lunes, 8 de enero de 2007

¿Son una buena referencia los Precios de Referencia?

El Organismo Regulador de la Inversión en Energía (OSINERG), pre publicó el pasado 11 de diciembre en el diario oficial, su proyecto para modificar el procedimiento de publicación de los precios de referencia de los combustibles derivados del petróleo.

De acuerdo con la legislación nacional, es lo mínimo que está obligado a hacer, concediendo un plazo de 15 días calendario para recibir opiniones de los interesados. En este caso todos somos interesados, pues nos encontramos en un mercado duopólico, en el que más del 80% de la producción nacional de hidrocarburos es aportada por dos empresas y los precios se fijan por el libre juego de la oferta y la demanda. En ese marco lo que necesita el consumidor es contar con la mayor cantidad de información disponible de manera de disminuir asimetrías informativas con los fabricantes.

Las reglas del juego en nuestro país para brindar transparencia a la información de precios dada a los consumidores es que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), que opera como ente normativo en muchos aspectos, sea el que dicte la forma como se calculan todos y cada uno de los precios de referencia, que parámetros y variables se incorporan, con que periodicidad deben hacerse, cuales son los mercados referentes, la calidad, composición, premios y castigos que se debe asignar a cada hidrocarburo, etc.

Por su parte al OSINERG, le corresponde la obligación de aplicar las directivas del Ministerio y traducirlas en informes semanales que respeten sus lineamientos y se cuelguen en su Web a más tardar cada lunes antes del medio día.

Durante la vigencia de este procedimiento (OSINERG registra antecedentes semanales de su informe desde el 31 de marzo del 2003), se ha ido mejorando la información presentada, sobretodo a partir del 18 de octubre del 2004 en que se agrega al cuadro de precios (1 hoja) un comentario semanal (21 hojas), con algunos resúmenes, gráficos y comparaciones adicionales.

La mecánica no ha impedido, ni impide, que por su parte el Ministerio pueda también hacer sus propios comentarios, pues semanalmente cuelga igualmente en su Web un brevísimo resumen de los precios semanales calculados por el OSINERG. Por su parte el OSINERG señala que se ciñe estrictamente a lo señalado por el MINEM en la forma de cálculo, con lo que en la práctica no tenemos los consumidores ninguna opinión sobre la evolución de los precios internacionales ni sobre el manejo que internamente se viene dando a los mismos. Por otro lado los productores también enfrentan los precios de referencia para señalar que se encuentran muy alejados de los que cada uno calcula por su parte.

Algunas sugerencias que alcanzamos sobre este necesario e importante trabajo semanal pero lamentablemente incompleto son:
  1. Existe un innecesario doble gasto público para elaborar la información semanal, pues ambos organismos (OSINERG y el MINEM), se dedican a lo mismo, sin dar el MINEM ningún valor agregado a la información que prepara el OSINERG. Por su parte el regulador cuenta con ingentes recursos para mejorar su aporte. Tengamos en cuenta que al IIIer Trimestre del 2006, por ejemplo tenía depositados en Caja/Bancos según Balance 204. 2 millones de nuevos soles (1US$=3.20 Nuevos Soles), que corresponden a 229.4 millones de nuevos soles de resultados acumulados no aplicados. No le cuesta pues absolutamente nada al regulador mejorar la prestación de sus informes.
  2. El Informe de Precios Referenciales que semanalmente publica el MINEM es sólo una reproducción de los cálculos del OSINERG adornada con gráficos, sin publicar las tablas numéricas históricas que son mucho más útiles y necesarias para pronósticos, entre otras aplicaciones. Anteriormente las anexaba y las ha descontinuado. En todo caso la sugerencia para que sea el informe del OSINERG el que las publique con toda su amplitud.
  3. La metodología peruana establece cálculos promedio de diez cotizaciones válidos para el lunes siguiente. En el caso del mercado chileno que también publica el OSINERG, se consideran cotizaciones de cinco días. La sugerencia es para que se adopte el mismo período que el usado en Chile, de manera que podamos confrontar las cifras que semanalmente publica ENAP con las de OSINERG. Adicionalmente la experiencia ha señalado que es mucho mejor trabajar con períodos menores, conforme como lo hace un país neto importador como nuestro vecino sureño.
  4. Los cálculos del OSINERG deben incluir ponderados por gasolinas y petróleos industriales. De manera similar ponderados por productos blancos y negros. Igualmente deben considerar un ponderado de la canasta total de productos pues sólo se tienen resultados parciales por combustibles y no a nivel total.
  5. Los informes OSINERG deberían incluir evaluaciones sobre el costo de la canasta real de crudos utilizada por nuestras refinerías y no hacer sólo referencia al WTI, muy distante de nuestra realidad de operación.
  6. El informe del MINEM, en el caso del GLP sólo usa la paridad de importación y la paridad de exportación (FOB Pîsco + Flete al Callao), para compararlos con los precios locales. El OSINERG publica hasta cuatro precios de referencia para el GLP.
  7. El informe de OSINERG debe ser mejorado con la presentación de tablas en Excel, así como con pronósticos sencillos que marquen no sólo el pasado sino también algún nivel de proyección. Páginas Web como la de la EIA o el OILNERGY ofrecen ejemplos muy didácticos de estas prestaciones.
  8. Debe incorporarse la evaluación del margen refinero, en forma semanal, ponderando la venta con la compra de crudo y aplicándose comparaciones con otras economías. La ausencia de este indicador en el debate se hace sentir cada vez más.
  9. Cuanto antes deben prepararse los resúmenes anuales completos por parte del OSINERG, superando lo aritmético y avanzando hacia lo analítico y crítico.
  10. La evaluación de los precios a paridad de exportación no debe hacer distingo del GLP para el cual el MINEM ha establecido no se le descuenten los fletes, mermas y gastos para ponerlo en el mercado referente. Debe presentarse también esta información pues como recordamos, hay un compromiso para que en el mercado interno se comercialice el GLP a nivel de productor Pisco al mismo precio que en Mont Belvieu, lo cual no se viene cumpliendo.
  11. El análisis de precios en el caso del GLP debe incorporar la evaluación de los precios en Pisco, para hacer su comparación con los vigentes pues se ha convertido en mercado mayoritario y las comparaciones se hacen actualmente sólo contra el precio en Callao.
  12. Debe señalarse la hora de publicación de los precios. En el proyecto OSINERG modifica ésta del medio día a señalar sólo “los días lunes de cada semana”, lo que en la práctica se convertirá en los martes.








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