lunes, 12 de diciembre de 2005

APUNTEMOS A UN PLAN DE GOBIERNO PARA LOS HIDROCARBUROS

Economista César Bedón Rocha
12 de diciembre del 2005


Hace unas semanas, circulé entre diferentes colegas economistas y personalidades relacionadas con el Sub Sector Hidrocarburos un conjunto de apuntes para definir lo que podría ser un Plan de Gobierno 2006 - 2011, de manera que podamos decir lo que los políticos estábamos seguros callarían en sus campañas. Agradezco a todos los que generosamente se sumaron al debate. Debate que realmente recién empieza y para el cual hemos recibido la acogida y entusiasmo de UTILITIES PERU.

Y es que opinar técnicamente en aspectos tan controversiales como los que se viven en la actualidad petrolera, son de seguro robadores de votos. Los candidatos a la Presidencia sólo nos hablan de lineamientos generales, si es que algo dicen y se supone que corresponde a los técnicos haber evaluado a conciencia cada aspecto de detalle y plantearnos soluciones novedosas ojalá en forma independiente de lo que grupos de interés quisieran escuchar.
Aunque en verdad estamos seguros que con el transcurso de los días, cuando surja la necesidad del debate público, los partidos resuciten a los políticos de siempre con disfraz de técnico y quizá con las mismas recetas que aplicaron sin éxito anteriormente.

El riesgo es grande pero consideramos que el debate técnico es muy necesario y por eso me animo (riesgo personal) a hacer públicas las propuestas, y en todo caso aquello que consideramos más urgente, aquello que debemos exigir no dejen de señalar los partidos y sus alianzas con ejemplos concretos y sin generalidades. No corresponde ya el escenario a la generalidad de la CADE, sino más bien al planteamiento de herramientas y sistemas nuevos que refuercen lo que se ha avanzado en los últimos años.

Podemos estar de acuerdo o en contra de algunas de las siguientes propuestas, o de seguro indicar que faltan muchas más. Claro que sí y esa es la garantía de nuestro sistema democrático que privilegia el debate sobre el úkase. La modernidad ha demostrado que la única forma de avanzar, por ejemplo en la formalización de mercados, es la de consulta y consenso con los involucrados; sino nos seguiremos llenando de iniciativas parche y que finalmente nadie cumple.

MAXIMIZAR EL BENEFICIO DEL CONSUMIDOR FINAL

El objetivo básico y eje central de la política debería ser la maximización de los beneficios del consumidor final, entendiéndose como tal la eliminación de prácticas que desalienten la inversión privada para brindarle un mayor confort y seguridad.
1. El Estado garantizara que a través de sus organismos reguladores se logre que los consumidores tengan garantía de calidad, cantidad y seguridad en sus compras de hidrocarburos. La venta de combustible adulterado será sancionada penalmente y con el cierre del establecimiento.
2. Se propondrán y aprobarán las normas técnicas que sean necesarias en el GLP a fin de garantizar la formalización de los talleres de conversión.
3. El aprovechamiento de la inversión y reputación ajena y la confusión generada al consumidor con la utilización de las marcas comerciales de GLP serán sancionadas drásticamente. La reincidencia o la sentencia judicial serán garantía suficiente para el cierre de oficio del establecimiento o planta envasadora infractora.
4. El Estado defenderá el interés de los consumidores garantizando una adecuada información sobre los combustibles disponibles en el mercado, precios y efectos contaminantes.
5. Se alentará la participación de las asociaciones de consumidores y de las organizaciones representativas de la actividad empresarial privada en la actividad empresarial del Estado y en los organismos reguladores.
6. Se establecerán subsidios cruzados de manera que en el país los consumidores de las regiones menos favorecidas paguen un mismo precio por los hidrocarburos que en las zonas de competencia, proponiendo los mecanismos adecuados para la supervisión y cumplimiento de estas medidas.
7. La actividad empresarial del Estado junto con la iniciativa privada gestionaran la operación de puntos de venta con precios menores sin que implique subsidio o pérdida pero garantizando el acceso al consumidor de productos garantizados con precios menores y evitando los cartels regionales.

PLENA VIGENCIA DE LA ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO

La iniciativa privada en la gestión de hidrocarburos será libre, alentada y garantizada.
Debe garantizarse el ejercicio de una economía social de mercado que priorice el acceso social de los niveles económico sociales marginales como una garantía para su desarrollo individual y de la sociedad en su conjunto.
Debe mantenerse la independencia de la negociación de contratos petroleros de los actores políticos o de la actividad del Estado.
La legislación promocional existente para la inversión privada en la comercialización de hidrocarburos será respetada. En el caso de su revisión se hará solo para garantizar una mayor cobertura de servicios en el país como protección al consumidor.
El Estado no intervendrá en las actividades exploratoria y de perforación petrolera.
La labor promotora y especializada de Perupetro, será potenciada facilitándole los mecanismos necesarios para captar inversión, revisando los dispositivos de exoneración y las condiciones internacionales de mercado.
Establecer niveles mínimos de inversión y capacidad de gestión para el acceso al mercado de distribuidores mayoristas así como compromisos garantizados de inversión para dar valor agregado a su participación.
Establecer requisitos de inversión mínima en la adquisición de balones de GLP y tanques estacionarios de almacenamiento para la operación de plantas envasadoras.
Se garantizará la inversión privada en la reposición del parque de balones de GLP asegurando el respeto a la propiedad y la prohibición de envasar en envases ajenos.
La vigilancia del desarrollo de la libre oferta y demanda como mecanismo fijador de precios en el mercado estará a cargo exclusivamente del INDECOPI, excluyéndose la intervención política.
Se simplificaran las reglamentaciones acelerando los procesos para la puesta en operación de los negocios de comercialización de hidrocarburos líquidos y gaseosos, los mismos que no deben demorar mas de 90 días

