruano de intervenir en el mercado controlando los precios en el mercado interno y que ha sido prorrogada hasta el 31-12-09.

Ya antes habíamos señalado esta mala costumbre y de cómo el Ministerio de Energía y Minas la venía siguiendo en eco con Pluspetrol para anunciar supuestas disminuciones de precio en un mercado de precio libre y que inmediatamente eran eliminadas o disminuidas sustantivamente por la propia Pluspetrol.

Afortunadamente, el Ministerio de Energía y Minas no acompaña ya estos anuncios de la gasera, aunque si lo hace la agencia oficial de noticias Andina con inocultable entusiasmo y con réplica en diferentes medios. Además, haciendo un seguimiento a esta situación informa en su nota del 30/07/09, bajo el titular “Comercializadores de gas no reducen precio de balón doméstico pese a anuncio de rebaja de Pluspetrol” que “A pesar de haber transcurrido una semana del anuncio de Pluspetrol de rebajar el precio del balón de gas doméstico de 10 kilogramos en S/ 0.60, solo un minorista de San Juan de Miraflores efectuó la reducción mientras que las restantes mil 983 comercializadoras no lo hicieron. El jueves 23 de julio de 2009, la empresa Pluspetrol anunció la rebaja de precio del balón doméstico de 10 kilogramos en S/.0.60 y los comercializadores aún no reducen el valor de venta del producto perjudicando a los consumidores limeños.”

Lo que escapa a la Agencia Andina y que debería ser tomado muy en cuenta por la opinión pública es que en adición a este aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno, Pluspetrol, como ya lo ha hecho en anteriores oportunidades, una vez anunciada a los medios la baja de precios producto del esfuerzo del Estado, incrementó su precio de lista en el Callao en 20.00 USD/TM, equivalente a 0.71 Nuevos Soles por balón de 10 Kgs. Así, mientras el 20/07/09 vendía a 17.69, a partir del 31/07/09 lo vende a 17.89 Nuevos Soles. Y mientras tanto los consumidores, con justicia ante la desinformación de Pluspetrol, reclaman por que se les baje el precio en 0.60 Nuevos Soles.

¡Qué tales jamones!

sábado, 18 de julio de 2009

¡Gracias Alan!

Tenía abandonado mi blog. Han pasado ya noventa días desde mi último post. Guardaba el secreto deseo que dejándolo huérfano, las cosas en mi querido país pudieran cambiar y era terco en este afán.

Por supuesto que se presentaban ocasiones para dejar mi opinión voluntaria en estas páginas, pero me decía, todo no puede ser tan malo; algo cambiará; démosle tiempo al tiempo; déjalo al Ing. Rómulo Sánchez de Calidda con sus artilugios para convencernos de las bondades del Gas Metano; que no te moleste la desatinada publicidad estatal de Petroperú S.A, su core Business publicitario y su “responsabilidad sólo hasta la puerta de la Planta” cuando las papas queman en un eslabón de la PetroRed; a los intentos gubernamentales de echarse abajo la promoción de combustibles limpios; la lucha solapada contra las energías alternativas; la continuación del Fondo de Estabilización de Precios a pesar de su demostrada inutilidad e inequidad, etc.

Sin embargo, estos últimos días se presentó un tema que particularmente me preocupa y es el referido a la publicidad estatal, esta vez vía el spot de televisión que tiene como título “3 años invirtiendo en el Perú” (¿y dónde sino?), y su “lluvia de millones”, con certificaciones teatrales y no testimoniales, sin identificación del anunciante que, lo más grave, se convierte en una alegoría a nuestro Primer Mandatario. Si alguien en el selecto equipo de asesores presidenciales quería hacerle un daño a su alicaída imagen mediática, pues con esto realmente la acertó; sino, vean la mofa a su figura en las parodias de Carlos Alvarez “Gracias Alan”, donde aparece lo más truculento de nuestra política incluido Don Bieto certificando lo bueno de las acciones de Alan. Y es que la ocasión la pintan calva y el spot se presta para que nuestros personajes den gracias a Alan.

Al respecto, cabe señalar por si lo hemos olvidado que la Ley Nº28874, publicada el 15-08-06 ordenando su cumplimiento por el mismo Dr. Alan García Pérez dice en su Art. 5º que “Ningún funcionario de la entidad o dependencia que realice determinada campaña publicitaria podrá aparecer en las inserciones que se paguen en medios impresos, spots televisivos y radiofónicos que se difundan”. Por esta razón hace poco se denunció públicamente al Presidente del FONAFE quien posteriormente renunció al cargo por publicar su fotografía en almanaques.

La sensación que nos queda a todos después del spot que comentamos y su remate con la figura de Alan en baño de popularidad es que el Gobierno realmente no acierta una, sino recordemos la desgracia nacional del spot sobre los muertos de Bagua. Sin embargo esta vez, la publicidad atribuye a Alan, cual candidato presidencial, las millonarias transformaciones de nuestro país. Yo me refiero sólo a una. Se le atribuye el hecho que 1 millón de peruanos gocen de electrificación en zonas rurales (“por primera vez”). La Web de la Presidencia de la república que son 30 los centros poblados beneficiados con obras ejecutadas por el MEM. Esto me parece injusto al omitir que por Ley Nº28749 “Ley General de Electrificación Rural” aprobada el 30/05/06 se estableció el aporte obligatorio de los usuarios eléctricos de un 2/00 (dos por mil), de la UIT, aporte equivalente a 7.10 Nuevos Soles, por cada Megavatio/Hora facturado. Así, por ejemplo, este mes yo contribuyo con 2.50 Nuevos Soles más IGV para la electrificación rural y así cada hogar peruano. ¿Gracias a Alan?

Es necesario igualmente señalar que el Art. 8º de la antes citada Ley señala que “Los funcionarios del Gobierno nacional, regional o local, que incumplan o contravengan las obligaciones y deberes contenidos en la presente Ley, serán pasibles de las acciones y sanciones que recomienden los Organos del Sistema Nacional de Control”.

¿Se atreverá nuestro flamante Contralor General de la República a intervenir en este caso flagrante de violación legal? Esperemos que si.

domingo, 19 de abril de 2009

Baja del precio del GLP: ¿A qué juega el MINEM?

Inicialmente pensé que la agencia oficial de noticias Andina el 14-04-09 había tomado mal las declaraciones de algún funcionario del Ministerio de Energía y Minas (MINEM).

“Desde hoy balón de GLP baja en más de S/.1.00” decía el titular noticioso de un forzado impacto en los diferentes medios. Nuevamente la equivocada fanfarria oficial sobre que el Gobierno está preocupado por el bolsillo del consumidor y que está es una buena noticia para su bolsillo; una de esas que contribuya a aliviar la tensión que se está dando sobre la gestión del MINEM en medio de tarifazos y falta de reservas de generación eléctrica. Nuevamente la invocación oficial a los consumidores para que exijan que se apliquen las bajas de precios que ellos señalan deberían darse.

