lunes, 16 de abril de 2007

La intervención en el mercado del GLP

La Ley Orgánica de Hidrocarburos, Nº 26221, publicada el 20-08-93 garantiza que los precios de los hidrocarburos en nuestro país se rigen por las leyes del mercado. En su Art. 77º dice que “Las actividades y los precios relacionados con petróleo crudo y productos derivados, se rigen por la oferta y la demanda”.

Antes que esta Ley, por supuesto, la Constitución garantiza en su Art. 58º que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía social de mercado. Además en su Art. 61º se establece que el Estado facilita y vigila la libre competencia y que combate toda práctica que la limite.

Quizá por estas razones es que el Presidente de la República tenga que acudir a la figura del Decreto de Urgencia (Nº 011-2007 publicado el 12-04-07), pues el Art. 118º de la Constitución le obliga a cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales dándole a la vez la facultad de dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia.

Alguna otra disposición legal, seguramente obliga, a que lo que ha aprobado la Presidencia de la República sea declarar en EMERGENCIA el mercado del GLP. En efecto la Nota de Prensa del 12/04/07 emitida por el Ministerio de Energía y Minas tiene el título poco serio de “GOBIERNO EVITA ALZA DEL PRECIO DEL GLP EN EL MERCADO NACIONAL”.

Como una “perla” de la Nota se señala que “Obedece no a que la producción sea insuficiente sino más bien al aumento del consumo” (sic). Otra más; al confirmar que esta medida es temporal señala la referida Nota que “por razones de mercado nos estamos convirtiendo, por breve plazo, en deficientes de dicho producto…” (sic). Estas citas no ameritan comentario esta vez, pues sabido es que en varias ocasiones las Notas de Prensa del citado Ministerio cometen errores de concepto similares como regularmente nos hemos referido.

El diccionario de la Real Academia de nuestra lengua señala que una emergencia es una situación de peligro o desastre que requiere una acción inmediata. Desde este punto de vista realmente sería un desastre político, no que tuviéramos que importar GLP, sino que sus precios en el mercado subieran por efecto de esta importación.
Pero la situación (desde el punto de vista de déficit de producción), no ha surgido de improviso, nada de eso. No es que nos hayamos acostado y despertado con una enorme demanda de GLP.
Desde el año 1994 en que se dio el nuevo Reglamento de Comercialización del GLP, como elemento promotor de inversiones y de la libertad de precios, las ventas han venido creciendo enormemente. El aumento ha sido de 10.3% promedio anual en los últimos trece años. Es por eso que se ha venido alertando acerca de la importancia del consumo del GLP en la redefinición de nuestra matriz energética y se pedían medidas para que sea tomado en cuenta con seriedad. Sin embargo, se ha pensado con error que el Gas Natural vendría a desplazar sustancialmente el consumo de GLP, ignorando el consumo para uso automotor que actualmente constituye el 20% del consumo total e ignorando adicionalmente que aún queda casi un 50% de hogares peruanos que no cocinan con GLP y que los ductos de Camisea ni las inversiones necesarias para su conexión doméstica estarán muy lejos de los hogares más pobres y/o aislados.

Como resultado de esta falta de planificación energética para el GLP, los precios de los productores en el mercado local han permanecido fijos prácticamente durante todo el año 2006 mientras el precio internacional subía hasta 26% (15% sobre el promedio anual). Si antes de la aparición de la producción de Camisea se formaban los precios según la paridad de importación, a partir de Camisea ya no se sigue ningún parámetro que no sea el temor al alza. Fue así como, por ejemplo, algunas envasadoras marginales concertaron con el Congreso el 2005 mantener fijos los precios al público en 28.50 Nuevos Soles por balón de 10 Kilogramos. Y de la misma manera concertaron los más importantes productores nacionales que el precio en el Callao no podría exceder de 68 USD/TM el precio de Mont Belvieu.

Pero, el temido efecto político de un alza de precios del GLP ha hecho que los productores mantengan fijo el precio del GLP, sin razón comercial aparente, registrándose a la fecha cinco semanas de aumento creciente del precio en el mercado internacional que acumula un 16% de crecimiento y que no se ha trasladado al mercado.

Es tan irregular la situación que según el informe de precios de referencia del OSINERGMIN al 09-04-07 el precio en Mont Belvieu ha sido de 573 USD/TM, mientras que los productores nacionales mantienen en el Callao un precio de 559 USD/TM, condición bajo la cual no se garantiza la competencia con el producto importado. OSINERGMIN señala que un importador eficiente en esta última semana podría vender la TM en el Callo a 714 USD/TM. En buen castellano, un balón de 10 Kgs de GLP importado podría ser comercializado 5.87 Nuevos Soles más caro que el precio actual.

Debemos insistir en que no siempre las medidas que se toman, supuestamente a favor de los consumidores, terminan finalmente favoreciéndolo. No es que propongamos que suban los precios, como algunos podrían pensar, sino que debemos tener como país una coherencia económica en nuestras políticas de largo plazo que favorezcan las inversiones y sin el intervencionismo estatal. Mantener precios artificialmente fijos en el mercado interno (sin alzas ni bajas), en el caso del GLP, propicia conductas y actitudes monopólicas de los productores así como una serie de fallas de mercado como los mecanismos de cuotas, el manejo antojado de las políticas de descuento, la nula preocupación por implementar inventarios de seguridad ni mayores facilidades de despacho, la incertidumbre y la imposibilidad de planear nuevas inversiones.

Un punto adicional sobre el que es necesario reflexionar es acerca del supuesto corto plazo del déficit de producción nacional. En este caso, claro, son menos de 18 meses los que tendremos que importar GLP, pero las ampliaciones esperadas de Pluspetrol sólo nos permitirían cubrir el mercado nacional entre los años 2008/2013 y después nuevamente la importación. La antítesis del escenario exportador que sólo duraría 5 años.

Mención aparte por supuesto tiene la salida de emergencia para que la importación pueda cubrir el déficit de producción local en estos 18 meses. El hecho que se haya aprobado que toda la venta del mercado interno cubra los sobre costos de las importaciones (que ahora si deberán hacerse de emergencia), es una medida que sólo impactaría en el consumidor final entre 0.15 y 0.36 nuevos soles por balón de 10 Kgs y que aún podría disminuirse más si el plazo de repago se duplica, por ejemplo. Sin emabargo, frente a lo ingenioso de la propuesta, surge la ratificación que se trata de una solución de bombero, pero que no apunta hacia garantizare en nuestro país que vuelva a regir la Constitución y las leyes que en materia económica han permitido lograr el enorme avance en la comercialización de GLP que hoy gozamos.


Estimados de evolución mensual de las ventas y producción nacional de GLP




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