TRANSFORMACION DE LA MATRIZ ENERGETICA

Deben iniciarse las acciones necesarias para el logro efectivo de un cambio en la matriz energética actualmente dependiente de recursos escasos y que favorece a los más contaminantes. Debe garantizarse que no puede haber cambio en la matriz energética sin la promoción del GLP y la sustitución del Kerosene y la leña para cocción de alimentos
1. Debe aplicarse progresivamente una escala impositiva que bonifique la utilización de los combustibles menos contaminantes. El Impuesto Selectivo al Consumo deberá ser sustituido por un impuesto ecológico y se trabajara a nivel de precios relativos en un marco de protección ambiental.
2. Deben establecerse medidas de estimulo a la conversión vehicular a gas natural y GLP concediendo incentivos en efectivo o promocionales a los automovilistas que certifiquen la conversión realizada.
3. Deben desarrollarse programas de sustitución del consumo de leña y kerosene por GLP en los hogares de menores recursos a los que no llegarán los gasoductos de gas natural o las familias no tengan capacidad técnica y/o económica para su conversión.
4. La dependencia del Petróleo Diesel 2 deberá ir siendo sustituida mediante abaratamiento de los precios de las gasolinas motor u otra alternativa técnica, de manera que en el país no se vendan estos combustibles con ingresos mayores para el productor a los que se obtiene de su exportación.
5. La importación de kits de conversión a GLP y Gas Natural será exonerada de todo impuesto a la importación y venta. La importación de motores gasolineras deberá ser efectuada libre de impuestos.

ACTUACION SUBSIDIARIA DEL ESTADO

El Estado debe facilitar y vigilar la libre competencia combatiendo toda práctica que la límite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas.
1. En todos los casos la actividad empresarial del Estado privilegiará el mercado interno sobre el de exportación.
2. El Estado participará de manera promocional en los mercados regionales en los que no existan condiciones de competencia a fin de generar oferta y demanda y de participación del capital privado.
3. Por ningún motivo la actividad empresarial del Estado aplicará políticas comerciales que limiten la competencia sino por el contrario promoverán que ésta se genere y desarrolle donde no exista.
4. Se fortalecerá la gestión de Petroperú S.A. independizando su función comercial de las otras funciones empresariales de manera que se garantice una gestión eficiente y un acceso a la producción nacional de cualquier proveedor o la importación que sea necesaria para mantener un marco de libre competencia
5. Se debe promulgar la Ley de la Actividad Empresarial del Estado en hidrocarburos garantizándose directorios profesionales experimentados y una gerencia con participación del capital privado (contratos de gerencia).
6. Los directores y gerentes de las empresas del Estado en hidrocarburos serán solidaria y personalmente responsables por los resultados de su gestión, serán evaluados por resultados y se garantizara la permanencia de los más exitosos.
7. Se impulsará la fiscalización implacable de la informalidad y el cumplimiento de las reglamentaciones en la comercialización de hidrocarburos.
8. La actividad empresarial del Estado en participación con la iniciativa privada promoverá la introducción de los bio combustibles con metas cercanas y sustantivas.
9. De ninguna manera la actividad empresarial del Estado invertirá o gastará en propiedades de privados si no obtiene la garantía de mejores precios o beneficios para los consumidores.
10. La actividad empresarial del Estado en la comercialización de hidrocarburos se definirá solo como una participación a nivel de atención mayorista de menor gasto, mayor utilidad y menor riesgo sin participar en áreas y sectores minoristas suficientemente cubiertos por la inversión privada.
11. Se prohibirá que la gestión empresarial comercial del Estado opere bajo mecanismos de cuotas volumétricas u otros mecanismos de limitación de ventas que generan mercados imperfectos y malas prácticas. Igualmente deberá competir sin aplicar contratos de exclusividad que dejan sin libertad a sus clientes de buscar las mejores opciones.

martes, 6 de diciembre de 2005

SOLDADOR DE GASODUCTOS SE NECESITA

Economista César Bedón Rocha
6 de Diciembre del 2005


La lectura de El Comercio (en muchos lugares de nuestro país aún le llamamos “los comercios”, por sus distintas separatas), me lleva siempre a revisar en primer lugar su Sección Economía & Negocios – deformación profesional le dicen. Y los domingos es especialmente ilustrativa pues se publican en ella oportunidades laborales. Quien diga que no la ha revisado muchas veces, sea por necesidad o curiosidad, creo que mentiría en la generalidad de los casos. SOLDADOR DE GASODUCTOS se titula una de las ofertas este domingo 4 de diciembre y pone todos los requisitos de elevada calificación técnica, además de 8 años de experiencia en soldadura sobre gasoductos y poliductos en servicio; se solicita indicar expectativa salarial bruta mensual, que estoy seguro es elevada.

