viernes, 10 de abril de 2009

Legislación Peruana sobre la Profesión del Economista

Este 8 de abril de 2009, "Día del Economista Peruano", el Colegio de Economistas de Lima ha tenido la iniciativa de publicar mi trabajo de investigación "Legislación Peruana sobre la profesión del Economista", un estudio que consideré necesario desarrollar en la medida que mucho de la revalorización de la profesión de Economista tiene que ver con el desconocimiento de la legislación actualizada y concordada que garantiza un ejercicio legal de la profesión en el Perú.

La carátula del trabajo cita a nuestro precursor Luis Felipe de las Casas Grieve en su libro "La Historia del Economista en el Perú" (Banco Central de Reserva del Perú - 1988), quien ya señalaba:

“Hasta hace pocos años los economistas éramos profesionalmente desconocidos. Entre los pocos titulados que se graduaron sin complejos de inferioridad, pero con reservas, fuimos tomados a menos tanto en la mayoría de los países de América latina como particularmente en el Perú. Especialmente por el Estado, los gobernantes y las empresas; en relación y contraste con los profesionales de las llamadas carreras tradicionales”
Reproduzco aquí lo que señalo en la Introducción del trabajo:

Introducción
Considero que uno de los aspectos más difíciles para la defensa de la profesión del Economista en el Perú es el escaso conocimiento que tenemos de la legislación que ampara el ejercicio profesional. Es posible que algunos colegas hayamos jurado en el momento de nuestra colegiatura cumplir y hacer cumplir nuestras leyes y Estatuto sin conocerlos y sin haber tenido posteriormente la preocupación de acceder a ellos para su revisión y análisis.

Por eso, porque no conocemos la herencia legal de nuestros antecesores, es que circulan muchas veces versiones antojadizas, principalmente de colegas no titulados ni colegiados y que dificultan la revalorización del Economista y el respeto por lo que recibimos en las aulas universitarias y que debió concretarse necesariamente, como un tributo a nuestros padres o mentores, en una titulación y colegiación como pasos insustituibles de la carrera profesional. No podemos pues hacer cumplir aquello que no conocemos.

El desconocimiento ha sido además aprovechado por posiciones mercantilistas que han privilegiado la promoción de estudios de Post Grado como la Maestría y el Doctorado, pero tratando de quitar validez a la titulación “A Nombre de la Nación”. Los estudios de post grado no reemplazan al Título Profesional siendo que son dos caminos distintos, dirigido a la investigación y docencia los primeros y al ejercicio profesional el segundo. Nada impide que quienes optaron por la vía de los Grados Académicos puedan también obtener sus respectivos títulos profesionales para cumplir con la Ley.

Nuestra ley primigenia, la Nº15488 promulgada en el Gobierno del Presidente Fernando Belaúnde Terry (q.e.p.d.), el 8 de abril de 1965 es la que conocemos como “Ley del Economista” pues fue la que dio forma legal a nuestra profesión. Aprobó que el ejercicio profesional (con efecto público y privado), quedaba reservado a las personas que tuvieran título profesional aunque sin dejar de reconocer la temporalidad de quienes habían sido graduados de Doctores en Ciencias Económicas, Ciencias Políticas y Administrativas, en Ciencias Políticas y Económicas, y en Ciencias Políticas y Comerciales de las universidades peruanas regidas en ese entonces por la Ley Universitaria Nº13417. Como vemos, ya desde el año 1965, la Ley del Economista indicaba que no podía darse ejercicio profesional (con esos mismos términos), sin titulación ni colegiatura.
Señaló también cuales eran las atribuciones del ejercicio de la profesión de Economista. Indicó que para desempeñar cargos docentes en las materias de la profesión debía contarse con título profesional, tarea que en la actualidad es ejercida principalmente por no titulados ni colegiados a pesar que la obligación legal persiste. Igual establecieron en la Ley del Economista que las sociedades mercantiles, civiles y cooperativas que contaran con un capital mayor a S/.20´000,000 (aprox. 2.2 millones de Dólares de hoy), deberían contratar los servicios de un Economista por lo menos.