El tema ya ha sido abusiva e ingenuamente aprovechado en oportunidades anteriores y al parecer no hay ningún escarmiento entre los funcionarios del MINEM. Se les ha recordado hasta el cansancio, que los precios del GLP son libres y que se rigen por las leyes de la oferta y la demanda. Quizá no les guste y prefieran interiormente la regulación o el control de precios de los hidrocarburos, pero así es la Ley, en este caso la Ley General de Hidrocarburos que a la letra en su Art. 77º dice “Las actividades y los precios relacionados con petróleo crudo y los productos derivados, se rigen por la oferta y demanda” y además y por encima de todo, la Constitución que señala claramente que en nuestro país la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado.

La economía que consagra nuestra Constitución busca el equilibrio entre el crecimiento económico, con baja inflación, bajo nivel de desempleo, buenas condiciones laborales, bienestar y servicios públicos pero todo ello por medio de una economía social de mercado y políticas de Estado que mantengan esa competitividad. Intervenir como hace el MINEM señalando que desde cierta fecha (esta última vez desde el 14 de abril), el balón de GLP bajaría de precio.

¿Cómo lo hace si no tiene ninguna responsabilidad en el precio final del balón al consumidor y menos para fijar la fecha?

Lamentablemente, la información no ha sido inventada o malinterpretada por Andina sino que está publicada en una Nota de Prensa del MINEM que además comete, creo que intencionalmente, los siguientes errores:
  1. Dice el titular de la Nota de Prensa con inocultable mala fe que “DESDE HOY BALÓN DE GLP BAJA EN MÁS DE S/. 1.00”. Como todos sabemos, el MINEM no tiene ninguna autoridad para señalar lo que puede suceder al final de la cadena comercial con un combustible de precio libre. Menos aún para indicar que dicho efecto se da desde el mismo momento en que emiten su Nota de Prensa. Si así se manejaran las cosas, prescindiendo de la realidad económica, de las características comerciales del mercado, de la Constitución y la ley, y sólo con Notas de Prensa, que fácil sería administrar el país.
  2. La Nota de Prensa agrega “reduciéndose el nivel de aportación en 0,03 soles por kilogramo”. Falso de toda falsedad. En lugar de reducir el factor de aporte al Fondo de Estabilización de Precios lo ha incrementado en 0.02 Nuevos Soles por Kilogramo, pasando de 0.07 a 0.09. Si a este incremento se le descuenta la eliminación del factor de importación de GLP de 0.06 Nuevos Soles por Kg, veremos que el efecto combinado de aporte más importación es de una reducción de 0.04 Nuevos Soles/Kg. Eran 13 céntimos y ahora son nueve ¿Dónde están los 3 céntimos que señalan?
  3. La Nota del MINEM añade “Asimismo, los balones de gas por 45 kilos y el GLP automotriz también bajan sus precios en forma proporcional”. Una declaración desafortunada en la medida que pretende intervenir en los precios al consumidor de distintas modalidades de venta sin ninguna atribución ni fundamento.
  4. Finalmente y pidiendo la difusión de su Nota de Prensa a todos los medios, el MINEM sentencia que “La disminución en un nuevo sol del balón de gas doméstico resulta beneficiosa para las amas de casa, industrias, restaurantes y parque automotriz”.

Recién al día siguiente de la difusión de la Nota de Prensa oficial, PETROPERU (empresa pública del estado peruano), bajó sus precios pero no en un Nuevo Sol, sino en 0.357 Nuevos Soles (incluido 19% de IGV), por 10 Kgs. Total, PETROPERU es libre de ajustarlos en la medida que desee, hacia arriba o hacia abajo o mantenerlos y no le interesa para nada lo que el MINEM haya podido anunciarle a todo el Perú en su Nota de Prensa. Y creo que está bien pues entiendo que tienen sus propias razones para hacerlo así. Las consecuencias negativas en Lima serán comerciales probablemente en la medida que ahora vende más caro que su competidor Pluspetrol pero, en un mercado de carencias en su zona de influencia (nor oriente), no es de mayor preocupación volumétrica.


¡Allá los consumidores que reclamen a las envasadoras por qué no les bajan un Nuevo Sol!

¿No es esta política comunicacional del MINEM una publicidad engañosa del Gobierno, sancionable por el INDECOPI?

sábado, 18 de abril de 2009

Sólo 70 céntimos subirá la energía eléctrica

Los principales diarios de Lima recogen la siguiente nota de la agencia oficial de noticias Andina (16-04-09), “Las tarifas eléctricas para el usuario residencial subirán 0.70 nuevos soles en promedio con el último reajuste aprobado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), indicó hoy el viceministro de Energía”. Inmediatamente mi cerebro de Economista hace el cálculo que mi recibo de consumo de energía, que gentil y oportunamente me alcanza cada mes Luz del Sur, se incrementará en tan pequeña cantidad que, ¡vamos!, porque tanto brinco cuando apenas me significa un 0.47% de incremento y además estoy contribuyendo socialmente con el FOSE (Ley Nº27510), y la electrificación rural (Ley Nº28749).

¡No les creo a los que dicen que es un “tarifazo eléctrico”!
¡Sarta de exagerados opositores de todo lo bueno que hace el Gobierno!


La trampita noticiosa es que añade el Vice Ministro, según la propia fuente, que “Para un usuario residencial que consume por ejemplo 30 kilowatios hora que normalmente pague 15 soles por el suministro eléctrico, el reajuste tarifario podría significar un aumento de aproximadamente 0.70 soles”.

Así, según nuestro Vice Ministro de Energía, ésta no es un alza importante y contesta mediáticamente que no se trata de eso sino de un “sinceramiento” de precios. Otra vez en escena el juego de palabras que tratan de cubrir con un manto de pudor la realidad de los números. ¡Es que los peruanos somos unos caídos del palto!

¿Sabe usted a qué porcentaje de hogares peruanos consumidores de menos de 30 KW/h se refiere la información oficial?

Pues apenas al 2.8% de hogares nacionales[1]. En el caso de Luz del Sur, este porcentaje es de 0.4% y que bueno que así sea pues un consumo menor a 30 KW/h es un mal ejemplo para ser citado pues apenas si cubre el uso durante 2.5 horas diarias de una PC o 10 horas diarias de una radio, tan necesarias para la educación y cultura de nuestros hogares más necesitados. Además, claro que 0.70 Nuevos Soles puede no ser nada para quien como yo consume más de 300 KW/h pero precisamente, para el que consume menos de 30 KW/h es un 4.7% de aumento y no nos jueguen con cifras para decir que eso no es un tarifazo. Claro, todo depende del cristal con que se mire y nos quieren hacer ver con el vidrio más rosa y distorsionado.

¿Por qué no referirse al 26.2% de los hogares que es el segmento característico y que consume hasta 300 KW/h?

Pero, vayamos más allá; se menciona a los consumidores de menos de 30 KW/h porque a ellos corresponde la “Tarifa Eléctrica Social” que recibe ayuda mediante un subsidio cruzado que pagamos, principalmente, los hogares que consumimos más de 100 KW/H. Así, el 81.4% de hogares con consumos mayores a 100 KW/H subsidiamos al 18.6% que consume menos de 100 KW/h. Esto se dio a través de la Ley Nº27510 que creó en agosto del 2001 el Fondo Social de Compensación Eléctrica (FOSE), que es un esquema de subsidios cruzados que busca beneficiar a los hogares menos favorecidos.