Coincidencias o no, el mismo diario en su Sección Política y a roba página nos trae un comunicado del Ministerio de Energía y Minas (MEM), titulado ROTURA DEL DUCTO DE LIQUIDOS DE CAMISEA. Verdad que no pasa desapercibido y a la vez lo he visto también en por lo menos otro diario local.

Adicionalmente me llamó la atención también la Nota de Prensa del MEM del día 2, reproducida en diversos medios, que con cabeceras más “interesantes” sobre el mismo tema dice:

• Abastecimiento de Gas de Camisea y de GLP no se ha alterado por rotura de ducto.
• MEM pide no dejarse sorprender por informaciones infundadas

No se si el Vicepresidente del Consejo Machiguenga del río Urubamba, Walter Kategari leyó también hoy El Comercio, ni tampoco si los tiempos actuales y la explotación del Gas Natural lo han obligado a discriminar los puntos de las ies cuando oficialmente y con pulcritud que hay que reconocer por desacostumbrada, se señala “el abastecimiento del gas de Camisea no ha sido alterado” o “no ha sido afectado en ningún momento el abastecimiento de gas, pues continúa bombeándose el gas de Camisea sin ninguna limitación … asimismo se han tomado las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento interno de GLP” o “… habiéndose asegurado, así mismo el abastecimiento interno de GLP”. Supongo además que estará satisfecho Walter de saber que apenas enterados en el MEM el día 24 de noviembre, de una posible rotura se efectuaron coordinaciones de emergencia para superar el percance y viajaron el sábado 26 sus funcionarios (no dice si también lo hicieron los técnicos), al lugar del incidente. Igual de satisfecho estará de conocer que según la información oficial se usaron “salchichas” absorbentes y que serían sólo 350 metros cúbicos de líquidos arrastrados por el agua y que, a pesar de la rotura reconocida, el abastecimiento no ha sido alterado.

Dejo para la reflexión política cuales serán los siguientes pasos oficiales en su relación con las comunidades nativas si es cierto como indica Kategari, (http://blogsperu.com) “ … que en ultima reunión entre el Ministerio de Energía y Minas y la Comunidad Nativa de Shivankoreni; los representantes del Ministerio de Energía y Minas informaron sobre la "Falla" del Ducto del Gas producido en la sierra central del país (Tercer Incidente), en donde puntualizaron que éste seria el ultimo y en caso de ocurrir uno nuevo, él Ministerio de Energía y Minas y OSINERG suspenderían las operaciones de la empresa Transportadora del Gas del Perú. Ocurrido el Cuarto incidente en un proyecto muy joven, ¿Cumplirá el Ministerio de Energía y Minas y OSINERG con aplicar las sanciones correspondientes? Y en caso de aplicar las sanciones ¿se hará efectiva esta sanción?...” (sic). Sí me gustaría que en caso de aplicarse sanciones económicas, éstas efectivamente se paguen y sean aplicadas exclusivamente en la zona afectada.

Si creo conveniente señalar que, no basta con decir que el abastecimiento interno de GLP está asegurado, sin indicar en el comunicado del MEM si se suspendió o no el abastecimiento de GLP desde Camisea (sólo lo da a entender), ni si se ha restablecido o cuando podría restablecerse que tampoco lo menciona. Hay que explicar con detalle y transparencia como funcionará este aseguramiento. Deberían de explicarlo también los productores así como los importadores que son los que al fin de cuentas venderán o no el combustible. Y también el OSINERG. De lo contrario como prevenir contra informaciones infundadas

Por parte de los productores vemos que el principal, Pluspetrol, no ha dicho nada a la opinión pública. No ha señalado cual es el nivel de reservas de almacenamiento con que cuenta en forma efectiva. Cierto que en teoría podría abastecer por sí sólo el mercado, como señala un funcionario del MEM, pero en setiembre por ejemplo hubiera cubierto con el total de su producción real sólo el 53%. Se requiere aquí mayor información del productor, como por ejemplo el nivel de inventarios de GLP con que cuenta en Pisco y si OSINERG garantiza que cuenta en promedio durante cada mes con quince días de ventas como se exige a los hidrocarburos líquidos.

Los clientes de PETROPERU saben que dejará de producir GLP por mantenimiento en Talara esta semana. No conocemos con exactitud cuando se inicia, cuanto durará y cuanto tomará reponer inventarios para contar con el GLP disponible nuevamente en el Callao y éste ya es un tema recurrente para sus clientes, destacado en el Congreso y algunos medios de prensa acerca de la existencia de cuotas de ventas y desatenciones. No es información infundada.

