Osinergmin, el organismo regulador del sector Energía y Minas
señala en los considerandos de su Resolución N°055-2012-OS/GART del 29-08-12,
poniéndose el bonete amarillo “Que, mediante
el Decreto de Urgencia N°010-2004 …se creó el Fondo de Estabilización de
Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo … como un fondo intangible
destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y
sus derivados se traslade a los consumidores nacionales”. Declaración impersonal,
que pretende eludir su propia responsabilidad. Es más, la Resolución ni
siquiera es de su Consejo Directivo, sino de la Gerencia Adjunta de Regulación
Tarifaria, nivel inferior al que se ha delegado la responsabilidad de “publicar … la actualización de la Banda y
fijar los nuevos Márgenes Comerciales”.
Por su parte el Ministerio de Energía y Minas contesta mediante un
Informe sin número y sin firmas formales de aprobación de un documento público
con sólo las siglas “pdiaz” y unos
sellos, poniéndose el bonete rojo “Teniendo
en cuanta las Bandas de Precios y los Márgenes Comerciales de todos los
combustibles establecidos mediante Resolución…OSINERGMIN”. Esto es “yo no fui”.
Nuevamente, cogiendo el bonete amarillo y seguramente aconsejado por sus abogados, OSINERGMIN
se cuida de señalar, conforme hace en su reciente nota de prensa[1]
que “Cabe
señalar que los agentes que comercializan combustibles son libres de establecer
sus precios de venta y los mismos no están sujetos a la fiscalización de
Osinergmin”. Llamar “agentes que
comercializan combustibles” sin señalar cuáles son estos, parecería estar
excluyendo a los que “producen” combustibles, sujetos a los beneficios de
recibir subsidios estatales. Además decir que no están sujetos a su
fiscalización y hacer un show mediático visitando estaciones de servicio para
ver sus precios, no van de la mano.
El Ministerio de Energía y Minas no comenta en su Web
absolutamente nada, pues esta vez se trata de posibles aumentos de precios de
las gasolinas y el diesel, pero se pone el bonete rojo y dice a través de su ya
mencionado Informe “En cumplimiento de lo
establecido en el Decreto de Urgencia N°010-2004 … así como lo establecido en
el Decreto de Urgencia N°005-2012" Nuevamente “yo no fui” “yo solo aplico la
ley”
A pesar de OSINERGMIN confesar su no
responsabilidad en los precios finales al público no puede dejar la tentación
de ganarse algunas indulgencias al señalar oficialmente que “A nivel del precio final de
venta al público, tras la actualización de la banda de precios se espera que
los precios del Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado en balones se reduzcan
en aproximadamente 1.5%, lo que representaría una rebaja de S/. 0,50 por balón
de 10 kg.” No
lo entiendo, si el regulador dice que no tiene nada que ver con los efectos
derivados de la modificación de las bandas de precios, ¿a que viene hablar de reducciones
en los precios al público?
Otra vez OSINERGMIN replica,
con su bonete amarillo “Es importante mencionar que la actualización de la
banda de precios de combustibles que realiza Osinergmin no es una
regulación de los precios de venta al público, (así
con negritas incluidas), sino un mecanismo que utiliza el Estado para
controlar la volatilidad de precios del mercado internacional a nivel
mayorista. La banda de precios sirve de base para que cada refinería e
importador establezca sus precios de acuerdo al libre mercado”. Esta es, a
no dudarlo, una declaración que más refleja el síndrome de Pilato (Pontius Pilatus), de lavarse las manos. No es responsable decir
que no es una regulación de precios cuando a la vez a través de sus bandas de
precios pone precios máximos (límites superiores) a los precios de las
refinerías y productores”. Increíblemente, dentro de este intríngulis
legalista, también se establecen precios mínimos, pero aún así el regulador
dice que no regula. Además, conocida como es la estructura oligopólica de la
oferta de hidrocarburos en el Perú ¿a qué viene hablar de libre mercado?
Pero, no sólo esto es lo que irregularmente se da en nuestro país,
pues tanto el Osinergmin fijan los precios mínimos y máximos que regirán en el
mercado como que además y aunque parezca increíble, establecen los “márgenes
comerciales”, es decir, cuanto puede ganar un productor en su relación con los mayoristas. O sea, en adición a
concederle precios de paridad de importación (que ya incluyen los niveles de
ganancia de los productores internacionales), les vuelve a aprobar más
ganancias para que las trasladen a su cadena de distribuidores mayoristas. Y
así, se niega a sí mismo al declarar a la población que no regula precios,
cuando permite a los productores cargar 0.19 Nuevos Soles por Galón para que
mantengan su distribución mayorista.
A pesar de este peloteo, gran bonetón y lavado de manos los medios
recogen como debe ser cual es la función que se atribuye al Osinergmin cuando,
por ejemplo, uno de sus más importantes representantes titula “Osinergmin
disminuyó en S/.0,50 el precio del balón doméstico de GLP - Tras ajustar
la banda de precios de combustibles, el regulador estatal elevó
en la misma proporción el costo del diesel”[2]
Ya pasó más de un año de este nuevo gobierno de la “gran
transformación” y no se ha producido ninguna transformación seria que retorne
al sistema de precios libres, y la maraña de decretos, resoluciones e informes que
se continúan emitiendo sólo han buscado “cubrirse
las espaldas” unos a otros, pasar el bonete entre quienes intervienen en
este desorden, aprobando los montos multimillonarios con que se subsidia a los
productores. Y todo esto ante la complacencia del Congreso de la República que
ve pasar decreto de urgencia tras decreto de urgencia sin respetar la Ley
Orgánica de Hidrocarburos en ya casi 8 años de vigencia del Fondo de Estabilización.
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