Sin embargo, hasta estos hogares menos favorecidos han sido afectados. La tarifa eléctrica social para un consumo de 30 KW/h se ha incrementado en 10.7% entre julio 2006 y marzo 2009, pasando de 10.72 a 11.87 Nuevos Soles [2]. O sea que eso que los más pobres no han sentido los efectos del alza de precios de la energía hay que tomarlo con pinzas. Ojo que 9.5% ha sido el incremento en los últimos doce meses por lo que no resulta justo decirles que no se preocupen, que sólo serán 70 céntimos de sinceramiento tarifario.
¡No hay derecho!



[1] “Venta de Energía a Clientes Finales por Opción Tarifaria al Tercer Trimestre 2008” - OSINERGMIN
[2] Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)

viernes, 17 de abril de 2009

Producción peruana creció 3.8% en febrero

Me dejan serias dudas las declaraciones del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), reproducidas en la página Web del Instituto (http://www.inei.gob.pe/), que indica que “Al referirse a la actividad productiva, reveló que en el mes de febrero de 2009, alcanzó un crecimiento de 0,19%, respecto a igual mes del año anterior” (sic).

A partir de esta declaración y su reproducción en todos los medios se han levantado una serie de comentarios críticos al desenvolvimiento de nuestra Economía.

No faltan quienes alertan que ya se inició el “frenazo”. Otro que “la crisis ya llegó[1]. El Ministro de Economía y Finanzas señala que “el mes de febrero es un mes atípico, es parte de un bache”. Por su parte el Congresista Presidente de la Comisión Evaluadora del Plan Anticrisis del Congreso de la República, Sr. Martín Pérez, solicitó al titular del Legislativo se invite al ministro Luis Carranza y al premier Yehude Simon para que expliquen la caída en el crecimiento de la economía en el país señalando que “es preocupante la desaceleración económica que se registra, la cual pasó de un 12% en el año 2008 a una baja a casi cero por ciento[2]. “Para el economista Félix Jiménez, docente de la Universidad Católica, las recientes cifras demuestran que nuestra economía no se encontraba “blindada” ante la crisis externa, tal como lo repetía hasta la saciedad el presidente García a inicios del 2008” [3]

Otra explicación más complicada y que omitiría la evaluación mensual bien hecha es la que da nuestro presidente Dr. Alan García quien señala que lo importante “es el promedio que se obtenga en el transcurso del presente año sobre el desempeño económico del país[3]

La duda surge pues la nota oficial señala que está comparando iguales meses del 2009 y 2008 y al parecer no se tiene en cuenta que el año pasado tuvimos un año bisiesto con 29 días de actividad y el presente sólo 28 días. Si el PBI recoge la información de la producción total de cada mes, uno refleja lo producido en 29 días y otro la producción acumulada de 28 días y lógicamente el índice del 2009 es menor. Lo correcto en este caso es hacer la observación correspondiente y más bien trabajar como debe ser en promedios por día calendario. Así, pasaríamos de un crecimiento en febrero oficialmente estimado en 0.10 a otro muy distinto de 3.8%.

Lo inverso sucedió en febrero del 2008 (con 29 días de actividad productiva), cuando todos saltamos de alegría al tener un crecimiento del PBI de 12.98%, el mayor de los últimos 14 años, cuando en realidad debió ser de 9.1% si es que se confirma nuestra duda sobre la forma de presentación y comentario de los indicadores.

Aspectos como éste, deben ser aclarados por el Jefe del INEI en forma urgente.


[1] Comentario de Jorge González Izquierdo en el Diario Gestión del 17-04-09 Pág. 2
[2] Diario Gestión 17-04-09 Pág.2
[3] Diario la República 17-04-09 Pág.12

viernes, 10 de abril de 2009

Legislación Peruana sobre la Profesión del Economista

Este 8 de abril de 2009, "Día del Economista Peruano", el Colegio de Economistas de Lima ha tenido la iniciativa de publicar mi trabajo de investigación "Legislación Peruana sobre la profesión del Economista", un estudio que consideré necesario desarrollar en la medida que mucho de la revalorización de la profesión de Economista tiene que ver con el desconocimiento de la legislación actualizada y concordada que garantiza un ejercicio legal de la profesión en el Perú.

La carátula del trabajo cita a nuestro precursor Luis Felipe de las Casas Grieve en su libro "La Historia del Economista en el Perú" (Banco Central de Reserva del Perú - 1988), quien ya señalaba:

“Hasta hace pocos años los economistas éramos profesionalmente desconocidos. Entre los pocos titulados que se graduaron sin complejos de inferioridad, pero con reservas, fuimos tomados a menos tanto en la mayoría de los países de América latina como particularmente en el Perú. Especialmente por el Estado, los gobernantes y las empresas; en relación y contraste con los profesionales de las llamadas carreras tradicionales”
Reproduzco aquí lo que señalo en la Introducción del trabajo:

Introducción
Considero que uno de los aspectos más difíciles para la defensa de la profesión del Economista en el Perú es el escaso conocimiento que tenemos de la legislación que ampara el ejercicio profesional. Es posible que algunos colegas hayamos jurado en el momento de nuestra colegiatura cumplir y hacer cumplir nuestras leyes y Estatuto sin conocerlos y sin haber tenido posteriormente la preocupación de acceder a ellos para su revisión y análisis.

Por eso, porque no conocemos la herencia legal de nuestros antecesores, es que circulan muchas veces versiones antojadizas, principalmente de colegas no titulados ni colegiados y que dificultan la revalorización del Economista y el respeto por lo que recibimos en las aulas universitarias y que debió concretarse necesariamente, como un tributo a nuestros padres o mentores, en una titulación y colegiación como pasos insustituibles de la carrera profesional. No podemos pues hacer cumplir aquello que no conocemos.

El desconocimiento ha sido además aprovechado por posiciones mercantilistas que han privilegiado la promoción de estudios de Post Grado como la Maestría y el Doctorado, pero tratando de quitar validez a la titulación “A Nombre de la Nación”. Los estudios de post grado no reemplazan al Título Profesional siendo que son dos caminos distintos, dirigido a la investigación y docencia los primeros y al ejercicio profesional el segundo. Nada impide que quienes optaron por la vía de los Grados Académicos puedan también obtener sus respectivos títulos profesionales para cumplir con la Ley.