La Pampilla, Aguaytía, EEPSA y Petrotech operan al parecer sin problemas. Todos deseamos que las fallas del gasoducto se superen y que no se vuelvan a producir, que duda cabe. Recordemos sólo como un hecho favorable más para nuestro país que a setiembre 2005 tengamos ya un Saldo de Balanza Comercial de GLP positivo en doscientas veintiún TMDC, situación que en el mismo período del 2004 era más bien negativa en 194 TMDC. Con mayor razón aún cuando sabemos que hoy el precio de referencia de importación tiene un atraso de 21% comparado con el precio PETROPERU y en esas condiciones es difícil comprometer acceso a mercados externos sin modificar precios.

Sin embargo creemos que hay que pedir a nuestros gobernantes una conducta moderada, sin exagerar en el optimismo técnico, sin declarar por los responsables y ofreciendo al país resultados preliminares sino más bien con la conducta prudente que nos enseña la historia, con la transparencia que la legislación obliga, sin buscar demonios donde no los hay ni adelantar opinión cuando aún falta mucho por hacer sino más bien buscando soldadores que unan y no dividan.

lunes, 28 de noviembre de 2005

PRECIOS CONTROLADOS PARA LOS HIDROCARBUROS: ¿UN COMERCIAL Y REGRESO?

Economista César Bedón Rocha
28 de noviembre del 2005


El 17 de noviembre del 2005, la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República aprobó (por mayoría), el dictamen recaído en cuatro Proyectos de Ley por los que se propone modificar la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, sobre los precios de referencia aplicables a los derivados de los hidrocarburos en el territorio nacional y transparencia en la aplicación de precios.

Las iniciativas legislativas corresponden a los Srs. Congresistas apristas Juan Valdivia Romero, Luis Heysen Zegarra y José Carrasco Távara y al peruposibilista Alejandro Oré Mora.

La Ley 26221, publicada el 20 de agosto de 1993, se enmarca dentro de una serie de dispositivos legales de emergencia dados en el país luego de concluido el quinquenio 1985/1990. En lo referente a precios de los hidrocarburos, esta Ley supera las anti técnicas políticas de control de precios que se iniciaron con un congelamiento desde agosto de 1985 hasta 1988 y que sólo a manera de recuerdo apuntamos:
• La Memoria de PETROPERU de 1988 señala “…Para Petróleos del Perú, el retorno a esa onerosa situación – se refiere a haberse convertido en importador neto de petróleo en 1988 – ha significado depender enteramente de ingresos en moneda nacional, producto de la venta de combustibles a precios subsidiados por la empresa frente a la necesidad de satisfacer a todo trance la demanda interna. La devaluación de nuestro signo monetario hizo más inestable la posición de caja de PETROPERU, al crecer los requerimientos de divisas para honrar sus obligaciones. Tal situación no varió a pesar de los alcances de la Ley sobre Hidrocarburos Nº 24782, dada el 27 de diciembre de 1987, y de los cinco reajustes de precio para los combustibles que el Gobierno dispuso en el año, tras el congelamiento de precios iniciado en agosto de 1985. Los problemas acumulados en ese intervalo pusieron a la Empresa al borde del colapso…”

• Y en 1989 la misma Memoria de PETROPERU dice “…Si bien el Gobierno decretó hasta en trece oportunidades el alza de precios de los combustibles y le otorgó a PETROPERU S.A. una creciente participación en tales incrementos, en términos reales el promedio ponderado de dichos precios estuvo siempre a la zaga en relación con sus costos operativos…”.

La promulgación de la nueva y ahora casi vulnerada Ley Orgánica de Hidrocarburos Nº 26221 se da además dentro del marco del Decreto Legislativo Nº 757 del 13-11-1991 “Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada” que garantiza la libre iniciativa privada y una economía social de mercado de libre competencia (Art. 2º). El mismo D.L. define la libre competencia como que implica que los precios en la economía resultan de la oferta y demanda y que los únicos precios que pueden fijarse administrativamente son las tarifas de los servicios públicos (Art. 4º). A esto, queridos lectores, se le define como estabilidad jurídica del régimen económico y sin ella no hay inversión. La estabilidad jurídica se ratifica en la Constitución de 1993 que en su Art. 58º reconoce que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía social de mercado.

Por eso no deja de preocuparnos que a pesar de las garantías constitucionales y legales, subsistan propuestas legislativas que ahora, al contar con Dictamen favorable de la Comisión de Energía y Minas, se convierten en casi Ley . Y es que el Dictamen aprobado por la Comisión de Energía y Minas del Art. 77 de la Ley 26221, tiene todas las características de un salto al pasado.

