sábado, 4 de abril de 2009

¿Un Banco Central sin Economistas?

El pasado viernes 03-04-09, la Comisión Permanente del Congreso de la República desestimó la propuesta del Poder Ejecutivo para nombrar a un colega Economista titulado y colegiado en el cargo de Contralor General de la República. La causa principal de esta determinación es que el candidato no tiene los diez años mínimos de ejercicio profesional que exige el inciso e del Art. 28º de la Ley Nº27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”.

En el camino y por un absurdo debate político que apela a lo indefendible se han dado expresiones sin sentido acerca de cuando se inicia el ejercicio profesional, tratando de confundir (informes legales de por medio), ejercicio profesional con práctica y/o experiencia. La Comisión Permanente, dictaminó y aprobó por mayoría que el ejercicio profesional se da a partir de la emisión del título profesional correspondiente. Para mi particular interpretación han omitido nuestros padres de la patria que, en el caso de los Economistas, el ejercicio profesional sólo es legal cuando el Economista se inscribe en su respectivo Colegio Profesional. La legislación así lo señala. Y es clarísima, sancionando con multas y pena privativa de libertad al que ejerce ilegalmente la profesión. Así pues puede haber ejercicio profesional sin colegiatura, pero éste es ilegal.

Sin embargo, el tema trae a colación la situación en que se encuentran cientos y hasta miles de funcionarios públicos que ejercen la profesión sin título profesional emitido regularmente por una universidad o revalidado. Y esto a vista y paciencia de todo el aparato de control. Peor aún, como señalaremos más adelante, promoviendo la omisión de titulación de sus funcionarios. Y es que nuestra burocracia ha confundido lo que es un grado académico (Bachillerato, Maestría y Doctorado), con lo que es un título profesional por el que La Nación otorga facultades para el ejercicio de una profesión. No es Economista quien es sólo Bachiller en Economía.

Tampoco es Economista quien teniendo Bachillerato sigue un Post Grado y adquiere una Maestría o un Doctorado. Tanto la Maestría como el Doctorado no convierten en Economista a un Bachiller y son grados académicos que conducen o facilitan la docencia e investigación pero no el ejercicio profesional.

Tomemos el caso tan importante para nuestro país de una institución tutelar de la Economía como el Banco Central de Reserva (BCRP).

La Constitución en su Art. 84º señala que su finalidad principal es “preservar la estabilidad monetaria”. De la misma manera su Ley Orgánica en el Art. 2º incorpora esta finalidad principal detallando las funciones de “regular la cantidad de dinero, administrar las reservas internacionales, emitir billetes y monedas e informar sobre las finanzas nacionales”. En adición, el Art. 83º ordena que la emisión de billetes y monedas en el Perú sea facultad exclusiva del Estado y que se ejerza por intermedio del BCRP. A nadie en su sano juicio se le podría ocurrir que estas funciones, para lograr la finalidad principal de preservar la estabilidad monetaria, podrían estar a cargo de profesionales sin título y en el caso particular de los Economistas sin título, ni colegiatura ni habilitación incumpliendo las Leyes 15488 y su modificatoria la 24531 ni su Reglamento, el D.S. Nº041-87-EF que señala en su Art. 5º “Son atribuciones del ejercicio profesional de Economista realizar, evaluar y autorizar investigaciones económicas, informes de valores agregados que se presenten a los organismos públicos a requerimiento de la respectiva entidad, estudios y pronósticos financieros, evaluación socio-económica, estudio de mercados, dictámenes y peritajes económicos-financieros, estadísticos y estudios actuariales, estudios de proyectos de inversión o reinversión de capital, modelos matemáticos, económicos y econométricos, proyectos presupuestales, programas y planes referidos al sistema de planificación, estudios vinculados al mercado de capitales nacionales e internacionales”.
Pero, además de las obligaciones legales existe una tan o más importante aún que trasciende este campo y que es la garantía que los profesionales Economistas pueden dar al país que su comportamiento sigue los códigos deontológicos de su profesión.