Nuestra ley primigenia, la Nº15488 promulgada en el Gobierno del Presidente Fernando Belaúnde Terry (q.e.p.d.), el 8 de abril de 1965 es la que conocemos como “Ley del Economista” pues fue la que dio forma legal a nuestra profesión. Aprobó que el ejercicio profesional (con efecto público y privado), quedaba reservado a las personas que tuvieran título profesional aunque sin dejar de reconocer la temporalidad de quienes habían sido graduados de Doctores en Ciencias Económicas, Ciencias Políticas y Administrativas, en Ciencias Políticas y Económicas, y en Ciencias Políticas y Comerciales de las universidades peruanas regidas en ese entonces por la Ley Universitaria Nº13417. Como vemos, ya desde el año 1965, la Ley del Economista indicaba que no podía darse ejercicio profesional (con esos mismos términos), sin titulación ni colegiatura.
Señaló también cuales eran las atribuciones del ejercicio de la profesión de Economista. Indicó que para desempeñar cargos docentes en las materias de la profesión debía contarse con título profesional, tarea que en la actualidad es ejercida principalmente por no titulados ni colegiados a pesar que la obligación legal persiste. Igual establecieron en la Ley del Economista que las sociedades mercantiles, civiles y cooperativas que contaran con un capital mayor a S/.20´000,000 (aprox. 2.2 millones de Dólares de hoy), deberían contratar los servicios de un Economista por lo menos.

Los pioneros de nuestra profesión previeron que el Estado al contratar Economistas para sus labores exigiera que fueran titulados y colegiados y así lo plasmaron en la Ley. Señalaron igualmente que al elaborarse el Presupuesto de la República se señalara específicamente los cargos que deberían ser servidos por Economistas. Así mismo establecieron sanciones monetarias y penales para los infractores y sus encubridores condenando a quienes sin tener título profesional se anunciaran como Economistas. Y esta no era una posición sindicalista sino más bien una visión prospectiva de lo que hoy tenemos en nuestro país, principalmente en la administración del Estado, en que se carece de Economistas titulados y colegiados con los que seguramente tendríamos un desarrollo con crecimiento así como una mayor inversión social muy propias de nuestro trajín profesional y tan necesitadas por la sociedad peruana.

Igualmente, desde hacen ya 44 años, nuestros primeros Economistas señalaron la obligatoriedad de la colegiación y dispusieron que en lo sucesivo los Economistas deberían colegiarse dentro de los treinta días de recibido el título universitario o revalidación. Pero no sólo eso, sino que establecieron las atribuciones del Colegio Profesional, preocupados sobre todo por la fiel observancia de las normas éticas de la profesión. Todas estas disposiciones legales primigenias aquí resumidas se mantienen aún vigentes.

Nuestra Ley original fue modificada 21 años después por la Nº24531 aprobada el 13 de junio de 1986 por el Presidente Alan García Pérez que actualizó la Ley ratificando la necesaria titulación para el ejercicio legal de la profesión y la colegiatura obligatoria. Señalo además que los Colegios representativos de la profesión de Economista eran uno a nivel nacional y tantos como departamentos (hoy Regiones), tenía la República.

Debemos señalar sin embargo como una nota lamentablemente negra que, el llamado Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional del Presidente Alberto Fujimori Fujimori, hizo tabla rasa de algunos artículos de nuestras Leyes valiéndose de dictatoriales Decretos Leyes como el Nº25988 dado 07-12-92 y el 26092 del 26-12-92.

Así, el Gobierno del Presidente Alberto Fujimori determinó que el Colegio de Economistas se autofinanciara eliminando las rentas garantizadas de nuestro joven Colegio (en ese entonces con apenas 27 años de establecido), eliminando la obligatoriedad de contratar Economistas, eliminando igualmente los ingresos derivados de la Boleta del Economista y los otros gravámenes que constituían ingresos del Colegio.

En mérito a la verdad, las obligaciones de titularse y colegiarse para ejercer legalmente la profesión de Economista no fueron eliminadas ni modificadas. Es bueno tener esto presente, pues hay quienes sostienen sin mayor fundamento que Fujimori igualmente acabó con los Colegios Profesionales, lo cual no es cierto.

El presente documento, intenta cubrir el vacío inicialmente señalado de conocimiento y divulgación de la legislación que ampara y promueve la profesión de Economista incorporando tanto la legislación concordada como la legislación original y otras relacionadas. Anteriormente habíamos trabajado sobre algunas transcripciones que presentaban errores. Hoy la tecnología nos ha permitido reproducir los documentos originales sin necesidad de retipearlos, los mismos que figuran como anexos. Así, conociendo nuestras leyes podremos apoyar el compromiso de revalorar la profesión de Economista.

Mi agradecimiento a nuestro Decano, Dr. Pacífico Huamán Soto y a todos y cada uno de los colegas miembros del Consejo Directivo del Colegio de Economistas de Lima por su aliento permanente para concretar este honroso trabajo

Econ. César Augusto Bedón Rocha
Reg. CEL Nº02939
Director de Economía - Colegio de Economistas de Lima
Vice Decano Centro – Colegio de Economistas del Perú

sábado, 4 de abril de 2009

¿Un Banco Central sin Economistas?

El pasado viernes 03-04-09, la Comisión Permanente del Congreso de la República desestimó la propuesta del Poder Ejecutivo para nombrar a un colega Economista titulado y colegiado en el cargo de Contralor General de la República. La causa principal de esta determinación es que el candidato no tiene los diez años mínimos de ejercicio profesional que exige el inciso e del Art. 28º de la Ley Nº27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”.

En el camino y por un absurdo debate político que apela a lo indefendible se han dado expresiones sin sentido acerca de cuando se inicia el ejercicio profesional, tratando de confundir (informes legales de por medio), ejercicio profesional con práctica y/o experiencia. La Comisión Permanente, dictaminó y aprobó por mayoría que el ejercicio profesional se da a partir de la emisión del título profesional correspondiente. Para mi particular interpretación han omitido nuestros padres de la patria que, en el caso de los Economistas, el ejercicio profesional sólo es legal cuando el Economista se inscribe en su respectivo Colegio Profesional. La legislación así lo señala. Y es clarísima, sancionando con multas y pena privativa de libertad al que ejerce ilegalmente la profesión. Así pues puede haber ejercicio profesional sin colegiatura, pero éste es ilegal.

Sin embargo, el tema trae a colación la situación en que se encuentran cientos y hasta miles de funcionarios públicos que ejercen la profesión sin título profesional emitido regularmente por una universidad o revalidado. Y esto a vista y paciencia de todo el aparato de control. Peor aún, como señalaremos más adelante, promoviendo la omisión de titulación de sus funcionarios. Y es que nuestra burocracia ha confundido lo que es un grado académico (Bachillerato, Maestría y Doctorado), con lo que es un título profesional por el que La Nación otorga facultades para el ejercicio de una profesión. No es Economista quien es sólo Bachiller en Economía.

Tampoco es Economista quien teniendo Bachillerato sigue un Post Grado y adquiere una Maestría o un Doctorado. Tanto la Maestría como el Doctorado no convierten en Economista a un Bachiller y son grados académicos que conducen o facilitan la docencia e investigación pero no el ejercicio profesional.

Tomemos el caso tan importante para nuestro país de una institución tutelar de la Economía como el Banco Central de Reserva (BCRP).