Aunque el Dictamen señala que los precios se rigen por la oferta y demanda como la Ley 26221 garantiza, se incorporan elementos perturbadores y de indudable efecto controlista como son:
• Haberse aprobado a pesar de la oposición del Ministerio de Energía y Minas. Recordemos que el MEM es legalmente el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la política del Sector y de dictar las normas pertinentes. Lamentablemente su falta de políticas generales y de poder de convencimiento lo hacen vulnerable. De acuerdo con el MEM señalar en la Ley el criterio de “paridad de exportación” significa un procedimiento de control de precios. Y eso es cierto. Bueno, en la propuesta de Ley no se menciona esa frase sino que se cambia por la de precio de referencia de exportación que es exactamente lo mismo.

• Se implementan “mecanismos transitorios” para la publicación de precios por parte del OSINERG cuando los mercados referentes “presenten crisis temporales que alteren la competitividad del mismo”(sic). Tremenda discrecionalidad y craso error, inducido estamos seguros por la referencia que recientemente hizo el OSINERG al efecto Katrina sobre las gasolinas en un mercado de commodities y con precios internacionales cartelizados en el que se generaliza lo particular.
• Quedaría así a juicio de los técnicos del OSINERG calificar los eventos mundiales y definirlos o no como “crisis temporales” para evadir las reglas del mercado. Este sólo artículo destroza por completo la intención del legislador y atenta definitivamente contra el libre mercado. Por lo demás si los precios son libres y se rigen por oferta y demanda ¿por qué el regulador debe modificar la forma de calcular y publicar los precios de referencia cuando así lo decida? ¿Se quiere poner acaso al OSINERG por encima de los consumidores decidiendo cuando publica o no los precios y la forma como lo hace?

• Obligación de informar al OSINERG sobre las “estructuras de costos de producción local”. ¿Acaso el regulador no ha podido informar lo que aprendimos en nuestros pininos sobre economía de la refinación acerca del lomo y la vaca? Más sencillo ¿como diferenciarán con acierto los costos de producción de un galón de Diesel de otro galón de gasolina? Proponer esta publicación sólo puede generar desconcierto e incredulidad sobre la manera poco técnica en que se conducen los grandes temas nacionales.
• Se señala que OSINERG coordinará con el INDECOPI las acciones necesarias para prevenir y sancionar cualquier abuso de la posición de dominio en el mercado nacional. Oiga, pero si esta acción ya esta prevista. La Constitución, norma fundamental y frecuentemente olvidada, dice en su Art. 61º que el Estado facilita y vigila la libre competencia y que combate toda práctica que la limite así como el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. No nos digan que ahora el OSINERG analizará y velará por la libre competencia. Las Leyes relacionadas con el INDECOPI garantizan ya los procedimientos para cumplir la garantía constitucional.
• Se indica que los precios y condiciones de venta local no podrán ser mayores que sus símiles del mercado de exportación. Menudo encargo de cálculo para quien deba controlar esta obligación. ¿Cómo mediar las condiciones de venta? No se trata de esto ni es lo que los consumidores venimos reclamando. Se trata de potenciar la función del INDECOPI. Además, legislar para que OSINERG interprete cuando hay o no abusos de posición de dominio no nos parece encaminarlo por el camino adecuado pues no se puede efectuar esta función sólo a partir de una elaboración teórica de precios de laboratorio.

• Se confunde el concepto de transparencia, demostrando una vez más que este tema no ha calado lo suficiente. La transparencia no consiste en obligar a reportar listas de precios al regulador ni a descubrir los descuentos que dentro de la libre práctica comercial cada empresa es libre de otorgar o no y que al ser descubiertos desaparecen como elemento promocional de libre competencia.
• No podemos hacer que el regulador se convierta en agente vendedor de quien venda más barato como resulta del promocionado FACILITO, sin vigilancia de las condiciones de venta. Para medir precios al consumidor, que es lo que realmente importa tenemos al INEI y podríamos asignarle mayores análisis con cargo al presupuesto del regulador para que discrimine proveedores y tipos de envase. Lograr transparencia es promover la creación de competencia donde no la haya. Recordemos además que la gran mayoría de hidrocarburos es inelástico al precio. No se logra una mayor venta sólo bajando el precio en un mercado en donde la informalidad campea.

Esperemos que el Pleno del Congreso corrija el Dictamen de manera que no se continúe armando un trampolín para un triple salto mortal al pasado, que olvida experiencias y no obtiene aprendizajes; como si el tiempo y la experiencia mundial no nos hubieran hecho madurar en el raciocinio económico y que lo que hemos vivido en los últimos 15 años hubiera sido sólo “un comercial y regreso”.

lunes, 21 de noviembre de 2005

¿DIJO QUINIENTOS MILLONES DE DOLARES SR. AREVALO?

Escrito por César A. Bedon Rocha
Monday, 21 November 2005


El Comercio del viernes 18 de noviembre nos trae una entrevista del joven y hábil periodista Manuel Marticorena efectuada al Sr. Econ. Roger Arévalo, Presidente de Petroperú en la que, para sorpresas de muchos, declara que “… En el gobierno de Alan García se le obligó a subsidiar precios – refiriéndose a Petroperú - generando un déficit de US$500 millones que el Estado finalmente tuvo que absorber..”