Con esta preocupación es que acudí a la página Web del BCRP (una vez más ¡Bendita Ley de Transparencia!), ubicando su “Clasificador de Cargos Puestos y Requisitos al 31-07-2008” y les resumo a continuación cuales son los requisitos que se ha aprobado el BCRP (“organismo constitucionalmente autónomo”), encargado de preservar la estabilidad monetaria del país, para con los ciudadanos que lleguen a ocupar un cargo en tan importante institución:
  • Presidente del Directorio: Ninguno
  • Secretario General: Bachiller en Economía; Deseable Maestría
  • Gerente General: Ninguno. La ley Orgánica del BCRP dice en su Art. 36º “Debe poseer competencia en economía y finanzas”
  • Gerente Central; Maestría en Economía, Administración o “afines”
  • Gerente: Maestría en Economía, Derecho, Administración o “afines”. Aquí se incorpora felizmente como requisito que su Auditor sea Contador Público Colegiado al igual que su Abogado. En el caso del Gerente de Tecnología de Información hace la excepción que sea sólo Bachiller en Ingeniería de Sistemas.
  • Sub Gerente: Bachiller en Economía, Contabilidad, Administración o “afines”; deseable Maestría
  • Jefe de Sucursal: Bachiller en Economía o Administración; Deseable Maestría
  • Asesor: Bachiller en Economía, Administración, Derecho, Contabilidad, Ingeniería Industrial o “afines”; deseable Maestría
  • Jefe de Departamento: Bachiller en Economía; deseable Maestría.
  • Especialistas en Investigación Económica: Doctorado o candidato a Doctor en Economía.
  • Especialista Senior: Maestría
  • Especialista: Bachiller
Este Clasificador de Cargos y sus Requisitos nos suena a exigencias de calificaciones “hechas a la medida”. Sino ¿a que viene el requisito de Maestrías indeterminadas o “afines”? ¿Por qué este desprecio a la Ley del Economista? ¿Por qué omitir la exigencia legal de título a nombre de la Nación y colegiatura en el caso de los Economistas? Por favor; tengamos en cuenta que el Bachillerato en nuestro país de acuerdo con el Art. 22º de la Ley Universitaria Nº 23733 se obtiene de forma “automática”, cumplidos los estudios satisfactoriamente. No existe ya en el Perú la antigua obligación de elaborar Tesis para ser Bachiller. En estas condiciones, un Bachiller podría llegar a ser Presidente del Directorio o Gerente General del BCRP.
La Ley 15488 (Ley del Economista), señala claramente en su Art. 4º que para desempeñar cargos relativos a la profesión de Economista al servicio del Estado, incluso en el servicio exterior, y de instituciones paraestatales, se requiere tener título profesional y colegiatura.

El personal del BCRP está comprendido en el régimen laboral establecido para la actividad privada y sus remuneraciones se rigen por su propia Ley Orgánica y han logrado merecidos reconocimientos a la importancia de su labor a través de sus remuneraciones y política de previsión y bienestar social. No se trata aquí de desconocer los innumerables méritos de muchos Economistas al servicio del BCRP que han hecho estudios de Post Grado pero es necesario que se respeten las Leyes y se garantice a la población peruana que quienes, como en este caso, tienen tan altas responsabilidades sobre la economía nacional obtengan su título A Nombre de la Nación y su correspondiente colegiatura. Pero, claro, si sus superiores jerárquicos no lo promueven van a continuar en la ilegalidad del ejercicio profesional manteniendo una cultura del desacato que debemos erradicar.

El Artículo 7º de la Ley 15488 modificado por el Art. 4º de la Ley 24531 indica que el que sin tener título o credenciales (colegiatura y habilitación), “ejerciera la profesión de economista o se anunciara públicamente como tal, así como el economista que amparase con su nombre o encubriera el ejercicio de actividades propias del economista a personas que carezcan de título o credencial será penado con multa no menor de 10 sueldos mínimos vitales anuales que cobrará el Colegio de Economistas de cada jurisdicción, además de la acción penal que le iniciará el Colegio de Economistas del Perú”. Observemos que la Ley sanciona tanto al infractor como al que ampara el ejercicio ilegal de la profesión.
Y sobre la acción penal el Art. 363º del Código Penal es mucho más claro al indicar que “El que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales requeridos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años” Agrega este mismo Art. del Código Penal que “La pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años, si el ejercicio de la profesión se da en el ámbito de la función pública o prestando servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual”.
A los pocos, escasísimos Economistas colegiados y habilitados que laboran en el BCRP, como a muchos otros distinguidos colegas que lo hacen en otras instituciones estatales en las que igualmente desde los propios Ministros, algunos de ellos Economistas, se viola la Ley del Economista nuestro saludo este 8 de Abril, Día del Economista Peruano, en que esperamos se impongan en nuestro país el imperio de la Constitución y las Leyes.

martes, 24 de marzo de 2009

¡ A Sol la Borra !