La Constitución en su Art. 84º señala que su finalidad principal es “preservar la estabilidad monetaria”. De la misma manera su Ley Orgánica en el Art. 2º incorpora esta finalidad principal detallando las funciones de “regular la cantidad de dinero, administrar las reservas internacionales, emitir billetes y monedas e informar sobre las finanzas nacionales”. En adición, el Art. 83º ordena que la emisión de billetes y monedas en el Perú sea facultad exclusiva del Estado y que se ejerza por intermedio del BCRP. A nadie en su sano juicio se le podría ocurrir que estas funciones, para lograr la finalidad principal de preservar la estabilidad monetaria, podrían estar a cargo de profesionales sin título y en el caso particular de los Economistas sin título, ni colegiatura ni habilitación incumpliendo las Leyes 15488 y su modificatoria la 24531 ni su Reglamento, el D.S. Nº041-87-EF que señala en su Art. 5º “Son atribuciones del ejercicio profesional de Economista realizar, evaluar y autorizar investigaciones económicas, informes de valores agregados que se presenten a los organismos públicos a requerimiento de la respectiva entidad, estudios y pronósticos financieros, evaluación socio-económica, estudio de mercados, dictámenes y peritajes económicos-financieros, estadísticos y estudios actuariales, estudios de proyectos de inversión o reinversión de capital, modelos matemáticos, económicos y econométricos, proyectos presupuestales, programas y planes referidos al sistema de planificación, estudios vinculados al mercado de capitales nacionales e internacionales”.
Pero, además de las obligaciones legales existe una tan o más importante aún que trasciende este campo y que es la garantía que los profesionales Economistas pueden dar al país que su comportamiento sigue los códigos deontológicos de su profesión.

Con esta preocupación es que acudí a la página Web del BCRP (una vez más ¡Bendita Ley de Transparencia!), ubicando su “Clasificador de Cargos Puestos y Requisitos al 31-07-2008” y les resumo a continuación cuales son los requisitos que se ha aprobado el BCRP (“organismo constitucionalmente autónomo”), encargado de preservar la estabilidad monetaria del país, para con los ciudadanos que lleguen a ocupar un cargo en tan importante institución:
  • Presidente del Directorio: Ninguno
  • Secretario General: Bachiller en Economía; Deseable Maestría
  • Gerente General: Ninguno. La ley Orgánica del BCRP dice en su Art. 36º “Debe poseer competencia en economía y finanzas”
  • Gerente Central; Maestría en Economía, Administración o “afines”
  • Gerente: Maestría en Economía, Derecho, Administración o “afines”. Aquí se incorpora felizmente como requisito que su Auditor sea Contador Público Colegiado al igual que su Abogado. En el caso del Gerente de Tecnología de Información hace la excepción que sea sólo Bachiller en Ingeniería de Sistemas.
  • Sub Gerente: Bachiller en Economía, Contabilidad, Administración o “afines”; deseable Maestría
  • Jefe de Sucursal: Bachiller en Economía o Administración; Deseable Maestría
  • Asesor: Bachiller en Economía, Administración, Derecho, Contabilidad, Ingeniería Industrial o “afines”; deseable Maestría
  • Jefe de Departamento: Bachiller en Economía; deseable Maestría.
  • Especialistas en Investigación Económica: Doctorado o candidato a Doctor en Economía.
  • Especialista Senior: Maestría
  • Especialista: Bachiller
Este Clasificador de Cargos y sus Requisitos nos suena a exigencias de calificaciones “hechas a la medida”. Sino ¿a que viene el requisito de Maestrías indeterminadas o “afines”? ¿Por qué este desprecio a la Ley del Economista? ¿Por qué omitir la exigencia legal de título a nombre de la Nación y colegiatura en el caso de los Economistas? Por favor; tengamos en cuenta que el Bachillerato en nuestro país de acuerdo con el Art. 22º de la Ley Universitaria Nº 23733 se obtiene de forma “automática”, cumplidos los estudios satisfactoriamente. No existe ya en el Perú la antigua obligación de elaborar Tesis para ser Bachiller. En estas condiciones, un Bachiller podría llegar a ser Presidente del Directorio o Gerente General del BCRP.
La Ley 15488 (Ley del Economista), señala claramente en su Art. 4º que para desempeñar cargos relativos a la profesión de Economista al servicio del Estado, incluso en el servicio exterior, y de instituciones paraestatales, se requiere tener título profesional y colegiatura.

El personal del BCRP está comprendido en el régimen laboral establecido para la actividad privada y sus remuneraciones se rigen por su propia Ley Orgánica y han logrado merecidos reconocimientos a la importancia de su labor a través de sus remuneraciones y política de previsión y bienestar social. No se trata aquí de desconocer los innumerables méritos de muchos Economistas al servicio del BCRP que han hecho estudios de Post Grado pero es necesario que se respeten las Leyes y se garantice a la población peruana que quienes, como en este caso, tienen tan altas responsabilidades sobre la economía nacional obtengan su título A Nombre de la Nación y su correspondiente colegiatura. Pero, claro, si sus superiores jerárquicos no lo promueven van a continuar en la ilegalidad del ejercicio profesional manteniendo una cultura del desacato que debemos erradicar.

El Artículo 7º de la Ley 15488 modificado por el Art. 4º de la Ley 24531 indica que el que sin tener título o credenciales (colegiatura y habilitación), “ejerciera la profesión de economista o se anunciara públicamente como tal, así como el economista que amparase con su nombre o encubriera el ejercicio de actividades propias del economista a personas que carezcan de título o credencial será penado con multa no menor de 10 sueldos mínimos vitales anuales que cobrará el Colegio de Economistas de cada jurisdicción, además de la acción penal que le iniciará el Colegio de Economistas del Perú”. Observemos que la Ley sanciona tanto al infractor como al que ampara el ejercicio ilegal de la profesión.
Y sobre la acción penal el Art. 363º del Código Penal es mucho más claro al indicar que “El que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales requeridos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años” Agrega este mismo Art. del Código Penal que “La pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años, si el ejercicio de la profesión se da en el ámbito de la función pública o prestando servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual”.
A los pocos, escasísimos Economistas colegiados y habilitados que laboran en el BCRP, como a muchos otros distinguidos colegas que lo hacen en otras instituciones estatales en las que igualmente desde los propios Ministros, algunos de ellos Economistas, se viola la Ley del Economista nuestro saludo este 8 de Abril, Día del Economista Peruano, en que esperamos se impongan en nuestro país el imperio de la Constitución y las Leyes.

martes, 24 de marzo de 2009

¡ A Sol la Borra !

Desde hace cuatro meses la empresa pública concesionaria de los servicios de electricidad Electro Ucayali S.A. (EUSA), ha venido colocando avisos pagados en los diarios de circulación nacional El Peruano y el Comercio, así como en los diarios locales Ahora, Impetu y Al Día, en Pucallpa. Estos avisos se han dado ya hasta en tres convocatorias lo que estimo cuesta no menos de 20 mil nuevos soles sólo en avisos.

¿Y que ofrece nuestra querida empresa?

Pues nada más y nada menos que la “venta” de 115,440 galones de borras de hidrocarburos de su propiedad almacenadas en tanques ubicados en la Central Térmica de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali en la condición donde están y como están, con ofertas en sobre cerrado. Indica que estas borras son una mezcla de aceites lubricantes, aceites dieléctricos, agua, aditivos de combustibles R6 y D2, detergentes, arena, etc. Agrega que constituyen residuo industrial peligroso. Y en estas condiciones, señala que esta venta tiene un precio base de 103,896 S/., es decir 0.90 Nuevos Soles por Galón; ah y el postor debe adelantar como garantía para participar en la Licitación Pública, el 10% del precio base.