La sorpresa viene por cuanto suponíamos que el enorme apoyo legislativo que vienen dando los congresistas apristas a la primera empresa estatal (cuyos resultados evidentes han sido la Ley que la excluye de algunas modalidades de privatización, los proyectos de ley en Agenda que apuntan a excluirla del CONSUCODE, del FONAFE y del SNIP, otros que declaran de interés nacional y preferente prioridad la modernización de sus refinerías, la autorización para invertir el íntegro de sus utilidades en sus proyectos de inversión, etc), serían correspondidos sin recordarle al país el desastre que significó la política intervencionista del Dr. Alan García para el sub sector hidrocarburos.

La declaración del Presidente de Petroperú, me trae a la memoria un artículo periodístico que publique en La República allá por el 2001 y que titulé “EL PRIMERO, NO OLVIDAR”, en el que hicimos una apretada síntesis de cómo había quedado Petroperú al concluir el año 1990, a manera de cumplir con el compromiso de no olvidar lo negativo que resultan las políticas supuestamente bien encaminadas y que implementan el control de precios, la intervención no técnica, el subsidio indiscriminado y el facilismo de creer que con leyes del Congreso se superan las leyes de la economía.

Las cifras macro económicas resultantes de la experiencia aprista son harto conocidas: inflación acumulada 1985-1990 de 2.2 millones por ciento; producción per cápita menor a la de 1960, tasas arancelarias de protección por encima del 60% promedio, reservas internacionales negativas de hasta -300 MMUS$, déficit fiscal y cuasi fiscal cercano al 16% del PBI, ingreso mínimo legal disminuido en 50% y pérdidas de empresas estatales que llegaron a los 1,653 MMUS$ (Boloña Carlos, “Cambio de Rumbo: El programa económico de los noventas”, Instituto de Economía de Libre Mercado-SIL).

Más bien, recordaremos algunos detalles de la gestión referidos al sector hidrocarburos en el que quedó inmortalizada la perversa comparación del precio de un galón de gasolina como más barato que un litro de gaseosa. Por cierto que el trabajo resulta todo un reto que merece más espacio y debería merecer más de una tesis para tratar de comprender tanto error cometido en una sola área de la energía. Hoy las estadísticas de detalle de la época son escasas hasta en el INEI (donde acudí para mejor ilustración con resultados incompletos y muy pobres). Ojo, esta información no se debe perder pues forma parte ya de nuestra historia económica.

Las reservas probadas de petróleo crudo cayeron drásticamente de 565.4 a 382.2 millones de barriles (32.4% menos), entre 1985 y 1990.

En lo referente a pozos perforados, mientras en 1985 se ejecutaron 186, el 2000 se perforaron sólo 56. El promedio 1980/1984 había sido de 324. El promedio 1985/1990 fue de 131.
Los pozos productores cayeron de 3,656 a 3,336 entre 1985 y 1990.

Desde su creación en 1969, Petroperú había sido una empresa con utilidades (operativas y netas), en todos y cada uno de sus ejercicios.

Al cierre de 1984 (en 16 años), acumulaba una utilidad neta de 158 MMUS$ resultantes incluso luego de haber contribuido con subsidios a la economía por 1,357 millones de dólares (la diferencia entre su utilidad operativa y la neta).

Bastó un Gobierno para que en el lapso 1985/1990 perdiera en operaciones 1,458 MMUS$ y le hicieran cargar con 2,036 MMUS$ de subsidios. Resultado; llegó a 1990 con una pérdida neta acumulada de 3,336 millones de US$. Sólo en un año, en 1988 le había hecho perder 1,470 millones de US$.
Y ¿Recuerda usted qué había pasado en esos años con el precio del petróleo crudo? ¿Subió? No, todo lo contrario. El crudo más fino, el árabe ligero con 34º API, bajó de 29.00 en 1984 a 18.40 US$/Barril en 1990, con bajas sostenidas todos los años. El año 1986 el precio mundial cayó más de 50%

¿Quizá los precios de los derivados, se incrementaron? NO, todo lo contrario; por ejemplo el precio mayorista del Diesel Nº2 sin impuestos pasó de 0.781 a 0.706 US$/Galón en los EEUU entre 1985 y 1990 (un 9.6% de baja).

Sucedió en nuestro país que por el lado de los precios de los hidrocarburos producidos por Petroperú, se aplicó la teoría del “Estado Benefactor”, subsidiando en la práctica a los estratos de mayores ingresos (“Reformas e Inversión en la Industria de Hidro Carburos de América Latina” – Humberto Campodónico – octubre 2004 – CEPAL).

Un solo ejemplo, en precios reales de algunos hidrocarburos:

Como vemos, los precios en julio de 1990 del GLP equivalían al 6.3% de los precios reales vigentes en 1985. En el caso de la Gasolina de 84 octanos no se llegaba ni siquiera al 10% del precio.
Los precios relativos de los combustibles igualmente fueron afectados con desproporción técnica. Como ejemplo baste citar que sólo entre 1987 y 1989 el precio del Kerosene se multiplicó por 68 y el del GLP por 251 veces. El precio de un balón de 24 libras de GLP era en 1988 equivalente a 12.1 galones de Kerosene. En 1990 había subido tanto el precio del kerosene que con el equivalente de 3.3 galones se compraba un Balón de GLP.