Desde hace cuatro meses la empresa pública concesionaria de los servicios de electricidad Electro Ucayali S.A. (EUSA), ha venido colocando avisos pagados en los diarios de circulación nacional El Peruano y el Comercio, así como en los diarios locales Ahora, Impetu y Al Día, en Pucallpa. Estos avisos se han dado ya hasta en tres convocatorias lo que estimo cuesta no menos de 20 mil nuevos soles sólo en avisos.

¿Y que ofrece nuestra querida empresa?

Pues nada más y nada menos que la “venta” de 115,440 galones de borras de hidrocarburos de su propiedad almacenadas en tanques ubicados en la Central Térmica de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali en la condición donde están y como están, con ofertas en sobre cerrado. Indica que estas borras son una mezcla de aceites lubricantes, aceites dieléctricos, agua, aditivos de combustibles R6 y D2, detergentes, arena, etc. Agrega que constituyen residuo industrial peligroso. Y en estas condiciones, señala que esta venta tiene un precio base de 103,896 S/., es decir 0.90 Nuevos Soles por Galón; ah y el postor debe adelantar como garantía para participar en la Licitación Pública, el 10% del precio base.

También señala EUSA que la venta se realiza para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos industriales peligrosos sanitaria y ambientalmente adecuada y sujeta a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y bienestar de la persona humana, desde los tanques de almacenamiento del generador, transporte por vías del territorio nacional hasta su disposición final. Por ello indica que las transacciones sólo pueden ser efectuadas con empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos (EPS-RS) y/o con empresas comercializadoras de residuos sólidos (EC-RS), debidamente constituidas e inscritas en el Ministerio de Salud y con autorización de la DIGESA. Aquí, el caso es que más bien debieron concursar por el transporte y disposición final del residuo peligroso que han generado a un relleno sanitario de seguridad (Lima), y pagar por este servicio bajo el principio que el que contamina paga. Todo lo contrario buscar a una comercializadora de residuos sólidos para venderle la borra es contribuir a un mercado negro de adulteración y contaminación ambiental.

Para eso se han confeccionado bases que tienen 45 páginas y que se venden a 10 Nuevos Soles para participar en la Licitación Pública. Es decir, todo un largo proceso de preparación, impresión y aprobación de bases, venta de las mismas, “visitas” a las borras, contratación de Notario Público, reuniones del personal, avisos en periódicos, asistencia a las sesiones de subasta, etc. etc. Gastos y más gastos completamente innecesarios porque probablemente a alguien se le ocurrió la brillante idea que tenían valor comercial. Y así ha pasado casi un año de gestiones desde que OSINERGMIN hizo la observación, y encima de todo, para proponer que un tercero que se encargaría de trasladar este contaminante hasta su disposición final en un relleno sanitario de seguridad debe pagarle por dar este servicio a Electro Ucayali S.A. y en un plazo máximo de ocho días ¡De locos!

Las ya famosas borras tienen, según el análisis hecho por MAPLE Gas Corporation del Perú SRL, un 33.0% de agua y sedimentos, cuando la norma técnica señala un máximo de 2.0%. El Residual 6 que utiliza Electro Ucayali es adquirido a la misma MAPLE. La información económico financiera que brinda el portal de transparencia de EUSA no detalla si estas borras figuran como inventarios de combustibles o si las tienen contabilizadas por separado y a que precio.

Desconocemos igualmente si EUSA castiga a su proveedor descontándole el contenido de agua fuera de norma si es que es la refinería la causante. Igualmente la negociación con el proveedor debería de incorporar el costo del traslado de las borras a un depósito de seguridad.