También señala EUSA que la venta se realiza para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos industriales peligrosos sanitaria y ambientalmente adecuada y sujeta a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y bienestar de la persona humana, desde los tanques de almacenamiento del generador, transporte por vías del territorio nacional hasta su disposición final. Por ello indica que las transacciones sólo pueden ser efectuadas con empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos (EPS-RS) y/o con empresas comercializadoras de residuos sólidos (EC-RS), debidamente constituidas e inscritas en el Ministerio de Salud y con autorización de la DIGESA. Aquí, el caso es que más bien debieron concursar por el transporte y disposición final del residuo peligroso que han generado a un relleno sanitario de seguridad (Lima), y pagar por este servicio bajo el principio que el que contamina paga. Todo lo contrario buscar a una comercializadora de residuos sólidos para venderle la borra es contribuir a un mercado negro de adulteración y contaminación ambiental.

Para eso se han confeccionado bases que tienen 45 páginas y que se venden a 10 Nuevos Soles para participar en la Licitación Pública. Es decir, todo un largo proceso de preparación, impresión y aprobación de bases, venta de las mismas, “visitas” a las borras, contratación de Notario Público, reuniones del personal, avisos en periódicos, asistencia a las sesiones de subasta, etc. etc. Gastos y más gastos completamente innecesarios porque probablemente a alguien se le ocurrió la brillante idea que tenían valor comercial. Y así ha pasado casi un año de gestiones desde que OSINERGMIN hizo la observación, y encima de todo, para proponer que un tercero que se encargaría de trasladar este contaminante hasta su disposición final en un relleno sanitario de seguridad debe pagarle por dar este servicio a Electro Ucayali S.A. y en un plazo máximo de ocho días ¡De locos!

Las ya famosas borras tienen, según el análisis hecho por MAPLE Gas Corporation del Perú SRL, un 33.0% de agua y sedimentos, cuando la norma técnica señala un máximo de 2.0%. El Residual 6 que utiliza Electro Ucayali es adquirido a la misma MAPLE. La información económico financiera que brinda el portal de transparencia de EUSA no detalla si estas borras figuran como inventarios de combustibles o si las tienen contabilizadas por separado y a que precio.

Desconocemos igualmente si EUSA castiga a su proveedor descontándole el contenido de agua fuera de norma si es que es la refinería la causante. Igualmente la negociación con el proveedor debería de incorporar el costo del traslado de las borras a un depósito de seguridad.

Verdad que no entiendo la razón de tanto descuido en la acumulación de borras. Tener más de 100 mil galones de borras en una empresa eléctrica y mantener ocupados dos tanques con éstas es una barbaridad. Los sistemas de tratamiento de residuos existen desde siempre y cada vez son mejores. Hoy se operan sistemas con recuperación del 99% de borras hasta 500 Kg./Hora y por otro lado estoy seguro que el proveedor de EUA bien podría asesorarlos en resolver este tema, a no ser que existan otras razones para vender ¡a Sol la borra!

sábado, 14 de marzo de 2009

GNV en Puno y también GN para las cocinas mejoradas

Hace algunas semanas un querido amigo me preguntó si podría apoyarlo a concursar ante el OSINERGMIN para el dictado del así llamado “Seminario de Desarrollo de Gas Natural en el Perú”, el mismo que se desarrollaría en diez sedes nacionales entre diciembre de 2008 y marzo de 2009, repitiendo la experiencia del primer semestre del año 2008.

Por supuesto que la idea de contribuir a desarrollar la cultura del gas es un tema que me apasiona pero, vamos, en primer lugar, considero que GLP y el Gas Natural (GN) no son competidores sino complementarios y me preocupa que la promoción estatal apunte con inocultables anteojeras hacia uno sólo de estos productos (el GN), muchas veces sin siquiera meditar en lo perjudicial que resulta para el país buscar la dependencia de uno sólo de ellos cuando incluso ya exportamos GLP desde diciembre 2008.

¡Que bueno sería si estos seminarios promovieran la sustitución de combustibles sucios por Gas y no sólo por GN!

Y en segundo lugar y mucho más importante, díganme por favor, que hacemos promoviendo en Puno el consumo de Gas Natural. Eso suena a burla con nuestros hermanos Aymaras y a una tremenda inequidad social.

No me opongo a que se atienda una necesidad de impartir conocimiento, en la sociedad del conocimiento, pero ¿Qué le ofrece la publicidad del Gobierno y sus conferencias a los hermanos puneños para compensar el que con toda certeza no puedan gozar de las innegables ventajas del GN canalizado hasta sus hogares o empresas o del GNV para sus vehículos, ubicada como está a 3,827 m.s.n.m., con una pobreza total de 67.2% y una desnutrición crónica infantil de 36.9%? Por supuesto que por razones éticas me abstuve de postular.

¿Entonces quiere decir que a los pobres no se les debe hablar del GN?

Veamos, el OSINERGMIN señala que la finalidad de estos seminarios es “desarrollar la cultura del gas natural en el Perú”, que como he señalado en diversas ocasiones es un craso error del Gobierno. No se justifica una cultura del GN sino como es lógico una cultura del Gas. Peor aún el programa a desarrollar también en Puno (completamente sesgado), por distinguidos ingenieros conferencistas ha incluido presentaciones sobre el acceso al GN, las instalaciones internas de GN para consumidores menores y las instalaciones internas de GN para consumidores mayores.

El 47.0% de los hogares de Puno utiliza bosta/estiércol para cocinar y recordemos que sólo el 7.0% de los hogares urbanos y 20.3% de los hogares rurales en el Perú tienen chimeneas cuando cocinan con bosta/estiércol. Puno es la región peruana donde más se consume bosta/estiércol para cocinar ante la ausencia de leña/carbón y los elevadísimos precios del Kerosene. El 60.4% del consumo nacional de bosta/estiércol para cocinar se da precisamente en Puno y muy lejos (casi 4 veces), de la segunda Región (Cuzco).

De acuerdo con información del OSINERGMIN (derivada del útil SCOP), la venta formal de GLP en Puno casi se ha triplicado en los últimos dos años. Ha pasado de 416 a 1,483 balones de 10 Kgs diarios entre el 2006 y el 2008. Agréguese a esto el omnipresente contrabando (entre 30 y 70% del consumo formal), y así el GLP es usado para cocinar por un importante 25.9% de sus hogares. El Gobierno no da por supuesto seminarios sobre las ventajas del GLP.

En Puno aún no se comercializa GLP Automotor, pero estoy seguro que la iniciativa privada, así como ha invertido y arriesgado para aumentar la venta formal de GLP para cocinar en Puno, en breve plazo incursionará en su oferta instalando gasocentros, talleres de conversión y dando financiamiento para las conversiones. Para esto no existe actualmente ninguna promoción ni apoyo del Gobierno.