Sin embargo la nueva política de hidrocarburos que tanto costaría al país se anunciaba ya desde agosto de 1985, cuando el sector se había estremecido con el primer error del novísimo Gobierno (Gerardo Barraza – Agenciaperu.com). Alan García expropió la Belco.

El sector petrolero conocía que Belco tenía problemas para seguir operando en el país y reportaba pérdidas en sus operaciones pues Petroperú le pagaba menos de lo que le costaba producir, pues los precios habían caído considerablemente. Pensaban y habían manifestado los ejecutivos de Belco su intención de retirarse del país, en cuyo escenario, todas las instalaciones fijas, campamentos, plantas de energía y equipos de comunicación pasaban gratuitamente a ser propiedad de Petroperú en condiciones operativas. El 29 de agosto de 1985, el Presidente García anunció la rescisión unilateral de los contratos entre Petroperú y Belco alegando incumplimiento de acuerdo comercial y presentándolo como un hecho revolucionario, de reivindicación nacional. El Presidente convocó un Comité para que se encargue de valorizar la expropiación.

En agosto de 1988 el Comité determinó que el Estado peruano debía pagar 175.9 MMUS$ (con intereses acumulados hasta 1999 se llegaba a 236 MMMUS$). “No habia necesidad de pagar…No tenía sentido precipitar una expropiación por el innecesario costo que esta medida podía tener", sostuvo el Ing.. Nicanor Arteaga, ex Gerente General de Petroperú, a quien Huaita reemplazo por Carlos Lizier Gardella, amigo de Alan, el 2 de agosto de 1985. Cuando el gobierno reconoció la deuda con Belco, ya no hubo tiempo ni recursos para cancelar este compromiso. Petroperú tuvo que cargar con el muerto.

La Balanza Comercial de Hidrocarburos que en 1985 ofrecía un saldo positivo de 614 MMUS$ se volvió negativa a partir de 1988, resultando en 1990 un déficit de 47 MMUS$.

A pesar que en los Planes del Sector se consideraba como prioritaria la explotación y utilización de las reservas de Camisea (San Martín y Cashiriari), era imprescindible conseguir la participación de inversión externa y no se logró.

En lo laboral, la Ley 24366 del 22/11/85 incorporó a la Ley 20530 a los trabajadores provenientes de la ex Empresa Petrolera Fiscal quienes además de haber mejorado notablemente su sueldos al pasar de un sueldo estatal a las condiciones de empresa privada que regían en la IPC mantuvieron así los beneficios de sus fondos de pensiones. Y en mayo de 1990 igualmente se le cargó a nuestra petrolera una perforación de la Ley 20530 o de la “cédula viva” incorporándose a un grupo de trabajadores de Petroperú, sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Yo, como muchos peruanos, creemos con terco optimismo que la experiencia del 85/90 en el sector hidrocarburos ha sido lo suficientemente aleccionadora como para no incurrir en los mismos errores. Y confiamos en la autocrítica que sus gestores han efectuado públicamente así como en el propósito de enmienda que debería ratificarse en la conducta legislativa de nuestros días.

lunes, 7 de noviembre de 2005

TRANSPARENCIA, TRANSPARENCIA, CUANTOS PECADOS SE COMETEN EN TU NOMBRE

Economista César Bedón Rocha
7 de noviembre del 2005


“… La transparencia será nuestra insignia, y todo acto de corrupción será severamente castigado. No hay nada peor que traficar con el dinero destinado a los necesitados…”
Para Salir de la Crisis – Perú, 2001 – 2006Suplemento Contratado Perú Posible Mayo del 2001

Visitaba hoy domingo a mi hermana en su casita de Santa Beatriz cuando como de costumbre encontré volantes promoviendo la venta de GLP. Esta vez eran seis, de los cuales reproduzco lo más importante de cinco:
• Distribuidor Autorizado por OSINER´G (sic) … Petroperú…SolGas … Precios desde 26.90 S/.
• Bajó el Gas … 26.90 … Formal hasta en el precio …
• ¡Gas al Instante! Directo de Planta en la Puerta de su Casa … 26.99 S/… Calidad Petroperú…
• Al Toque Gas … Primero lo Nuestro… 27.99 S/… ¡ Cómprale al Perú !
• Le llevamos a su hogar Al Toque en 5 minutos … Peso exacto … 29 Soles

Usted querido lector seguro tendrá otros tantos avisos con similares argumentos de venta que son arrojados bajo puerta diariamente por algunas de las 52 plantas envasadoras, 1,333 transportistas en cilindros y 1,019 locales de venta “formalmente“ registrados por la Dirección General de Hidrocarburos en Lima. Mi hermana no los lee. Dice que cuando tiene que comprar ya sabe cual le dura más. Y similar criterio siguen, creo yo, la mayoría de amas de casa.
La campaña de la ASPEC NO PAGUE MAS DE 28 SOLES POR UN BALON DE GAS registra hoy mismo en su Web sólo 4 (cuatro) anunciantes en su ranking de los más económicos, el más barato de ellos a 27 soles en Ventanilla, el mismo que habrá batido seguramente records de ventas.