Verdad que no entiendo la razón de tanto descuido en la acumulación de borras. Tener más de 100 mil galones de borras en una empresa eléctrica y mantener ocupados dos tanques con éstas es una barbaridad. Los sistemas de tratamiento de residuos existen desde siempre y cada vez son mejores. Hoy se operan sistemas con recuperación del 99% de borras hasta 500 Kg./Hora y por otro lado estoy seguro que el proveedor de EUA bien podría asesorarlos en resolver este tema, a no ser que existan otras razones para vender ¡a Sol la borra!

sábado, 14 de marzo de 2009

GNV en Puno y también GN para las cocinas mejoradas

Hace algunas semanas un querido amigo me preguntó si podría apoyarlo a concursar ante el OSINERGMIN para el dictado del así llamado “Seminario de Desarrollo de Gas Natural en el Perú”, el mismo que se desarrollaría en diez sedes nacionales entre diciembre de 2008 y marzo de 2009, repitiendo la experiencia del primer semestre del año 2008.

Por supuesto que la idea de contribuir a desarrollar la cultura del gas es un tema que me apasiona pero, vamos, en primer lugar, considero que GLP y el Gas Natural (GN) no son competidores sino complementarios y me preocupa que la promoción estatal apunte con inocultables anteojeras hacia uno sólo de estos productos (el GN), muchas veces sin siquiera meditar en lo perjudicial que resulta para el país buscar la dependencia de uno sólo de ellos cuando incluso ya exportamos GLP desde diciembre 2008.

¡Que bueno sería si estos seminarios promovieran la sustitución de combustibles sucios por Gas y no sólo por GN!

Y en segundo lugar y mucho más importante, díganme por favor, que hacemos promoviendo en Puno el consumo de Gas Natural. Eso suena a burla con nuestros hermanos Aymaras y a una tremenda inequidad social.

No me opongo a que se atienda una necesidad de impartir conocimiento, en la sociedad del conocimiento, pero ¿Qué le ofrece la publicidad del Gobierno y sus conferencias a los hermanos puneños para compensar el que con toda certeza no puedan gozar de las innegables ventajas del GN canalizado hasta sus hogares o empresas o del GNV para sus vehículos, ubicada como está a 3,827 m.s.n.m., con una pobreza total de 67.2% y una desnutrición crónica infantil de 36.9%? Por supuesto que por razones éticas me abstuve de postular.

¿Entonces quiere decir que a los pobres no se les debe hablar del GN?

Veamos, el OSINERGMIN señala que la finalidad de estos seminarios es “desarrollar la cultura del gas natural en el Perú”, que como he señalado en diversas ocasiones es un craso error del Gobierno. No se justifica una cultura del GN sino como es lógico una cultura del Gas. Peor aún el programa a desarrollar también en Puno (completamente sesgado), por distinguidos ingenieros conferencistas ha incluido presentaciones sobre el acceso al GN, las instalaciones internas de GN para consumidores menores y las instalaciones internas de GN para consumidores mayores.

El 47.0% de los hogares de Puno utiliza bosta/estiércol para cocinar y recordemos que sólo el 7.0% de los hogares urbanos y 20.3% de los hogares rurales en el Perú tienen chimeneas cuando cocinan con bosta/estiércol. Puno es la región peruana donde más se consume bosta/estiércol para cocinar ante la ausencia de leña/carbón y los elevadísimos precios del Kerosene. El 60.4% del consumo nacional de bosta/estiércol para cocinar se da precisamente en Puno y muy lejos (casi 4 veces), de la segunda Región (Cuzco).

De acuerdo con información del OSINERGMIN (derivada del útil SCOP), la venta formal de GLP en Puno casi se ha triplicado en los últimos dos años. Ha pasado de 416 a 1,483 balones de 10 Kgs diarios entre el 2006 y el 2008. Agréguese a esto el omnipresente contrabando (entre 30 y 70% del consumo formal), y así el GLP es usado para cocinar por un importante 25.9% de sus hogares. El Gobierno no da por supuesto seminarios sobre las ventajas del GLP.

En Puno aún no se comercializa GLP Automotor, pero estoy seguro que la iniciativa privada, así como ha invertido y arriesgado para aumentar la venta formal de GLP para cocinar en Puno, en breve plazo incursionará en su oferta instalando gasocentros, talleres de conversión y dando financiamiento para las conversiones. Para esto no existe actualmente ninguna promoción ni apoyo del Gobierno.

