lunes, 16 de febrero de 2015

Proyecto de Ley de Políticas Estratégicas para afirmar PETROPERÚ y la Soberanía Energética

El congresista Manuel Dammert Ego Aguirre ha presentado, con el respaldo de la bancada de Acción Popular Frente Amplio, el proyecto de ley N°4146/2014-CR el 26-01-2015 con el título del presente post.

La iniciativa legislativa propone en su Art. 1° declarar de necesidad pública e interés nacional la “adjudicación directa a Petroperú del lote 192 cuyo contrato de concesión a cargo de Pluspetrol Norte vencerá el 29 de agosto de 2015”. Sin embargo no se señala técnicamente el porqué de esta necesidad pública e interés nacional.

Cabe hacer una anotación. El proyecto llama “contrato de concesión” a lo que en realidad es un Contrato de Explotación en la modalidad de Licencia de Servicios Petroleros con riesgo total a cargo del contratista. El Contrato de Licencia, es el celebrado por PERUPETRO S.A., con el Contratista y por el cual éste obtiene la autorización de explorar y explotar o explotar Hidrocarburos en el área del Contrato. PERUPETRO S.A. transfiere el derecho de propiedad de los Hidrocarburos extraídos al Contratista, quien debe pagar una regalía al Estado.

De esta manera los hidrocarburos extraídos y que son de propiedad del Estado peruano, a través de PerúPetro, son transferidos al contratista quien debe pagar una regalía al Estado, en este caso correspondiente al 30% de una canasta que considera en partes iguales la participación de los precios de los siguientes hidrocarburos: petróleo crudo árabe de 27°API, Petróleo Residual N°6 de 1% de Azufre, petróleo crudo Loreto de 21.5 API y petróleo Shengy (chino) de 18°API. Esta regalía ha sido de 10.10 USD/Barril en enero 2015.

La explotación trata en promedio de crudos pesados1, es decir, crudos que no fluyen con facilidad. Para mayor complicación, generalmente no es posible extraer estos crudos en su forma natural empleando métodos ordinarios de producción pues resulta necesario calentar o diluirlo para que pueda fluir por un pozo. Esta operación de extracción requiere pues de tecnologías modernas y costosas. El desincentivo económico se presenta a partir del descenso de los precios internacionales del petróleo crudo. Es así como en enero 2015 las regalías cobradas por el Estado peruano han sido de 3.5 millones de USD, monto que en enero 2014 fue de 11.6 millones de USD, es decir un 70% menos.

El íntegro del crudo extraído de este Lote no es comprado por Petroperú por no tener posibilidades técnicas de refinar crudos pesados. Por eso Pluspetrol exportó el año 2013 un promedio de 14.7 MB/DC a 100.42USD/Bl.

En cuanto a las condiciones operativas del Lote señalamos que, de acuerdo con la página Web de Pluspetrol, de cada 100 barriles extraídos, 97 son agua y solo 3 petróleo; así el año 2010 fue necesario reinyectar 234.5 millones de barriles. Agréguese que desde el año 2009 no se arrojan residuos al río pues se invirtieron 500 millones de USD en un moderno sistema de reinyección del agua.

En el mismo Art. 1° se menciona que se encarga a Petroperú que “ésta convoque a los socios que considere necesarios para su operatividad e inversiones de desarrollo”. No me parece conveniente que este proceso de búsqueda de inversionistas sea manejado de manera tan simple y poco transparente y además por el mismo Petroperú, correspondiendo esta tarea más bien a Perupetro o ProInversión.

Encuentro una tremenda inconsistencia en este proyecto al proponer en el Art. 2° constituir un Fondo de Remediación Ambiental en relación al Lote 192 “con aporte del tesoro público” y señalar en el Punto II.- Análisis Costo Beneficio que “El presente proyecto de Ley no ocasiona gastos al erario nacional

Preguntémonos adicionalmente si el Estado peruano debe cargar con el costo de la “solución de la problemática ambiental”, tema de estricta responsabilidad del contratista. Es decir, si es un privado que la contratación sea a todo riesgo, pero si se trata de asignársela a la empresa estatal, que seamos todos los peruanos los que paguemos “el pato”. ¿Y si se llega a contratar a otro privado? Igual el costo de la solución de los problemas ambientales “ocasionada desde inicio de sus operaciones en 1971 y los pasivos ambientales generados en los últimos años bajo la administración de Pluspetrol”, según señala el proyecto en comentario será cargado a todos los peruanos.

Analizando la propuesta, se señala en la página 5 que “La operación de Lote 192 no es una operación de riesgo que afecte el repago del financiamiento de modernización de Talara”. Sin embargo, en julio del 20122, el entonces Presidente de PerúPetro Ing. Aurelio Ochoa declaró que el lote requeriría inversiones por 500 millones de USD. "Tenemos que buscar inversionistas que tengan una buena espalda financiera que respondan y lo más pronto posible extraigan ese hidrocarburo y extraigan más, de tal manera que el incremento se dé y eso implique mayor canon" señaló Ochoa en aquella oportunidad, en la misma que destacó que ya tenía más de 10 empresas de importancia mundial interesadas en la licitación del lote 1AB. Dijo adicionalmente que “Podrían ser unos 14 pozos (los que se tendrían que perforar) más los servicios que eso implique, podríamos estar hablando de unos 500 millones de dólares de inversión que es bastante sustancial", precisó. Si esto es así, ¿cuál es la espalda financiera que tiene Petroperú? ¿No hay riesgo en la perforación de 14 pozos? ¿No será más bien un tema político sin fundamentos técnicos que transfiere un problema a Petroperú en lugar de una ayuda?

 

 

1            Se consideran crudos pesados aquellos que tienen un API entre 10 y 21.9° http://www.pdvsa.com/PESP/Pages_pesp/aspectostecnicos/produccion/tipos_crudos.html

2            http://lta.reuters.com/article/domesticNews/idLTASIE86O0FZ20120725?sp=true

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