En este orden de cosas ¿podemos pensar aún que el consumidor no está informado sobre los precios del GLP? Lo que no hay es más bien la labor fiscalizadora del organismo regulador a todos estos avisitos, algunos con sólo teléfonos (Pedidos al 262-1043 rotulando en su publicidad un inexistente balón PETROPERU SOLGAS REPSOL) y otros que promueven estándares de calidad también inexistentes.

Otro avisito dice “Compro balones GLP 4723632 25 y 45 S/.”. La legislación prohíbe la venta de balones a quienes no son plantas envasadoras o distribuidores. La estadística sin embargo registra asaltos a camiones con balones de GLP ¿Ha hecho algo el regulador?

El Trome del 8 de julio presenta la noticia CHOROS DE GAS IBAN A VOLAR EN MIL PEDAZOS.- Robaban combustible de los balones y los sellaban con plástico derretido con fósforos. Vendían gas a 28 soles con menos peso. . "Lo bueno es que nosotros fuimos los primeros que bajamos el gas y la gente nos compraba los balones al toque" indicaron el chofer y ayudante de una empresa “formal” de gas quienes admitieron que dicha práctica la venían haciendo desde hacían seis meses porque ganaban un sueldo miserable. La empresa envasadora responsable continúa, como si nada hubiera pasado, en el Listado de Registros Hábiles de la DGH. La información y la forma de robo son transparentes.

Para mal ejemplo, nuestra empresa estatal Petroperú publicó el 2 de julio un aviso pagado en medios que decía “… continuando su política de total transparencia … publicará a partir del lunes 04 el precio neto promedio de venta a los envasadores en el Terminal Callao…”. Por supuesto que aún ahora, pasados más de 4 meses, no lo ha hecho a pesar que invocaba en el famoso aviso a los demás productores y comercializadores de GLP a publicar sus precios de lista y precios de venta para así contribuir a una “formación transparente” de los precios del GLP en toda la cadena comercial.
El mismo OSINERG encargado de promover la transparencia de precios ha estado publicando hasta el 17 de octubre el siguiente cartelito en sus precios de referencia “Advertencia: Los Precios del Mercado de Referencia están afectados por la temporada de Huracanes en la Costa del Golfo”. Y ahora que ya retiraron el cartelito ¿debemos pensar que ya no hay afectación en los precios? ¿Esto contribuye a la transparencia?

Sin embargo el desatino y la falta de experiencia comercial continúa; El pasado 14 de octubre El Peruano publica el D.S. Nº 043-2005-EM “Disponen Que Los Agentes De La Cadena De Comercialización De Combustibles Derivados De Hidrocarburos Deben Proveer Información Sobre Sus Precios De Venta” por el que se establece ( supuestamente a fin de contribuir con la transparencia reclamada por Petroperú), que se debe publicitar los precios del GLP (sorpréndase) en Nuevos Soles por Litro. Es decir que los avisitos que recibe mi hermana ya no dirán 26.90 al referirse al balón de 10 kilogramos sino 1.335650 Nuevos Soles por Litro. Díganme sino se generará mayor confusión y desconfianza a partir de este Decreto Supremo haciendo menos transparente la comercialización, precisamente ahora, cuando el INEI ha empezado a publicar el precio al consumidor en balones de 10 Kgs en lugar de las 24 Libras que calculaba mensualmente, a pesar que dicha forma de venta había desaparecido desde hacen más de once años.

La legislación normativa sobre los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos exigen como mínimo que se prepubliquen los proyectos de normas y resoluciones con el objeto de recibir comentarios y sugerencias precisamente de los supervisados y del consumidor en general. Sin embargo esta norma ni tampoco otra anterior que se refería a la forma de calcular los precios de referencia (paridad de importación incluida), merecieron el mínimo legal de la pre publicación ni del debate ya sea por argumentos de emergencia, saltándose así a la garrocha una necesaria revisión que hubiera evitado estas patinadas y atentando contra la transparencia reclamada.

Como hemos visto, competencia hay, información y ofertas existen y hartas, no hay precios ocultos y la banda de ofertas tienen diferencias de hasta 5 Nuevos Soles.

Pero no es el precio lo que finalmente atrae al consumidor sino su propia experiencia, la seguridad, el servicio y garantías recibidas y la imagen de marca que le brindan sus tradicionales proveedores. Incluso hasta ofende al consumidor que le canten precios terminados en 99 céntimos, salvo que exijan el céntimo de vuelto que de nada les va a servir.
Y no acceden a las ofertas de precios realmente bajos que pudieran existir porque tienen desconfianza de un sistema de comercialización en el que no existe control ni fiscalización para tanta informalidad y donde el regulador no tiene autoridad ni siquiera para ingresar a fiscalizar una envasadora formalmente denunciada como reincidente a violaciones normativas y menos aún para entender la tan reclamada transparencia.