Escrito por: Econ. César A. Bedón
Magister en Administración de Empresas, Docente UPC
La Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y
del Consejo de la Unión Europea de fecha 22/10/2014 fijó una estrategia para un
crecimiento inteligente, sostenible e integrador (reforzando la competitividad
y la seguridad energética), mediante una utilización más eficiente de los
recursos y de la energía. Se buscaba además una reducción de la dependencia de
los transportes respecto del consumo de petróleo promoviendo la utilización de
combustibles alternativos mediante la implementación de una infraestructura que
le resulte más promocional.
Esta mejor infraestructura comprende una serie de
normas de cumplimiento obligatorio en la UE. sobre puntos de venta, etiquetado
de surtidores, orientación al usuario, etc. En particular me voy a referir al
Artículo 7° de la Directiva que trata sobre la información a los usuarios en
siete disposiciones muy importantes, de las que rescato la tercera «En su caso, al indicar los precios de los
combustibles en una estación de servicio, en particular para el gas natural y
el hidrógeno, se exhibirá a efectos informativos, la comparación de los precios
unitarios correspondientes. La exhibición de esta información no desorientará
ni confundirá al usuario. Para que el consumidor esté mejor informado y para
dar una absoluta transparencia a los precios del combustible en toda la Unión,
se facultará a la Comisión para que adopte mediante actos de ejecución, una
metodología común para la comparación de los precios unitarios de los
combustibles».
Observemos como el usuario adquiere en la UE una importancia trascendental en
la promoción del consumo de combustibles alternativos. Un consumidor
desinformado no contribuye al cambio, cuestión que no reconocemos en nuestro
país.
El diario Gestión del 25/02/2013 publicó mis
declaraciones en el sentido de lo absurdo que era comparar los precios del GNV
y GLP en los puntos de venta [1] por cuanto el precio del gas natural
en el tótem se presentaba, y se sigue presentando, en metros cúbicos, mientras
que el del GLP se muestra en litros, siendo el poder calorífico del primero
mayor.
Igualmente, el diario La República del 04/03/2013 se
hizo eco de nuestra propuesta titulando «Proponen
homogeneizar precios del GLP y GNV en las estaciones de servicio»[2]
recogiendo la opinión de la Asociación de Grifos y Estaciones de Servicio del
Perú (AGESP) con la finalidad de desmitificar que el precio del GNV era más
caro que el del GLP. Mi opinión en dicha oportunidad fue «César Bedón sostuvo que esta imagen de precios altos del GNV atenta
contra la política presidencial de masificar el consumo del GNV, pues el
automovilista no puede ver precios opcionales».
Han pasado más de 5 años de esta iniciativa sin que
hasta la fecha las autoridades del Ministerio de Energía y Minas hayan
implementado nuestra sugerencia. Recuerdo que en una oportunidad un alto
funcionario de la DGH me contestó que «no
era técnicamente posible». De esta manera se dificulta hacer una evaluación
comparativa correcta de la evolución de los precios de los combustibles.
A todo esto, agreguemos que el Reglamento de
Comercialización de Hidrocarburos en nuestro país fue aprobado por el D.S.030-98-EM,
manteniéndose el Art. 77° exactamente igual hasta la fecha (luego de 20 años de
vigencia), que indica que «Los
establecimientos de venta al público de Combustibles están obligados a colocar
en paneles visibles y luminosos, los precios por galón de los combustibles que expendan».
Publicado en: Revista AGESP (Asociación de Grifos y Estaciones
de Servicio del Perú)
Diciembre 2018 – Págs. 34 - 35
Diciembre 2018 – Págs. 34 - 35
[1] «César Bedón: Es absurdo comparar el precio
del GNV y el GLP en los grifos» - https://gestion.pe/economia/cesar-bedon-absurdo-comparar-precio-gnv-glp-grifos-32332
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