La iniciativa privada debe invertir en comprar vehículos de transporte para llevar GLP desde Pisco. Igual ha tenido que invertir en adquirir balones para atender un mercado triplicado, en instalar locales de ventas y establecer redes de distribución para competir en servicios y precios así como en enfrentar la competencia desleal interna y del contrabando. Todos queremos que así sea para contribuir a la mejora de la calidad de vida, pero no estaría mal, no creen, una pequeña ayudita del Gobierno para que apruebe de una vez por todas un nuevo Reglamento de Comercialización de GLP, ratifique su respeto a la libre competencia, la garantía a las inversiones y se decida a sancionar con eficacia la utilización ilegal de balones.

De paso el Gobierno no debe olvidar que en todos los países donde el Estado promociona (y bien que se haga), la construcción de ductos para el GN no se olvida de los pobres e incorpora necesariamente en las medidas promocionales al GLP destinado a aquellos que estarán al margen de dichas redes de GN, ya sea haciendo que el GN subsidie al GLP como en Argentina o estableciendo programas sociales como el GLP Rural en Colombia y Guatemala, Gas Popular en Venezuela, etc., etc. No hacer esto y promover sólo el GN aún en los sitios de extrema pobreza es, como repito, de una inexcusable falta de solidaridad.

jueves, 12 de marzo de 2009

Líderes en Gasolinas

Rodeados de ese hálito de misterio comunicacional con el que presentan sus volúmenes de ventas (para ellos secretos), esta vez la oficina de Prensa de PETROPERU anunció el pasado 10-03-09 que nuestra empresa estatal mantiene su liderazgo en el país pero, “en ventas de gasolinas” que “subieron a más de 13 mil barriles diarios en el año 2008” (nos deja a nosotros el cálculo de cuanto fueron sus ventas exactas y cual el porcentaje de crecimiento).

Y bueno, para una empresa que produce y comercializa GLP, Petróleo Diesel y otros combustibles líquidos debe ser preocupante que anuncie sus buenos resultados volumétricos en gasolinas y no haga lo mismo para los otros combustibles de su canasta. Y eso es una mala señal comercial pues la misma nota atribuye el crecimiento de los volúmenes de ventas de gasolinas “al reconocimiento de la calidad de los combustibles de PETROPERU”, ergo, en los otros combustibles para los que no promociona crecimientos volumétricos no existiría el reconocimiento de calidad de parte del público. Esa no es una comunicación feliz, peor aún cuando con ella no se puede tapar el catastrófico resultado de su rentabilidad de las ventas netas del 2008 que llegó a un negativo 7% (fue positivo en 5% el 2007), o de su rentabilidad patrimonial con un nada agradable valor negativo de 53% (fue positivo en 34% el 2007). Y ni que decir de la pérdida neta del ejercicio 2008 que alcanzó los 717.8 MMS/. (el 2007 más bien obtuvo utilidades por 343.6 MMS/.). En esas condiciones ¿vale la pena promocionar que se es líder volumétrico en el mercado de gasolinas?; definitivamente creo que NO. Esto más bien suena a cortinas de humo puestas al nuevo Presidente del Directorio, designado por su Junta de Accionistas el mismo día de la Nota de Prensa.

Y por favor, en un mercado en creciente desarrollo por combustibles sustitutos de las gasolinas como el GNV y el GLP, es lógico que el mercado de gasolinas haya crecido apenas 3.0% (no el 2.2% que señala en su Nota de Prensa de acuerdo con información el OSINERGMIN). Más bien debería decrecer y así, cada año se incrementaría la participación volumétrica de PETROPERU que seguiría vendiendo gasolinas en un mercado que las va desplazando.

Las ventas de GLP automotor en el Perú alcanzaron los 281.2 MG/DC el año 2008, superando en 14.1% los registros del año anterior. Y aquí nuestra empresa estatal no participa casi en nada pues su volumen de ventas de GLP está estancado, limitado a su producción de Talara, desde hacen 6 años.

