Comentario publicado por el suplemento Portafolio del Diario El Comercio
Domingo 07-10-2012 Pág.12
Versión original
Los
subsidios a los combustibles deben ser eliminados; mantenerlos es sólo una
terca e inconstitucional negación de los beneficios del sistema de fijación de precios
por el libre juego de la oferta y demanda, bajo el pretexto de un Estado
protector.
Abona
nuestra opinión que en la presente semana ningún combustible recibe subsidios.
Sin embargo, el Fondo de Estabilización de Precios que los creó se mantiene vigente,
aplicando esta vez sobreprecios a los precios de paridad.
Recordemos
que, a consecuencia del subsidio, Petroperú en el lapso 1986-1991 generó
pérdidas netas por 3,825 millones de USD. A pesar de ello, en los últimos nueve
años se han implementado mecanismos de elusión de los candados constitucionales
y legislativos, pretextándose una supuesta estabilización de precios internos con
sistemas extra mercados, tratando infructuosamente de aislar a costo cero, nuestra
economía de la tendencia de crecimiento de los precios internacionales. El más
reciente sistema aplicado es el de la aprobación presidencial de Decretos de
Urgencia.
Los beneficios
de los mecanismos artificiales no se han dado para las familias de menores
ingresos, sino todo lo contrario. El 2008, el Ministerio de Economía y Finanzas
reconoció que el subsidio era altamente reversible pues el 20% de los hogares
más ricos recibía ocho veces lo recibido por los hogares más pobres.
Los
Decretos que sustentan el Fondo se han venido reiterando para mantener los
subsidios, a pesar que inicialmente fue concebido para tener una vigencia de
180 días y con un desembolso autorizado de 60 millones de Nuevos Soles llevando
ya gastados cerca de 8,000. Se sustentó
la tesis errónea que los aumentos de precios internacionales compensarían las
bajas posteriores, posibilitando un equilibrio económico que no se produjo. Se
negó que se tratara de subsidios porque la Ley Orgánica de Hidrocarburos señala que “Cualquier subsidio que el Estado desee
implementar, deberá efectuarse por transferencia directa del tesoro público”.
Los Decretos deben satisfacer principios que no cumplen los que se
aplican para intervenir en la formación de precios de los combustibles como son
los de excepcionalidad, transitoriedad y conexidad. Lo que sucede es que se evaden los mecanismos
ordinarios de modificación legislativa previstos en la Constitución.
De la manera como se lleva el Fondo, se protege a las productoras e
importadoras y es el Estado el que les paga los supuestos incrementos dejados
de trasladar al público basados en cálculos teóricos.
No creo que se deba seguir pagando subsidios a los productores en un
sistema en el que todos los actores se cubren y evaden responsabilidades unos a
otros para que finalmente resulte el mayor responsable por el abuso de sus
poderes el propio Presidente de la República.
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