La iniciativa privada debe invertir en comprar vehículos de transporte para llevar GLP desde Pisco. Igual ha tenido que invertir en adquirir balones para atender un mercado triplicado, en instalar locales de ventas y establecer redes de distribución para competir en servicios y precios así como en enfrentar la competencia desleal interna y del contrabando. Todos queremos que así sea para contribuir a la mejora de la calidad de vida, pero no estaría mal, no creen, una pequeña ayudita del Gobierno para que apruebe de una vez por todas un nuevo Reglamento de Comercialización de GLP, ratifique su respeto a la libre competencia, la garantía a las inversiones y se decida a sancionar con eficacia la utilización ilegal de balones.

De paso el Gobierno no debe olvidar que en todos los países donde el Estado promociona (y bien que se haga), la construcción de ductos para el GN no se olvida de los pobres e incorpora necesariamente en las medidas promocionales al GLP destinado a aquellos que estarán al margen de dichas redes de GN, ya sea haciendo que el GN subsidie al GLP como en Argentina o estableciendo programas sociales como el GLP Rural en Colombia y Guatemala, Gas Popular en Venezuela, etc., etc. No hacer esto y promover sólo el GN aún en los sitios de extrema pobreza es, como repito, de una inexcusable falta de solidaridad.

jueves, 12 de marzo de 2009

Líderes en Gasolinas

Rodeados de ese hálito de misterio comunicacional con el que presentan sus volúmenes de ventas (para ellos secretos), esta vez la oficina de Prensa de PETROPERU anunció el pasado 10-03-09 que nuestra empresa estatal mantiene su liderazgo en el país pero, “en ventas de gasolinas” que “subieron a más de 13 mil barriles diarios en el año 2008” (nos deja a nosotros el cálculo de cuanto fueron sus ventas exactas y cual el porcentaje de crecimiento).

Y bueno, para una empresa que produce y comercializa GLP, Petróleo Diesel y otros combustibles líquidos debe ser preocupante que anuncie sus buenos resultados volumétricos en gasolinas y no haga lo mismo para los otros combustibles de su canasta. Y eso es una mala señal comercial pues la misma nota atribuye el crecimiento de los volúmenes de ventas de gasolinas “al reconocimiento de la calidad de los combustibles de PETROPERU”, ergo, en los otros combustibles para los que no promociona crecimientos volumétricos no existiría el reconocimiento de calidad de parte del público. Esa no es una comunicación feliz, peor aún cuando con ella no se puede tapar el catastrófico resultado de su rentabilidad de las ventas netas del 2008 que llegó a un negativo 7% (fue positivo en 5% el 2007), o de su rentabilidad patrimonial con un nada agradable valor negativo de 53% (fue positivo en 34% el 2007). Y ni que decir de la pérdida neta del ejercicio 2008 que alcanzó los 717.8 MMS/. (el 2007 más bien obtuvo utilidades por 343.6 MMS/.). En esas condiciones ¿vale la pena promocionar que se es líder volumétrico en el mercado de gasolinas?; definitivamente creo que NO. Esto más bien suena a cortinas de humo puestas al nuevo Presidente del Directorio, designado por su Junta de Accionistas el mismo día de la Nota de Prensa.

Y por favor, en un mercado en creciente desarrollo por combustibles sustitutos de las gasolinas como el GNV y el GLP, es lógico que el mercado de gasolinas haya crecido apenas 3.0% (no el 2.2% que señala en su Nota de Prensa de acuerdo con información el OSINERGMIN). Más bien debería decrecer y así, cada año se incrementaría la participación volumétrica de PETROPERU que seguiría vendiendo gasolinas en un mercado que las va desplazando.

Las ventas de GLP automotor en el Perú alcanzaron los 281.2 MG/DC el año 2008, superando en 14.1% los registros del año anterior. Y aquí nuestra empresa estatal no participa casi en nada pues su volumen de ventas de GLP está estancado, limitado a su producción de Talara, desde hacen 6 años.

Las gasolinas motor en el mercado pasaron de 969,113 el 2007 a 998,122 MG/DC el 2008. Si, como debe ser, a estas ventas de gasolinas les sumamos el GLP automotor veremos que el mercado de combustibles motor gasolinero ha crecido más bien 5.2% (sin considerar el GNV).
Es decir, referirse a volúmenes de ventas de gasolinas obviando los resultados económicos suena a obsoleto y no debería ser motivo de promoción en medios. Quien sabe, si nos dijeran que la participación en sus ventas de las gasolinas de alto octanaje sobre las de 84 Octanos RON o sus ventas en el mercado de competencia de Lima han mejorado, pero esa información no está disponible más que para los propios funcionarios de PETROPERU y no para sus accionistas que somos más de 27 millones de peruanos.

miércoles, 4 de marzo de 2009

Reservas Recuperables

Ya en diversas oportunidades nos hemos referido a la poca o nula efectividad de las Notas de Prensa del Ministerio de Energía y Minas, y como más bien éstas desorientan a la población en general. Recordemos nada más el caso de aquellas que se referían a supuestas bajas en el precio del balón de GLP al consumidor que luego tuvieron que ser corregidas por tratarse sólo de un “cálculo matemático” en la medida que el precio es libre y sujeto a la oferta y demanda.

El 17-02-09 una Nota de Prensa de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del MEM informa a la población que Camisea “contaría” con 16 TCF (trillones de pies cúbicos y no “tera” millones de pies cúbicos que son billones), de Reservas de Gas Natural. La Nota, que empieza mal, poniendo en condicional todo el tema de las reservas abunda en términos inciertos como confirmaría, contaría, tendríamos, se trataría, se espera, se estima, conceptos todos que no deben figurar en un comunicado que se supone lo que pretende es aclarar y resolver la confusión de la ciudadanía y no llenarla de potencialidades y dudas. Al final lógicamente no aclara nada y más bien la confusión se incrementa.

Nuevamente, esta vez, con fecha 03-03-09 otra Nota de Prensa del MEM supera el condicional (que bueno), y declara “Reservas probadas de Gas Natural suman más de 14 TCF”. Sin embargo y, bendita confusión, las llama “Reservas Recuperables de Gas Seco” en el cuadro correspondiente. Finalmente y para no perder la costumbre, concluye señalando “El Ministerio de Energía y Minas rechaza enérgicamente los continuos intentos de gente desinformada orientados a confundir a la opinión pública utilizando información obsoleta del año 2007”.

Tremenda rabieta mediática, innecesaria a mi concepto y sin un ápice de mea culpa.

No creo que quienes se refieran a las reservas de Gas Natural lo hagan, como señala el MEM, teniendo como orientación confundir a la opinión pública sino que esta confusión surge precisamente del propio MEM que no ha logrado encontrar la manera de hacer llegar con claridad y transparencia su mensaje.