Las gasolinas motor en el mercado pasaron de 969,113 el 2007 a 998,122 MG/DC el 2008. Si, como debe ser, a estas ventas de gasolinas les sumamos el GLP automotor veremos que el mercado de combustibles motor gasolinero ha crecido más bien 5.2% (sin considerar el GNV).
Es decir, referirse a volúmenes de ventas de gasolinas obviando los resultados económicos suena a obsoleto y no debería ser motivo de promoción en medios. Quien sabe, si nos dijeran que la participación en sus ventas de las gasolinas de alto octanaje sobre las de 84 Octanos RON o sus ventas en el mercado de competencia de Lima han mejorado, pero esa información no está disponible más que para los propios funcionarios de PETROPERU y no para sus accionistas que somos más de 27 millones de peruanos.

miércoles, 4 de marzo de 2009

Reservas Recuperables

Ya en diversas oportunidades nos hemos referido a la poca o nula efectividad de las Notas de Prensa del Ministerio de Energía y Minas, y como más bien éstas desorientan a la población en general. Recordemos nada más el caso de aquellas que se referían a supuestas bajas en el precio del balón de GLP al consumidor que luego tuvieron que ser corregidas por tratarse sólo de un “cálculo matemático” en la medida que el precio es libre y sujeto a la oferta y demanda.

El 17-02-09 una Nota de Prensa de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del MEM informa a la población que Camisea “contaría” con 16 TCF (trillones de pies cúbicos y no “tera” millones de pies cúbicos que son billones), de Reservas de Gas Natural. La Nota, que empieza mal, poniendo en condicional todo el tema de las reservas abunda en términos inciertos como confirmaría, contaría, tendríamos, se trataría, se espera, se estima, conceptos todos que no deben figurar en un comunicado que se supone lo que pretende es aclarar y resolver la confusión de la ciudadanía y no llenarla de potencialidades y dudas. Al final lógicamente no aclara nada y más bien la confusión se incrementa.

Nuevamente, esta vez, con fecha 03-03-09 otra Nota de Prensa del MEM supera el condicional (que bueno), y declara “Reservas probadas de Gas Natural suman más de 14 TCF”. Sin embargo y, bendita confusión, las llama “Reservas Recuperables de Gas Seco” en el cuadro correspondiente. Finalmente y para no perder la costumbre, concluye señalando “El Ministerio de Energía y Minas rechaza enérgicamente los continuos intentos de gente desinformada orientados a confundir a la opinión pública utilizando información obsoleta del año 2007”.

Tremenda rabieta mediática, innecesaria a mi concepto y sin un ápice de mea culpa.

No creo que quienes se refieran a las reservas de Gas Natural lo hagan, como señala el MEM, teniendo como orientación confundir a la opinión pública sino que esta confusión surge precisamente del propio MEM que no ha logrado encontrar la manera de hacer llegar con claridad y transparencia su mensaje.

Si revisamos, por ejemplo, el Libro Anual de Reservas al 31-12-2007 publicado por la DGH en la Web del MEM veremos que en él, en ninguna parte, se habla de reservas recuperables sino como debería ser tratado de reservas probadas y que en el caso del Gas Natural llegan a 11,821 TCF. De acuerdo con la SPE (Society of Petroleum Engineers)/WPC (World Petroleum Council/AAPG (American Association of Petroleum Geologists), las reservas probadas son la cantidad de hidrocarburos que conforme al análisis de la información geológica y de ingeniería puede estimarse con certeza razonable que serán comercialmente recuperables. ¿A qué viene entonces introducir en la Nota de Prensa el concepto de reservas recuperables de gas seco? Que, independientemente de si son lo mismo o no que las probadas, sólo vienen a confundir en un tema más técnico que de opinión pública. Se peca de asumir que todos quienes opinan sobre el tema son ignorantes y ese es un grave error que sólo distancia y enfrenta en lugar de generar respaldo. Aún más la Nota de Prensa dice que “las cifras reportadas como reservas probadas corresponden a volúmenes realmente recuperables”.

Por lo demás, llamar a los analistas de mercado desinformados y usuarios de información obsoleta (como anteriormente los llamaron ignorantes), no hace sino reconocer que lo último publicado recientemente por la DGH, es decir las reservas al 31-12-07 está ya obsoleto y no veo porque si tienen la convicción que lo manifestado por Pluspetrol es enteramente confiable y ya las han incorporado como reservas probadas sin certificación internacional independiente ¿por que no publicar una actualización al 28-02-09 y san se acabó?. Desgraciadamente si existe desinformación la culpa es del obligado a proporcionar dicha información en cumplimiento de la transparencia que debe guiar todos los actos de buen gobierno.

¿O habrá alguna duda razonable sobre lo probablemente probado de las reservas recuperables?