Los pioneros de nuestra profesión previeron que el Estado al contratar Economistas para sus labores exigiera que fueran titulados y colegiados y así lo plasmaron en la Ley. Señalaron igualmente que al elaborarse el Presupuesto de la República se señalara específicamente los cargos que deberían ser servidos por Economistas. Así mismo establecieron sanciones monetarias y penales para los infractores y sus encubridores condenando a quienes sin tener título profesional se anunciaran como Economistas. Y esta no era una posición sindicalista sino más bien una visión prospectiva de lo que hoy tenemos en nuestro país, principalmente en la administración del Estado, en que se carece de Economistas titulados y colegiados con los que seguramente tendríamos un desarrollo con crecimiento así como una mayor inversión social muy propias de nuestro trajín profesional y tan necesitadas por la sociedad peruana.

Igualmente, desde hacen ya 44 años, nuestros primeros Economistas señalaron la obligatoriedad de la colegiación y dispusieron que en lo sucesivo los Economistas deberían colegiarse dentro de los treinta días de recibido el título universitario o revalidación. Pero no sólo eso, sino que establecieron las atribuciones del Colegio Profesional, preocupados sobre todo por la fiel observancia de las normas éticas de la profesión. Todas estas disposiciones legales primigenias aquí resumidas se mantienen aún vigentes.

Nuestra Ley original fue modificada 21 años después por la Nº24531 aprobada el 13 de junio de 1986 por el Presidente Alan García Pérez que actualizó la Ley ratificando la necesaria titulación para el ejercicio legal de la profesión y la colegiatura obligatoria. Señalo además que los Colegios representativos de la profesión de Economista eran uno a nivel nacional y tantos como departamentos (hoy Regiones), tenía la República.

Debemos señalar sin embargo como una nota lamentablemente negra que, el llamado Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional del Presidente Alberto Fujimori Fujimori, hizo tabla rasa de algunos artículos de nuestras Leyes valiéndose de dictatoriales Decretos Leyes como el Nº25988 dado 07-12-92 y el 26092 del 26-12-92.

Así, el Gobierno del Presidente Alberto Fujimori determinó que el Colegio de Economistas se autofinanciara eliminando las rentas garantizadas de nuestro joven Colegio (en ese entonces con apenas 27 años de establecido), eliminando la obligatoriedad de contratar Economistas, eliminando igualmente los ingresos derivados de la Boleta del Economista y los otros gravámenes que constituían ingresos del Colegio.

En mérito a la verdad, las obligaciones de titularse y colegiarse para ejercer legalmente la profesión de Economista no fueron eliminadas ni modificadas. Es bueno tener esto presente, pues hay quienes sostienen sin mayor fundamento que Fujimori igualmente acabó con los Colegios Profesionales, lo cual no es cierto.

El presente documento, intenta cubrir el vacío inicialmente señalado de conocimiento y divulgación de la legislación que ampara y promueve la profesión de Economista incorporando tanto la legislación concordada como la legislación original y otras relacionadas. Anteriormente habíamos trabajado sobre algunas transcripciones que presentaban errores. Hoy la tecnología nos ha permitido reproducir los documentos originales sin necesidad de retipearlos, los mismos que figuran como anexos. Así, conociendo nuestras leyes podremos apoyar el compromiso de revalorar la profesión de Economista.

Mi agradecimiento a nuestro Decano, Dr. Pacífico Huamán Soto y a todos y cada uno de los colegas miembros del Consejo Directivo del Colegio de Economistas de Lima por su aliento permanente para concretar este honroso trabajo

Econ. César Augusto Bedón Rocha
Reg. CEL Nº02939
Director de Economía - Colegio de Economistas de Lima
Vice Decano Centro – Colegio de Economistas del Perú

1 comentario:

Eva Bolívar dijo...

Cesitar, felicitaciones por la publicación de tu trabajo. No dudo que será un gran aporte para tu gremio.

Saludos