Si revisamos, por ejemplo, el Libro Anual de Reservas al 31-12-2007 publicado por la DGH en la Web del MEM veremos que en él, en ninguna parte, se habla de reservas recuperables sino como debería ser tratado de reservas probadas y que en el caso del Gas Natural llegan a 11,821 TCF. De acuerdo con la SPE (Society of Petroleum Engineers)/WPC (World Petroleum Council/AAPG (American Association of Petroleum Geologists), las reservas probadas son la cantidad de hidrocarburos que conforme al análisis de la información geológica y de ingeniería puede estimarse con certeza razonable que serán comercialmente recuperables. ¿A qué viene entonces introducir en la Nota de Prensa el concepto de reservas recuperables de gas seco? Que, independientemente de si son lo mismo o no que las probadas, sólo vienen a confundir en un tema más técnico que de opinión pública. Se peca de asumir que todos quienes opinan sobre el tema son ignorantes y ese es un grave error que sólo distancia y enfrenta en lugar de generar respaldo. Aún más la Nota de Prensa dice que “las cifras reportadas como reservas probadas corresponden a volúmenes realmente recuperables”.

Por lo demás, llamar a los analistas de mercado desinformados y usuarios de información obsoleta (como anteriormente los llamaron ignorantes), no hace sino reconocer que lo último publicado recientemente por la DGH, es decir las reservas al 31-12-07 está ya obsoleto y no veo porque si tienen la convicción que lo manifestado por Pluspetrol es enteramente confiable y ya las han incorporado como reservas probadas sin certificación internacional independiente ¿por que no publicar una actualización al 28-02-09 y san se acabó?. Desgraciadamente si existe desinformación la culpa es del obligado a proporcionar dicha información en cumplimiento de la transparencia que debe guiar todos los actos de buen gobierno.

¿O habrá alguna duda razonable sobre lo probablemente probado de las reservas recuperables?

domingo, 11 de enero de 2009

En Argentina Gas Natural subsidia al GLP

Quiero, a manera de destacar diferentes tratamientos a la importancia que tiene el Gas Licuado de Petróleo (GLP), dentro de la matriz energética de las naciones, comentar acerca de lo que en nuestro hermano país del Tango rige como un “Acuerdo de Estabilidad del Precio del GLP”, completamente distinto a nuestro cuestionado Fondo de Estabilización de Precios y que permite comprar a los argentinos de menores recursos un balón de 10 Kgs. (similar al nuestro), a 16 Pesos Argentinos, es decir a un equivalente de menos de quince Nuevos Soles.

El Plan tiene ya cuatro meses de implementado y resulta de un esfuerzo conjunto del gobierno argentino, a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Secretaría de Energía , el ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas – similar a nuestro OSINERGMIN), así como las provincias y municipios de todo el país (Federación Argentina de Municipios), con las empresas productoras, envasadoras y distribuidores de GLP, siempre que estos últimos se encuentren organizados y afiliados a CADIGAS – Cámara Argentina de Distribuidores de Gas Licuado (sin embargo las envasadoras pueden vender a precios algo mayores a los distribuidores no afiliados, siempre que éstos vendan a los precios máximos acordados al público). El acuerdo se inició el 19-09-08 y rige hasta el 01-12-09.

Las empresas productoras de GLP involucradas en este acuerdo son inicialmente trece, entre ellas Pluspetrol S.A, Petrobras Energía S.A. e YPF S.A. Estas empresas, productoras han suscrito un acuerdo con el Estado argentino para comercializar las garrafas de 10 Kgs a 16 Pesos desde el 01-10-08. Los beneficiados directamente son más de 3 millones de hogares argentinos de menores ingresos y que carecen de gas natural suministrado por redes. Como comparativo, de acuerdo con el Censo del 2007, en el Perú 3 millones de hogares (44.4% de los hogares peruanos), no consumen GLP y 2 millones (30.2% de los hogares), utilizan leña para cocción de alimentos. Para ellos no hay ninguna propuesta de gobierno salvo las aisladas de cocinas mejoradas que mantienen el consumo de leña.

Los orígenes legales del Acuerdo de Estabilidad de Precios se encuentran en la Ley 26.020 del año 2005 que estableció en Argentina el “Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo”; esta Ley tiene como objetivo esencial asegurar el suministro regular, confiable y económico de GLP a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes y cumple, que duda cabe, una función redistributiva. Van de la mano tanto la promoción del Gas Natural como la atención a los consumidores de GLP que no podrán acceder al primero. Esto igualmente está ausente de nuestra política.
La Ley argentina (que más adelante cito textualmente en sus objetivos), además determinó una política general que tiene en cuenta lo siguiente:
  1. Promover la competitividad de la oferta y la demanda de GLP y alentar su expansión, particularmente en aquellos lugares donde resulte antieconómico el desarrollo de redes de distribución de gas natural; Encuentro acá la atención social a una necesaria y reclamada política para nuestro país pues, mientras el Gobierno publicita los beneficios del gas natural y los gasocentros, por otro lado no dice absolutamente nada sobre como mejorar la calidad de vida de aquellos hogares que no recibirán los beneficios de la canalización del gas natural;
  2. Garantizar el abastecimiento del mercado interno de gas licuado, como así también el acceso al producto a granel, por parte de los consumidores del mercado interno, a precios que no superen los de paridad de exportación, la cual deberá ser definida metodológicamente, mediante reglamentación de la Autoridad de Aplicación; Bueno, la paridad de exportación en Argentina como en todo el mundo, menos en el Perú, es el precio en Mont Belvieu menos el flete hasta el lugar de destino. (1.)
  3. Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores, posibilitando la universalidad del servicio, adecuada información y publicidad y el acceso al mismo a precios justos y razonables, con especial énfasis en el abastecimiento a sectores residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natral por redes;
  4. Propender a que el precio del GLP al consumidor final sea el resultante de los reales costos económicos totales de la actividad en las distintas etapas, para que la prestación del servicio se realice con las debidas condiciones de calidad y seguridad, tendiendo a su evolución sostenible, desarrollo en el largo plazo y en niveles equivalentes a los que internacionalmente rigen en países con dotaciones similares de recursos y condiciones;
  5. Incentivar la eficiencia del sector y garantizar la seguridad en la totalidad de las etapas de la actividad;
  6. Propender a una mejor operación de la industria del GLP, garantizando la igualdad de oportunidades y el libre acceso de terceros al mercado;
  7. Propender a la diversificación del uso del GLP, en distintos ámbitos, como el transporte, la industria, entre otros.
Los fondos para el fideicomiso del balón de 10 Kgs. son aportados por los productores de gas natural. Se integra además por otros recursos como la totalidad de los recursos provenientes del régimen de sanciones, los fondos que por Ley de Presupuesto se le asignen, los fondos que se obtengan en el marco de programas especiales de créditos que se acuerden con los organismos o instituciones pertinentes, nacionales e internacionales y los aportes específicos que la Autoridad de Aplicación convenga con los operadores de la actividad.
Los hogares con redes de gas natural en Argentina son 6.5 millones.
  1. En el Perú el Ministerio de Energía y Minas ha definido la paridad de exportación del GLP como aquella que surge del precio en Mont Belvieu sin descontar el flete hasta el lugar de destino. Así, los subsidios al productor se pagan por encima de la paridad de exportación como se entiende en otros países del mundo.

martes, 6 de enero de 2009

Falsas expectativas sobre baja de precios del GLP


Cesar Bedon Asoc  Gas LP Perú asegura que se crean falsas espectativas con la reduccion del precio del gas - Canal 4 - 06-01-2009

http://www.youtube.com/watch?v=fLM_G8kVA9o